CIRCULAR DAFyD Nº 38/13
- Tipo
- Circular
- Número
- 38/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 13/06/2013
- Publicación en el BO
- 21/06/2013
- Nombre
- PRESTACIÓN POR DESEMPLEO FORMAS JURÍDICAS OBSERVADAS EN EL ALTA SISTEMA DESE
www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Buenos Aires, 13 de junio de 2013 CIRCULAR DAFyD Nº 38/13 PRESTACIÓN POR DESEMPLEO FORMAS JURÍDICAS OBSERVADAS EN EL ALTA SISTEMA DESE Se informa al operador de Prestaciones Activas que cuando el sistema DESE observe al realizar el alta, la forma jurídica correspondiente a la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del cese o de meses anteriores al cese, deberá requerirse al solicitante la documentación que se señala en el Anexo I.Toda la documentación requerida (excepto Cód. 94 Cooperativa) deberá contar con la certificación de firma del empleador y una vez presentada por el solicitante, deberá remitirse para su análisis y resolución a la Coordinación Prestación por Desempleo y Programas de Empleo, área dependiente de la Dirección de Asignaciones Familiares y Desempleo. De enviarse fotocopias o archivos escaneados, deberán contar con la leyenda "Visto Original" o "Es Copia Fiel del Original" con la intervención de la UDAI (Firma y sello).Cuando el solicitante no obtenga la documentación por negativa del empleador, deberá solicitarse una verificación para constatar la información que se necesite en cada situación en particular.Cabe resaltar que, si la CUIT de cese se encuentra observada, mientras no se cuente con la documentación y se determine la correspondencia de su inclusión al Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, no podrá continuarse con el trámite de la prestación.En todos los casos debe informarse la CUIT, ya que de corresponder, se solicitará a la Dirección de Sistemas el levantamiento del control de la forma jurídica sobre la misma.www.diarioprevisional.com.ar " Cód. 87 Fundación: Forma Jurídica Anexo I Cód. 94 Cooperativa: Cód. 95 Cooperativa Efectora: Cód. 132 Sucursal de empresa extranjera: Cód. 215 Cooperadora: Cód. 223 Otras entidades civiles: Cód. 239 Fideicomiso: Cód. 240 Fideicomiso financiero: Cód. 241 Condominio: Cód. 243 Consorcio de cooperación: Cód. 246 Entidades de derecho público no estatal: Documentación Requerida del nota constitutivo, Nota del empleador especificando la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.Declaración Jurada del solicitante manifestando que no es socio integrante de la misma. (*) Contrato empleador especificando la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.Nota del empleador aclarando que se trata de una sucursal y no de una filial. (**) Contrato empleador especificando la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.Nota del empleador especificando la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.constitutivo, nota del del del nota nota constitutivo, constitutivo, Contrato empleador especificando si es privado o público, la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.Contrato empleador especificando si es privado o público, la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.Contrato empleador especificando, la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.Nota del empleador especificando la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.constitutivo, nota del Nota del empleador especificando la ley por la cual se rigen sus relaciones laborales y la normativa de la cual surge la obligación de hacer contribuciones al FNE.www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" (*): En el caso del Cód. 94 Cooperativa, se resuelve con dicha Declaración Jurada, no es necesario remitirlo para su análisis y resolución.(**): En el caso del Cód. 132 Sucursal de empresa extranjera, de tratarse de una sucursal se resuelve con dicha nota, no es necesario remitirlo para su resolución. No obstante, deberá informarse el caso acompañando la documentación, a los efectos de solicitar el requerimiento informático a la Dirección de Sistemas. De tratarse de una filial, deberá remitirse el caso con la documentación para su análisis y re www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece los procedimientos y requisitos documentales para la habilitación de prestaciones por desempleo en función de la forma jurídica del empleador, identificada mediante la CUIT. El sistema DESE debe verificar la coherencia entre la CUIT y la forma jurídica registrada, requiriendo documentación certificada que acredite la existencia y características jurídicas del empleador, además de la normativa laboral aplicable. La documentación debe ser presentada con firma certificada y, en caso de fotocopias o archivos escaneados, con leyenda de copia fiel, para su análisis por la Coordinación de Prestación por Desempleo. La normativa también regula acciones en casos de negativa del empleador a proporcionar documentación, observaciones en la CUIT, y la necesidad de informar la CUIT para gestionar controles y levantamiento de restricciones en el sistema. Se detallan las distintas formas jurídicas posibles, con sus respectivos requisitos documentales específicos, incluyendo entidades civiles, fideicomisos, sucursales, cooperativas, y otras entidades públicas y privadas, con particularidades en la documentación y procedimientos de resolución.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento explica cómo el sistema de prestaciones por desempleo verifica que la empresa o entidad que solicita ayuda esté correctamente registrada y clasificada. Cuando una persona solicita el beneficio, el sistema revisa si la forma jurídica de su empleador coincide con la registrada en la base de datos. Si hay diferencias o dudas, se pide al solicitante que presente documentos que prueben qué tipo de empresa es, como el acta constitutiva, contratos, o notas del empleador, siempre con firma certificada. Por ejemplo, si trabajaste en una cooperativa o en una sucursal de una empresa extranjera, debes presentar documentos específicos. Si la empresa no quiere dar esa información, se puede hacer una verificación adicional. Además, si la CUIT (que es como el DNI de la empresa) tiene alguna observación, no se puede seguir con el trámite hasta resolver esa situación. Todo esto ayuda a que el sistema tenga información clara y confiable para determinar si la persona tiene derecho a la prestación por desempleo y en qué condiciones.
Autor: I.A.
Voces
- prestaciones
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