CIRCULAR DAFyD Nº 23/13

Tipo
Circular
Número
23/13
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
02/05/2013
Publicación en el BO
08/05/2013
Nombre
ASIGNACIÓN FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

www.diarioprevisional.com.ar "2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 02 de mayo de 2013 DAÑO CIRCULAR Nº 23/13 ASIGNACIÓN FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL DE LA REEMPLAZA A LA CIRCULAR NÚMERO N ° 22/12: La presente circular tiene como propósito unificar la información relacionada con la misma. N ° 606/11 respecto de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.Definición: La Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual consiste en el pago de una suma de dinero que se abona una vez al año padre / madre / guardador / tutor / pariente por consanguinidad / curador del menor de 18 años que concurre a la escuela y siempre que haya dicho un menor derecho de cobro de la Asignación Familiar por Hijo. También tiene que ver con los niños con discapacidad, sin límite de edad, con la autorización de Discapacidad vigente de ANSES y siempre que han tenido derecho de cobro de la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad. El objetivo de esta asignación es paliar los gastos escolares al iniciar un ciclo lectivo o un tratamiento de rehabilitación.Alcance Corresponde el pago a los trabajadores en la relación de la dependencia, los trabajadores en la relación de la dependencia de los empleados del trabajo, a los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los de una Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra , a los de una pensión No Contributiva por Invalidez y los titulares de la Prestación por Desempleo, siempre que se encuentran dentro de los topes de remuneración / haber / prestación vigentes. Para los hijos con discapacidad no se exigen topes mínimos ni máximos de remuneración / haber / prestación, siempre que cuenten con Autorización para Discapacidad vigente de ANSES.Tipo de Establecimiento Educativo Para tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, además de otros requisitos, los hijos del titular deben concurrir a Establecimientos de carácter nacional, provincial, municipal o privado, incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su Fiscalización o anuncios a la misma, siempre que se encuentren reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial. Para el caso de los niños con discapacidades que cuenten con Autorización para Discapacidad vigente de ANSES, también pueden ser concurrentes. .diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com. ar "2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social habilitante. También se incluye en los casos que concurren con las instituciones protegidas de la formación laboral que ayudan a desarrollar su desarrollo y su reinserción.Tipos de educación: Para tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, los hijos menores de 18 años deben concurrir a: Nivel Inicial (desde los 45 días de la vida), abarcando Jardines Maternales, Jardines de Infantes, Salas Multiedades o Salas Rurales, secciones distintas y ciclos que responden a las necesidades de los menores. Primaria / EGB Secundaria / Polimodal. Se pueden recibir: Enseñanza Diferencial / Rehabilitación / Enseñanza Particular / Talleres Protegidos / Formación Laboral.No corresponde el pago de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual si los hijos menores de 18 años tienen una discapacidad sin límite de edad concurren a un Nivel Terciario o Universitario, una excepción de los titulares del régimen de Policía y Penitenciaría de las Cajas Provinciales Transferidas, La vida escolar y la ayuda escolar.Documentación obligatoria a presentar a partir del ciclo lectivo 2012 para Ayuda Escolar: Para titulares, a los que ANSES les liquida las Asignaciones Familiares: Los trabajadores en la relación de servicio y los titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo incorporado al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), la Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra, la Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez y los titulares de la Prestación por Desempleo, deben presentarse ante ANSES el original del Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" debidamente cumplimentado.Este formulario fue diseñado electrónicamente para que cualquier persona pueda ingresar a la página web de ANSES, completar los datos requeridos por el alumno / paciente, entregar la impresión por el establecimiento educativo / Instituto / Taller / Maestro Particular para que la autoridad responsable complete los Los datos y el envío de la firma y el sello.Para aquellos titulares que no puedan acceder a INTERNET, se ha diseñado el Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" en www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Papel social, que se ha solicitado por las áreas operativas a través del circuito habitual a la Coordinación Imprenta o descargar y no imprimirlo desde INTRANET. Teniendo en Cuenta que el Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" ELECTRÓNICO considera la carga operativa.Una vez que el Formulario se haya cumplido se cumplimentado en su totalidad (hasta el titular como el Establecimiento Educativo / Instituto), deberá entregarse en ANSES:? Si se trata del Formulario PS 2.68 "electrónico", debe tenerse presente si faltara alguna documentación para acreditar los datos en ADP, este Formulario para obtener información detallada en el campo de las comunicaciones. también el original y copia de? Si se trata de un formulario, el formulario PS 2.68 "papel", la persona debe acompañar SIEMPRE original y copia del DNI y Partida de Nacimiento del alumno / paciente como así también el original y copia del DNI de sus progenitores.Para los titulares a los que no les gusta las Asignaciones Familiares: los trabajadores en relación con la dependencia de las empresas no incorporadas al SUAF (de Organismos Públicos, de las empresas con la participación del Estado mayoritaria, etc.) deben presentar su empresa / Organismo el Certificado Escolar como lo venían realizando habitualmente. Presentación ante ANSES Los beneficiarios a los ANSES liquida las Asignaciones Familiares, este informe. ANSES. Para ello, consulte la sección "Ayuda Escolar Anual? Presentación Formulario PS 2.68". Por presentación espontánea.www.diarioprevisional.com.ar "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Recepción y carga del Formulario PS 2.68" Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial ": Presentación Turnada: www.diarioprevisional.com.ar" 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "El agente de ANSES recibe el Formulario PS 2.68" electrónico "o" papel "debiendo constatar que el mismo se corresponda cumpliendo, junto con el original y la copia de la documentación requerida para la carga de datos y relaciones en ADP.La información contenida en el Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Especialidad Escolar" debe ser cargada a través de la aplicación del Certificado Escolar. Debe tenerse en cuenta que esta aplicación realiza validaciones en la Base de Personas (ADP) en el Estado Acreditado del alumno / paciente, marca de legajo de relaciones y marca de Único Progenitor válidas para permitir la carga del mismo. Si se trata del Formulario PS 2.68 "electrónico", parte de la información consignada en el mismo código, codificado en el código de barras presente en el margen superior derecho del formulario, podrá ser levantado por el operador a través de un lector de código de barras . Aquellas áreas operativas que aún no tienen un lector de código de barras,Una vez cargada la información del Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" en el Aplicativo, se entrega a la persona, la constancia que se conoce, junto con el original del Formulario PS. 2.68 (completo, es decir sin desglosar el talón de la recepción), debidamente intervenido por el UDAI (con sello fechador / firma y aclaración de firma y legajo del agente interviniente y sello de recepción en ANSES) y el original de la documentación para la carga de datos en ADP. Si el operador tuvo que acreditar los datos / relaciones en ADP, tendrá que archivar la documentación respaldada conforme a la normativa de ADP.Presentación Espontánea: El orientador recibe el Formulario PS 2.68 "electrónico" o "papel" debiendo constatar que el mismo se haya cumplido (especialmente con el original y la copia de correo electrónico), junto con el original y copia de la documentación para la carga de datos y relaciones en ADP.Devuelve a la persona el talón de recepción debidamente intervenido (con sello fechador / firma y aclaración de firma y legajo del agente interviniente y sello de recepción en ANSES) y los originales de la documentación relacionada con las cargas familiares. Resguarda el Formulario y la www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Copia de la documentación en un" buzón "que cada UDAI debe habilitar para tal fin, para su posterior carga en ADP (de corresponder) y en el aplicativo. La Información contenida en el Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" se cargará en el aplicativo Tal Como se indico en el Título "Una vez cargada la información del Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" en el Aplicativo, si el operador tiene que acreditar datos / relaciones en ADP, debe archivar esta documentación conforme a las normas de ADP. El Formulario PS 2.68 junto con la constancia de lo que se aplica, así como los archivos y bibliotecas habilitados para tal fin, ordenado por fecha de recepción. En el caso de que el operador no hubiera tenido que acreditar los datos / relaciones en ADP, esa documentación se archivará junto con el Formulario y la constancia de que el Aplicativo.Fecha de presentación de la documentación relacionada con el pago de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual: Para los titulares a los ANSES les liquida las Asignaciones Familiares: Los trabajadores en la relación de la dependencia y los titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo. Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), la Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra, la Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez y los titulares de la Prestación por Desempleo, Deben presentarse ante ANSES el original del Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" debidamente cumplimentado:? entre la fecha de inicio del ciclo lectivo / Tratamiento de Rehabilitación y hasta el 31 de octubre de cada año.? entre la fecha de inicio del ciclo lectivo y hasta el 31 de diciembre de cada año, de tratarse de schools of summer. Los titulares del Régimen de Policía y Penitenciaría de las Cajas Provinciales Transferencia se presentará el original del Formulario PS2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" se cumplimentará en los plazos correspondientes a la vigencia actual de la ciudad.Para los titulares, a los que no se les gusta, a las Asignaciones Familiares: a los trabajadores en la relación de servicio de las empresas no incorporadas al SUAF, deben presentarse ante su Empresa / Organismo el certificado Escolar habitual, debidamente cumplimentado: www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social" dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo / Tratamiento de Rehabilitación.: Liquidación ANSES continuará liquidar en forma masiva la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual a los trabajadores en la relación de dependencia y los títulos de la Ley de Riesgos del Trabajo Incorporados al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), a los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), una pensión honorífica para veteranos de guerra, una pensión no contributiva para la invalidez y los titulares de la prestación para el empleo como la venía que hace anteriormente.Trabajadores en la relación de dependencia y titulares de la Ley de Riesgos de Trabajo Incorporados al SUAF:? Meses de liquidación masiva: enero ó febrero? Meses de Pago: marzo (para quienes tuvieron una liquidación masiva en enero) o abril (para quienes tuvieron una liquidación masiva en febrero) Los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), una Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra y una Pensión No Contributiva por Invalidez:? Mes de liquidación masiva: febrero? Mes de Pago: febrero Los titulares de la Prestación por Desempleo:? Mes de liquidación masiva: Plan 1 y Plan 2 de febrero? Meses de Pago: Fines de febrero (para quienes perciben Plan 1) y principios de marzo (Para quienes perciben Plan 2).ANÁLISIS DEL FORMATO PS2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" en los plazos indicados. De no haber percibido la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en forma masiva, también se puede percibir si se presenta en el tiempo y en la forma El Formulario citado ante ANSES. Para tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, además de presentar la documentación en tiempo y en forma, tienen que tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo / Hijo con Discapacidad por lo menos en algún momento del período comprendido Entre el 1 ° de enero y el 31 de diciembre.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Cabe aclarar que, además de la aplicación para la carga del Formulario PS2.68, se implementó una interfaz entre este y cada uno de los sistemas liquidadores, mediante La información de los formularios se puede utilizar para confirmar la administración de la información. Debe ingresar ninguna novedad en los sistemas liquidadores (SUAF, DESE, LMN 2).Aclaraciones Si se presenta en la UDAI el Modelo anterior del Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" que no tiene contenido tal como se recibe, no es sinónimo con talón, tendrá que entregarle a la persona que lo que una fotocopia del mismo, debidamente intervenida (con sello fechador / firma y aclaración de firma y legajo del agente interviniente y sello de recepción de ANSES) solicitándole teléfono y / o correo electrónico de contacto; Luego deberá continuar con "Presentación Espontánea".las acciones en el Título: Si un titular se presenta con un Certificado Escolar emitido por el Establecimiento Educativo o con el Formulario PS 2.51 "DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual Sistema Único de Asignaciones Familiares" (actualmente dado de baja) cumplimentado La ley de seguridad pública 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial", como por ejemplo el Número de CUE (Clave Única de Establecimiento); Esta es una es una tarea obligatoria y es uno de los datos que se utilizan en el sistema de forma automática para determinar, entre otros requisitos, el derecho al cobro de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual. Sólo para ser aceptado,Todos los Formulario PS 2.68 "Acreditación Escolaridad / Escolaridad Especial", además de ser la documentación exigible para la liquidación de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual puede ser utilizado por cualquier persona que quiera acreditar la escolaridad / escolaridad especial ante ANSES, por ejemplo Para la cobertura de la Obra Social. www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece la asignación familiar por ayuda escolar anual, destinada a cubrir gastos educativos de menores de 18 años y niños con discapacidad sin límite de edad, siempre que tengan derecho a la asignación por hijo o por discapacidad. La prestación se otorga a trabajadores en relación de dependencia, titulares del SIPA, pensiones honoríficas, pensiones no contributivas y beneficiarios de prestaciones por desempleo, siempre que cumplan con los topes de remuneración o hayan obtenido autorización vigente de ANSES. La ayuda se concede mediante pago anual, condicionado a la concurrencia a establecimientos reconocidos y autorizados por la autoridad educativa, incluyendo niveles inicial, primario, secundario y formación laboral, excluyendo niveles terciarios o universitarios en casos de discapacidad sin límite de edad. La documentación requerida para acreditar escolaridad incluye formularios específicos (PS 2.68), DNI, partidas de nacimiento y autorizaciones de discapacidad, con plazos de presentación desde el inicio del ciclo lectivo hasta el 31 de octubre o diciembre, según corresponda. La gestión de la asignación implica procesos de carga y validación electrónica y manual, con procedimientos diferenciados para beneficiarios que no utilizan el sistema digital, garantizando la verificación de datos y el cumplimiento de los requisitos para el pago anual.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma regula cómo y cuándo los padres o tutores pueden recibir una ayuda económica anual para cubrir los gastos escolares de sus hijos menores de 18 años o con discapacidad, sin importar su edad. Solo deben cumplir con algunos requisitos, como que los hijos asistan a escuelas reconocidas y que los padres tengan un empleo formal o alguna prestación social vigente. Para cobrarla, hay que presentar ciertos formularios y documentación en los plazos establecidos, generalmente desde el inicio del ciclo escolar hasta fines de octubre o diciembre. La idea es facilitar el acceso a recursos que ayuden a afrontar los gastos escolares, asegurando que la ayuda llegue a quienes cumplen con los requisitos y que la gestión sea clara y ordenada, ya sea mediante trámites electrónicos o en forma presencial. En términos simples, es como un subsidio anual que recibe un padre o madre para ayudar a pagar la escuela de sus hijos, siempre que puedan demostrar que cumplen con los requisitos y que los niños asisten a instituciones reconocidas por la autoridad educativa.

Autor: I.A.

Voces

  • asignaciones familiares

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