CIRCULAR DAFyD Nº 62/14
- Tipo
- Circular
- Número
- 62/14
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 23/07/2014
- Publicación en el BO
- 30/07/2014
- Nombre
- PRESTACIÓN POR DESEMPLEO - COMPATIBILIDAD DE LA EXTENSIÓN PARA MAYORES DE 45 AÑOS CON EL PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN
2014 - "Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 23 de julio de 2014 CIRCULAR DAFyD Nº 62/14 PRESTACIÓN POR DESEMPLEO - COMPATIBILIDAD DE LA EXTENSIÓN PARA MAYORES DE 45 AÑOS CON EL PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN Se informa a las UDAI, delegaciones, oficinas y usuarios del Sistema DESE (Prestaciones por Desempleo) que por Resolución MTEySS Nº 1016/2013, se ha establecido la compatibilidad entre el Pago Único y la Extensión de la Prestación por Desempleo para Mayores de 45 años.Para acceder al Pago Único en estos casos el titular deberá tener liquidada al menos un cuota y como mínimo 3 cuotas a liquidar incluidas las cuotas de la extensión.La solicitud deberá remitirse en forma inmediata a la Dirección Unidad Central de Apoyo, enviando una copia autenticada y escaneada del Formulario PS 3.4 vía correo electrónico a la casilla D Amico Norma Alicia o vía fax al TE: 4015-4115 para su registración en el Sistema de la Prestación por Desempleo, teniendo en cuenta que la carga se encuentra centralizada.Con posterioridad, se deberá remitir el formulario a la Dirección precitada por la vía formal a través del correo interno.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece la compatibilidad entre la extensión de la Prestación por Desempleo y el Pago Único para beneficiarios mayores de 45 años, según lo dispuesto por la Resolución MTEySS Nº 1016/2013. Para acceder a esta compatibilidad, el beneficiario debe tener al menos una cuota liquidada y un mínimo de tres cuotas a liquidar, incluyendo las cuotas de extensión. La solicitud debe realizarse mediante la remisión del formulario PS 3.4, acompañada de copia autenticada y escaneada, a la Dirección Unidad Central de Apoyo, preferentemente por correo electrónico o fax, para su registración en el sistema, y posteriormente formalizarse mediante envío interno.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma dice que si una persona mayor de 45 años está recibiendo la extensión de su prestación por desempleo, puede solicitar también un pago único, siempre que haya cobrado al menos una cuota y tenga al menos tres cuotas pendientes. Esto es como si una persona que recibe un beneficio por desempleo pudiera, en ciertos casos, optar por recibir un pago único en lugar de seguir cobrando en cuotas, facilitando su acceso mediante un trámite sencillo que debe hacerse enviando un formulario y documentos a la oficina correspondiente, ya sea por email, fax o en persona. Esto ayuda a quienes cumplen con los requisitos a gestionar mejor su situación económica en momentos de desempleo prolongado.
Autor: I.A.
Voces
- prestaciones
- pagos
- liquidacion
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