CIRCULAR GPAyD Nº 17/06
- Tipo
- Circular
- Número
- 17/06
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 05/06/2006
- Publicación en el BO
- 10/06/2006
- Nombre
- OPCIÓN DE CAMBIO DE OBRAS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS ESPAÑOLES
"2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 05 de Junio de 2006.- CIRCULAR GPAyD Nº 17/06 OPCIÓN DE CAMBIO DE OBRAS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS ESPAÑOLES RECORDATORIO Y MODIFICACIÓN CIRCULAR GPAyD Nº 01/06 Debido a las consultas recibidas se recuerda a todas las UDAI el procedimiento vigente para los traspasos de obra social de beneficiarios españoles : La UDAI: ? Recibe el original y dos copias del formulario PS.5.5 Novedades/Opción de Traspaso y dos copias del recibo de haberes (reparto/capitalización) y de la nota de la Embajada de España y la Superintendencia de Servicios de Salud, mediante la cual se lo identifica como jubilado o pensionado español. En caso de declarar a su grupo familiar debe adjuntar las copias de la documentación requerida por la normativa (OOSS-03-05) para el empadronamiento en el EDA1. Se aclara que no es necesario solicitar el comprobante de pago del beneficio del exterior.? Constata: o Con el RU00 o con la presentación del recibo de haberes previsionales, que el beneficiario es titular de un beneficio otorgado en el país. Caso contrario no se debe aceptar el traspaso, debiendo informar al titular que se debe comunicar con la obra social elegida o con la Superintendencia de Servicios de Salud 0800-22272583. o Con el "Listado de obras sociales para Jubilados y Pensionados - Convenio con España" - disponible en Intranet , que la obra social se encuentre inscripta, teniendo en cuenta que algunas de las obras sociales inscriptas para recibir opciones de beneficiarios españoles no se encuentran habilitadas para las opciones del Dto 292/95. o Con el EDA1, que el beneficiario y su grupo familiar se encuentre empadronado, caso contrario debe proceder a su empadronamiento.? Inserta fecha, firma, legajo, sello y la leyenda "Opción Benef Españoles - Pendiente de Registración" en el original y las copias del formulario, ya que el traspaso está sujeto a su posterior carga en el sistema.? Entrega la copia del formulario al beneficiario. ? Prepara semanalmente los originales de los formularios de opción recibidos con la documentación respaldatoria y envía mediante nota indicando el nombre de la UDAI, el referente y el detalle de los casos al Área Emisión de Normas y Requerimientos Informáticos Personas de la Gcia Gerencia Prestaciones Activas y www.diarioprevisional.com.ar " "2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Desempleo - Chacabuco 467 6to piso of 63 para su carga en el sistema teniendo en cuenta que los traspasos recibidos con posterioridad al día 20 de cada mes se procesarán al mes siguiente.? Archiva transitoriamente la copia del formulario y de la documentación hasta tanto verifique en el sistema EDA1 que la opción fue registrada.Importante: - La opción la debe efectuar el titular, pero en caso de presentarse un tercero se aceptará el traspaso si la firma del titular esta certificada por autoridad competente (autoridad policial, escribano - adjuntando protocolo de certificación - juez de paz, autoridad bancaria, autoridad consular o director de hospital si el titular se encuentra hospitalizado). Aclarándose que en caso de tramitarla a través de la obra social, no se recibirán más de 5 traspasos por presentación.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece el procedimiento para el traspaso de obras sociales por parte de jubilados y pensionados españoles, incluyendo la documentación requerida, los pasos a seguir en la Unidad de Atención (UDAI), y las condiciones para la aceptación del trámite, como la verificación del beneficio previsional y la inscripción en el sistema EDA1. Además, regula la certificación de firma en casos de terceros y los plazos de procesamiento, con énfasis en la validez del formulario PS.5.5 y la carga en el sistema informático, garantizando la trazabilidad y cumplimiento de la normativa vigente (Decreto 292/95). La norma también contempla la documentación adicional en casos de representación por terceros, y la limitación en la cantidad de traspasos por presentación.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento explica cómo los jubilados y pensionados españoles pueden cambiar de obra social en Argentina. Para hacerlo, deben presentar ciertos papeles en la oficina de atención, como el formulario de opción, comprobantes de su beneficio previsional y documentación que acredite su identidad y la de su grupo familiar. La oficina verificará que el beneficiario esté registrado en el sistema y que la obra social elegida esté habilitada para recibir estos cambios. Además, si alguien hace el trámite en nombre del jubilado, necesita una certificación de firma por una autoridad competente, como un escribano o un juez. El proceso tiene plazos específicos y requiere que el formulario esté firmado y sellado, y que la carga del cambio en el sistema sea registrada correctamente. Todo esto asegura que el cambio sea válido y quede registrado oficialmente, permitiendo al beneficiario acceder a la obra social que prefiera, siempre que cumpla con los requisitos y procedimientos establecidos.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- pensiones
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