CIRCULAR DAFyD Nº 54/13
- Tipo
- Circular
- Número
- 54/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 21/08/2013
- Publicación en el BO
- 28/08/2013
- Nombre
- ASIGNACIONES FAMILIARES / UNIVERSALES - PERSONAL DE CASAS PARTICULARES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DAFyD Nº 52/13
www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Buenos Aires, 21 de agosto de 2013 CIRCULAR DAFyD Nº 54/13 ASIGNACIONES FAMILIARES / UNIVERSALES - PERSONAL DE CASAS PARTICULARES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DAFyD Nº 52/13 Por medio de la presente se informa que la Ley Nº 26.844 modificó el artículo 2º de al Ley Nº 24.714 estableciendo lo siguiente: "Las empleadas/os del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares se encuentran incluidas en el inciso c) del artículo 1º, siendo beneficiarias de la Asignación por Embarazo para Protección Social y de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, quedando excluidas de los incisos a) y b) del citado artículo con excepción del derecho a la percepción de la Asignación por Maternidad establecida por el inciso e) del artículo 6º de la presente ley".Por lo expuesto, las trabajadoras comprendidas en el Régimen de Trabajo para el Personal de Casas Particulares percibirán la Asignación Familiar por Maternidad a través de ANSES.Para la solicitud de pago de la Asignación Familiar por Maternidad, las trabajadoras deberán presentar ante ANSES el Formulario PS 2.55 debidamente cumplimentado en los Rubros 1; 3; 5; 6 y 10.Ahora bien, como hemos recibido consultas sobre la imposibilidad de la registración de los mencionados formularios en SUAF, se solicita que la UDAI recepcione los mismos y los archive transitoriamente en una caja hasta tanto se resuelva el tratamiento que se les dará, situación que será informada en una próxima circular.Asimismo deberán declarar ante ANSES un Medio de Pago, que también deberá ser registrado en SUAF.Cabe aclarar que, hasta que ANSES no reciba de AFIP toda la información necesaria sobre la relación laboral, no podrá abonar las Asignaciones Familiares por Maternidad, por lo que se deberá informar esta situación a la trabajadora indicándole que oportunamente se efectivizarán todos los pagos retroactivos que correspondan; para lo cual se requiere a la UDAI que archive estos trámites de maternidad en una caja para poder identificarlos para una eventual registración de Reclamos para Ajustes.Por último, se recuerda, que estas trabajadoras continuarán percibiendo la Asignación Universal por Hijo y/o Embarazo para Protección Social, en la medida en que cumplan con todos los requisitos para ello.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular informa que, en virtud de la modificación del artículo 2º de la Ley Nº 24.714 por la Ley Nº 26.844, las empleadas del Régimen de Personal de Casas Particulares son beneficiarias de la Asignación por Embarazo para Protección Social y de la Asignación Universal por Hijo, excluyéndose de otros beneficios, salvo la Asignación por Maternidad prevista en el artículo 6º. La percepción de la Asignación Familiar por Maternidad se realiza a través de ANSES, requiriendo la presentación del formulario PS 2.55, cuya registración en el sistema SUAF presenta dificultades, por lo que se establece un procedimiento transitorio de archivo en caja. La autorización de pago está condicionada a la recepción de información completa por parte de AFIP, y se garantiza la continuidad del cobro de la Asignación Universal por Hijo y/o Embarazo, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento aclara que las trabajadoras domésticas ahora tienen derecho a recibir la Asignación por Maternidad, que antes no estaban incluidas en algunos beneficios. Para cobrarla, deben presentar un formulario a ANSES, pero por problemas técnicos en el sistema, se guardarán temporalmente en una caja hasta que se resuelva cómo registrarlos oficialmente. Además, la ANSES necesita recibir información de AFIP para poder pagarles, por lo que en ese período, se les informará que los pagos se harán en forma retroactiva una vez que todo esté en orden. También seguirán recibiendo otras asignaciones sociales si cumplen con los requisitos, asegurando así su protección social integral.
Autor: I.A.
Voces
- asignaciones familiares
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