CIRCULAR DAFyD Nº 43/13

Tipo
Circular
Número
43/13
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
19/06/2013
Publicación en el BO
25/06/2013
Nombre
CARGA DEL FORMULARIO PS 2.73 “SOLICITUD DE PERCEPCIÓN DE ASIGNACIONES FAMILIARES – MADRES” REEMPLAZA A LA CIRCULAR DAFyD N° 42/13

www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Buenos Aires, 19 de junio de 2013 CIRCULAR DAFyD Nº 43/13 CARGA DEL FORMULARIO PS 2.73 "SOLICITUD DE PERCEPCIÓN DE ASIGNACIONES FAMILIARES ? MADRES" REEMPLAZA A LA CIRCULAR DAFyD N° 42/13 A continuación se detalla el procedimiento a seguir con los Formularios PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres", recepcionados según las indicaciones detalladas en la CIRCULAR DAFyD Nº 34/13 "Aumento de Monto de las Asignaciones Familiares y Universales ? Modificación de Topes y Rangos para acceder al cobro de AAFF - Suplemento Adicional de la Asignación por Ayuda Escolar Anual - Pago de Asignaciones Familiares a las Madres".Independientemente del sistema por el cual el otro padre / cónyuge / conviviente, perciba las asignaciones familiares (SUAF, LMN2, ó DESE) el operador de UDAI debe registrar el Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres", a través de la Aplicación 09 - Depósito Judicial, opción 01 ? Alta, del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).La operatoria que a continuación se detalla se llevará a cabo en forma "transitoria", hasta tanto se desarrolle una nueva aplicación común para todos los sistemas liquidadores, siendo la Aplicación de Depósito Judicial de SUAF la única preparada para efectuar la liquidación al padre y la puesta al pago a la madre, según lo dispuesto por el Decreto Nº 614/13.Aclaraciones previas a la registración y de aplicación común a todos los titulares: 1. Si se presentara una madre con el Formulario PS 2.73 y obrara registrado un Oficio Judicial de embargo de AAFF por los mismos menores, no se podrá registrar el mencionado formulario atento que ANSES deberá cumplir con la manda judicial. En cambio, de recepcionarse un Oficio Judicial con posterioridad a la carga del Formulario PS 2.73; deberá consignarse un período HASTA de vigencia a la novedad registrada por presentación del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" y registrar una nueva novedad cargando el Oficio Judicial en SUAF con el período DESDE consignado en el mismo y además, de tratarse de: a. un titular de la Prestación por Desempleo, derivar copia autenticada del Oficio Judicial a la Dirección Unidad Central de Apoyo para su registración en DESE.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" b. un titular de una Jubilación o Pensión del Régimen SIPA proceder a su registración de acuerdo a las instrucciones impartidas por la Dirección Previsional para Depósitos Judiciales.2. En caso que la madre detente la tenencia del/los menor/es (Circular DPA 13/12), y ésta se encuentre registrada en la Base de ADP, para acceder al cobro de las asignaciones familiares, es imprescindible: a. Hacerle cumplimentar a la madre de los menores, el Acta Autorización de Cobro (Anexo Resolución DE Nº 1289-02) debiendo consignar en el espacio destinado a la firma del Padre la leyenda "ANSES ? DECRETO Nº 614/13" y registrar esta autorización de cobro en la Base ADP de acuerdo a la Normativa impartida por la Dirección Prestaciones Activas, para ello ingresa en el campo de texto que se habilita en la pantalla para la carga de Tenencia con Renuncia (TRENU) "ANSES ? DECRETO Nº 614/13".3. Si la madre se encuentra con una Prestación por Desempleo con estado 79 (Suspensión por Probable Percepción Indebida), 84 (Beneficio con Deuda) u 86 (Fin de Pago normal con Probable Indebida) el operador debe: a. Informarle que para tener derecho al cobro de las asignaciones solicitadas, debe regularizar previamente su situación en Desempleo.b. Regularizado el estado de indebida de la Prestación por Desempleo el operador deberá registrar el Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" de acuerdo a las pautas de la presente Circular.Se aclara que si el padre es el que presenta una Prestación por Desempleo con los estados indicados, se podrá registrar el Formulario PS 2.73 indicando a la madre que no se hará efectiva la liquidación de Asignaciones Familiares hasta tanto el padre de los menores regularice la situación ante ANSES.4. Si el padre trabaja en relación de dependencia únicamente en un Organismo Provincial, Municipal o Escuela Privada no incorporado/a a SUAF o percibe una Jubilación o Pensión de un Régimen distinto al SIPA, en los cuales podría estar percibiendo las AAFF por los menores solicitados, la madre deberá dirigirse al Organismo Provincial, Municipal o Escuela Privada u Organismo otorgante de la Prestación Previsional que corresponda dado que ANSES, en este caso, no tiene intervención.5. Si el padre presenta pluriempleo y uno de ellos es en relación de dependencia para un Organismo Provincial, Organismo Municipal o Escuela Privada y/o es titular de una Jubilación o Pensión de un Régimen distinto al SIPA, la UDAI debe: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" a. Solicitar Certificado del Organismo Provincial, Municipal, Escuela Privada u Organismo otorgante de la Prestación Previsional que acredite la no percepción de las asignaciones familiares por los menores solicitados.b. Recepcionado el Certificado procede a la carga del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" de acuerdo a las pautas de la presente Circular.6. Si la madre trabaja en relación de dependencia para un Organismo Provincial, Organismo Municipal o Escuela Privada y/o es titular de una Jubilación o Pensión de un Régimen distinto al SIPA, la UDAI debe: a. Solicitar Certificado del Organismo Provincial, Municipal, Escuela Privada u Organismo otorgante de la Prestación Previsional que acredite la no percepción de las asignaciones familiares por los menores solicitados.b. Recepcionado el Certificado procede a la carga del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" de acuerdo a las pautas de la presente Circular.Registración del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" ALTA ? CUIL EMBARGADO: CUIL del Padre (si completó el rubro 2 ? Datos de los hijos por los que solicita percibir las Asignaciones Familiares) CUIL del Cónyuge / Conviviente (si completó el rubro 3 ? Datos del prenatal que solicita percibir) ? CUIL EMBARGANTE: CUIL de la Solicitante ? Selecciona únicamente los menores por los cuales desea percibir las asignaciones familiares, detallados en el formulario.? FECHA DE PRESENTACIÓN: Fecha de recepción del formulario ante ANSES.? FECHA OFICIO: Fecha de recepción del formulario.? PERÍODO DESDE: Período de carga habilitado de acuerdo a la fecha de presentación del formulario.Excepción: los formularios recepcionados, que no pudieron ser ingresados a la Aplicación antes del cierre de la liquidación del período devengado www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" 05/2013 (18/06/2013) podrán ser registrados con PERIODO DESDE = 05/2013. De haberse realizado la liquidación de la asignación familiar de este período al papá, por los menores detallados en el formulario, se deberá registrar a través de la Opción 16 "Retroactivos", un retroactivo negativo al papá y un retroactivo positivo a la mamá por cada uno de los menores involucrados con el mismo monto liquidado por SUAF.? JURISDICCIÓN CODIGO: consigna "020" y presiona enter.? JUZGADO: presiona enter y selecciona de la lista desplegable, el juzgado: 020 000 000 "ANSES ? DECRETO Nº 614" el sistema completará automáticamente los siguientes datos: DESCRIPCIÓN: JUZGADO: SECRETARÍA: FUERO: ? CARÁTULA: "Apellido Solicitante / Apellido otro Progenitor" ? APELLIDO Y NOMBRE JUEZ / SECRETARIO: "ANSES" ? MEDIO DE PAGO: el elegido por la Solicitante, consignado en el Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres".Aclaración: de haberse consignado Boca de Pago en el formulario el operador, de acuerdo a la Localidad-Provincia-Código Postal informado, deberá consignar un Banco-Agencia de la nómina adjunta a la presente Circular, habida cuenta que la misma se conformó con las Bocas de Pago comunes a todos los sistemas liquidadores de Asignaciones Familiares.? Presiona PF4: Confirma.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social REVOCACION DEL ALTA En caso que la madre decida dejar de percibir las asignaciones deberá presentar un nuevo Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" indicando a partir de qué período y por qué menores desea dejar de hacerlo, dicha - OBSERVACIONES.A fin de proceder a registrar este nuevo formulario, se deberán seguir los siguientes pasos: Ingresar a la aplicación 09 - Depósito Judicial, opción 04 ? Modificación, del Sistema Único de Asignaciones Familiares ? FECHA DE PRESENTACIÓN: Fecha de recepción del formulario ante ANSES.información deberá consignarse en el Rubro 7 ? CUIL EMBARGADO: o CUIL del Padre (si completó el rubro 2 ? Datos de los hijos por los que solicita percibir las Asignaciones Familiares) o CUIL del Cónyuge / Conviviente (si completó el rubro 3 ? Datos del prenatal que solicita percibir) ? CUIL EMBARGANTE: CUIL de la Solicitante ? Presionar enter .El sistema mostrará los datos del trámite vigente.? Completar el campo F. OFICIO MODIF: Fecha de recepción del nuevo formulario que modifica el trámite original.? Presionar enter .El sistema habilitará los campos a modificar.? Completar el campo HASTA: Período hasta el cual desea percibir las asignaciones familiares.? Presionar enter.? Presionar PF4: Confirma.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Titulares Sistema Único de Asignaciones Familiares 1. Si la madre desea percibir las asignaciones y el padre de los hijos NO CUENTA CON MEDIO DE PAGO en el sistema SUAF y en el sistema ADP existen otros hijos además de los solicitados por la madre, sólo se procederá a liquidar las asignaciones por los hijos que la MADRE solicite, para lo cual la UDAI debe: a. Efectuar (de oficio) el alta, de la novedad Boca de Pago al padre a través de la aplicación 13 - MEDIOS DE PAGO, opción 01 - BOCAS DE PAGO, consignando 910-888 (Correo Argentino).b. Efectuar el alta del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres", según las indicaciones del título ALTA.c. Completar (de oficio), el Formulario PS 2.53 "DDJJ Renuncia/ Revocación de Renuncia al Cobro de Asignaciones Familiares - Sistema Único de Asignaciones Familiares", y en el campo Firma del Titular, consignar el mensaje "ANSES ? DECRETO Nº 614" detallando los menores relacionados en el sistema ADP con el titular por los que NO se solicita la percepción de AAFF en el Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" a efectos de NO realizar la liquidación de Asignaciones Familiares por esos menores.d. Efectuar (de oficio) en el sistema informático SUAF el alta de la novedad Renuncia al Cobro al padre a través de la Aplicación 11 - RENUNCIA AL COBRO, opción 01 ? ALTA, consignando como fecha "DESDE" el período habilitado, por los menores por los cuales NO se solicita la percepción de AAFF.2. Si el padre de los menores, oportunamente, ha solicitado renunciar a la percepción de las asignaciones familiares, y esa Renuncia al Cobro se encuentra vigente en SUAF, ésta sólo podrá ser revocada (de oficio) una vez constatado que el padre y/o madre no se encuentran percibiendo las Asignaciones Familiares por esos menores. Constatada esta situación con la documentación informada en la presente circular, la UDAI debe: a. Completar (de oficio), el Formulario PS 2.53 "DDJJ Renuncia/ Revocación de Renuncia al Cobro de Asignaciones Familiares - Sistema Único de Asignaciones Familiares", y en el campo Firma del Titular, consignar el mensaje "ANSES ? DECRETO Nº 614" detallando los menores relacionados al titular por los que se solicita la percepción de AAFF a efectos de realizar la liquidación de Asignaciones Familiares únicamente por esos menores.b. Efectuar (de oficio) en el sistema informático SUAF el alta de la novedad Revocación de Renuncia al Cobro al padre a través de la Aplicación 11 - www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" RENUNCIA AL COBRO, opción 02 ? MODIFICACION, consignando como fecha "HASTA" el período inmediato anterior al período habilitado en SUAF, "por los menores que se encuentran detallados" en el Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres".3. Si la madre y el padre de los menores son trabajadores dependientes de alguna empresa incorporada a SUAF, y ella no cuenta con un medio de pago registrado, la UDAI debe: a. Efectuar el alta de la novedad Boca de Pago a la madre a través de la aplicación 13 - MEDIOS DE PAGO, en función a lo consignado en el Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres".b. Efectuar el alta del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres", según las indicaciones del título ALTA.Titulares de la Prestación por Desempleo: 1. Si la madre desea percibir las asignaciones familiares y el padre es titular de una Prestación por Desempleo en donde percibe las asignaciones familiares por los menores solicitados, la UDAI debe: a. Efectuar el alta del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" en SUAF, según las indicaciones del título ALTA.b. Remite una fotocopia autenticada del mismo a la Dirección Unidad Central de Apoyo para su registración, en el Sistema de la Prestación por Desempleo, teniendo en cuenta que la carga se encuentra centralizada.Aclaración: sólo podrán ponerse al pago a la madre las cargas de familia no declaradas al inicio de la prestación por desempleo si el padre es titular de la prestación por desempleo de RENATEA, para lo cual deberá previamente registrar las relaciones en el sistema ADP y proceder de acuerdo a los puntos a y b del presente título.Titulares Régimen SIPA- LMN2 : 1. Si la madre desea percibir las asignaciones familiares y el padre es titular de una Jubilación o Pensión del Régimen SIPA, la UDAI debe: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" a. Efectuar el alta del Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" en SUAF, según las indicaciones del título ALTA.b. Reserva el Formulario PS 2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres" a la espera de nuevas instrucciones para registrar en el Sistema Depósitos Judiciales del Régimen Previsional.www.diarioprevisional.com.ar "

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