CIRCULAR DAFyD Nº 16/13

Tipo
Circular
Número
16/13
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
04/05/2013
Publicación en el BO
11/05/2013
Nombre
ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCIÓN SOCIAL Y ASIGNACIÓN POR EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL RECLAMOS POR IMPAGO

www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Buenos Aires, 04 de marzo de 2013 CIRCULAR DAFyD Nº 16/13 ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCIÓN SOCIAL Y ASIGNACIÓN POR EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL RECLAMOS POR IMPAGO Se recuerda que el Titular de la Asignación Universal por Hijo Para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social podrá efectuar un reclamo por impago (Mediante la opción 07- RECLAMO POR IMPAGO y luego 01- ALTA) por períodos anteriores hasta 2 (dos) años, en virtud de lo previsto en el Artículo 256 de la LCT y concordantes del Código Civil (Artículo 4032 y 4037). En virtud de ello, el Reclamo por Impago tiene en consideración este plazo y lo refleja de la siguiente manera: ANSES ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO - UVHI * * SELECCION RECLAMOS IMPAGOS * * ------------------------------------------------------------------------------- UDAI: 00000000 UDAI PRUEBA ------------------------------------------------------------------------------- FECHA DE PRESENTACION : 05 12 2012 ------------------------------------------------------------------------------- CUIL : 20 11111111 8 PRUEBA PEWEB PADRE AO DOC.: DU 11111111 ------------------------------------------------------------------------------- S P-PAGO TL ES DESCRIPCION M.LIQUIDADO BENEFICIO NRO.TRAMITE 11 2009 1 01 LIQUIDADO - EMITIDO 144,00 00000000000 11 2009 5 01 LIQUIDADO - EMITIDO 144,00 00000000000 S 07 2010 1 01 LIQUIDADO - EMITIDO 150,00 00000000000 03 2011 2 01 LIQUIDADO - EMITIDO 144,00 00000000000 04 2011 2 01 LIQUIDADO - EMITIDO 144,00 00000000000 08 2011 2 01 LIQUIDADO - EMITIDO 144,00 00000000000 RECLAMO PRESCRIPTO ------------------------------------------------------------------------------- PF1: PF2: PF3:MEN.ANT. PF4: PF5:LIMPIA PF6: PF7:RETROC. PF8:AVANZA PF9:RECHAZA PF10: PF11 PF12:M.GRAL Cabe aclarar que, de poseer el titular descuentos para ese periodo o anteriores, el plazo de prescripción es de 10 años, en virtud de lo previsto por el Código Civil de la República Argentina.Por lo tanto, la opción 07- RECLAMO POR IMPAGO y luego 01- ALTA permitirá solo el reclamo de aquellos periodos impagos que no excedan los 2 (dos) años.Superada la vigencia para reclamar el impago www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Una SUSPENSION con la leyenda IMPAGO PRIMERA LIQUIDACION puede ser tratada a través de un RECLAMO POR AJUSTE o un RECLAMO POR IMPAGO de cualquier período.Si la PRIMERA LIQUIDACION se encuentra IMPAGA y excede los 2 (dos) años, el Sistema UVHI no permite su reclamo, por lo que sólo podrán ser reclamados aquellos períodos que se encuentren dentro de este plazo. Entonces sí: Todos los períodos están SUSPENDIDOS, el operador deberá ingresar RECLAMO POR AJUSTE por esos períodos Existen períodos SUSPENDIDOS y períodos IMPAGOS, el operador deberá ingresar un RECLAMO POR AJUSTE por los períodos SUSPENDIDOS y un RECLAMO POR IMPAGO por los períodos rendidos como IMPAGOS.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma regula los procedimientos de reclamo por impago de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social, estableciendo un plazo de prescripción de dos años para la presentación de reclamaciones, conforme a los artículos 256 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y 4032 y 4037 del Código Civil. Además, aclara que los reclamos por períodos anteriores a este plazo no son admisibles, salvo en casos de descuentos pendientes con un plazo de prescripción de diez años. La normativa distingue entre períodos suspendidos y períodos impagos, permitiendo diferentes tipos de reclamos (por ajuste o impago) según la situación de cada período, y establece que las liquidaciones impagas que superen los dos años no podrán ser reclamadas mediante el sistema UVHI.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma dice que si alguien no recibe en tiempo su pago de la asignación por hijo o embarazo, puede reclamarlo, pero solo por los últimos dos años. Es como si tuvieras un plazo de dos años para pedir que te paguen algo que te deben, y si pasa ese tiempo, ya no puedes reclamarlo, salvo en casos donde todavía puedas cobrar descuentos que tengan hasta diez años de antigüedad. Además, si en alguna liquidación aparece que el pago está suspendido o impago, debes hacer diferentes tipos de reclamos según la situación, para que te paguen lo que te corresponda o ajusten errores en los pagos. La idea es que los reclamos sean claros y se hagan en los plazos establecidos, para que puedas cobrar lo que te deben sin problemas.

Autor: I.A.

Voces

  • asignacion
  • proteccion social

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