CIRCULAR DAFyD Nº 15/15

Tipo
Circular
Número
15/15
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
26/02/2015
Publicación en el BO
03/03/2015
Nombre
PRÓRROGA CERTIFICADOS DE DISCAPACIDAD EMITIDOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Buenos Aires, 26 de febrero de 2015 CIRCULAR DAFyD Nº 15/15 PRÓRROGA CERTIFICADOS DE DISCAPACIDAD EMITIDOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DAFyD N° 10/15 Por medio de la presente se informa que, el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha dictado la Resolución N° 2012/MSGC/14 publicada en el Boletín Oficial de CABA el día 13/01/2015; en la que se ha dispuesto prorrogar los Certificados de Discapacidad emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida entre el 1° de diciembre de 2014 y el 30 de junio de 2015, por ciento ochenta (180) días a partir de la fecha de vencimiento.Cabe aclarar que la mencionada resolución, también establece que, la prórroga debe constar en el reverso del Certificado de Discapacidad original, consignando el funcionario autorizado a integrar las Juntas de Discapacidad, la nueva fecha de vencimiento del Certificado de Discapacidad, debiéndose anotar también el número de la resolución que establece la prórroga.Por todo lo expuesto, podrán considerarse válidos los Certificados de Discapacidad emitidos por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se encuentren comprendidos dentro de lo establecido en la resolución mencionada en el primer párrafo.Para poder registrar dicha prórroga en el sistema, se deberá diferenciar entre: Certificados YA registrados en SADIL: Deberán remitir a la casilla "Asignaciones Familiares" de la Dirección de Asignaciones Familiares y Desempleo a fin de que se proceda a registrar correctamente la nueva Fecha de Vencimiento, la siguiente documentación: Formulario PS 2.71 "Declaración Jurada para la Autorización para el Cobro de la Asignación por Hijo con Discapacidad" confeccionado nuevamente con Fecha de Presentación ante la UDAI.la Tramitación de Copia del Certificado de Discapacidad, en donde debe visualizarse claramente el sello de prórroga en el reverso del mismo, el sello fechador de Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección General de Prestaciones Descentralizadas - Jefaturas Regionales - UDAI Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos Asignaciones Contributivas AsignacionesFamiliares@anses.gob.ar / 19405 - 19406 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 recepción por parte de la UDAI, el sello "ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL", y sello y firma del agente interviniente por parte de la UDAI/Oficina/Delegación.Certificados NO registrados aún en SADIL: Se deberán ingresar en el Aplicativo SADIL, consignando como Fecha de vencimiento la nueva Fecha determinada por la Junta Evaluadora en la prórroga del Certificado, tal como lo indica la Norma de Procedimiento AAFF-04-14 "Registración de Discapacidades en el Aplicativo SADIL para la Generación de las Autorizaciones por Hijo con Discapacidad".Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección General de Prestaciones Descentralizadas - Jefaturas Regionales - UDAI Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos Asignaciones Contributivas AsignacionesFamiliares@anses.gob.ar / 19405 - 19406 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Circular DAFyD Nº 15/15 establece la prórroga automática de los certificados de discapacidad emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya vigencia expire entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de junio de 2015, por un período adicional de 180 días, en virtud de la Resolución N° 2012/MSGC/14. La normativa especifica que la prórroga debe constar en el reverso del certificado original, incluyendo la nueva fecha de vencimiento y la referencia a la resolución que la dispuso. Para su registro en el sistema SADIL, los certificados ya registrados deben ser actualizados mediante remisión de documentación específica, mientras que los no registrados deben ser ingresados en el aplicativo, consignando la nueva fecha de vencimiento. La normativa busca garantizar la validez y actualización de los certificados de discapacidad en el marco de la normativa vigente, facilitando su reconocimiento y tramitación administrativa.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta circular básicamente dice que, si tienes un certificado de discapacidad emitido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ese certificado vence entre diciembre de 2014 y junio de 2015, ese documento se puede extender automáticamente por 180 días más sin necesidad de hacer un trámite nuevo. La prórroga debe estar anotada en la parte de atrás del certificado, con la nueva fecha y la referencia a la resolución que la autorizó. Para que esa extensión quede registrada en el sistema, si ya estaba en él, hay que enviar ciertos papeles para actualizar la fecha, y si no, hay que ingresarlo en el sistema con la nueva fecha. Esto ayuda a que tu certificado siga siendo válido y reconocido para acceder a beneficios o trámites relacionados con discapacidad, sin que tengas que hacer un trámite adicional en ese período de prórroga.

Autor: I.A.

Voces

  • beneficios
  • seguridad social

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)