CIRCULAR DAFyD Nº 70/13
- Tipo
- Circular
- Número
- 70/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 14/11/2013
- Publicación en el BO
- 19/11/2013
- Nombre
- CARGA DEL FORMULARIO PS.2.73 “SOLICITUD DE PERCEPCIÓN DE ASIGNACIONES FAMILIARES - MADRES” MEDIO DE PAGO
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Buenos Aires, 14 de noviembre de 2013 CIRCULAR DAFyD Nº 70/13 CARGA DEL FORMULARIO PS.2.73 "SOLICITUD DE PERCEPCIÓN DE ASIGNACIONES FAMILIARES - MADRES" MEDIO DE PAGO Se informa que a partir del período10/2013 cuando se registre en la aplicación 09- Depósito Judicial, un Formulario PS.2.73 "Solicitud de Percepción de Asignaciones Familiares ? Madres", y se ingrese como medio de pago una CBU, el sistema exigirá registrar también una BOCA DE PAGO, del listado de "Bocas de Pago Comunes a Todos liquidadores de Asignaciones Familiares", disponible en INTRANET (Servicios - Información).los sistemas http://intranetanses/utilitarios/bocas_pago_madres/anexoI_banco.pdf http://intranetanses/utilitarios/bocas_pago_madres/anexoII_correo.pdf Dicha modificación es a fin de poner al pago las asignaciones familiares en los sistemas Salario Familiar (LMN2) y Prestación por Desempleo (DESE), ya que los sistemas mencionados no liquidan a través de CBU.En cuanto a las titulares del SUAF, en caso de tener registradas una CBU y una BOCA DE PAGO el sistema asumirá la CBU, para poner al pago allí las asignaciones familiares liquidadas. Si la situación del otro progenitor cambiara (comenzara a cobrara DESE/LMN2), la BOCA DE PAGO para liquidar las asignaciones familiares sería la elegida.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular detalla la implementación de un mecanismo para el pago de asignaciones familiares a través del sistema informático, estableciendo que, a partir de octubre de 2013, cuando se registre un formulario PS.2.73 para solicitar percepciones de asignaciones familiares para madres, y se indique una CBU como medio de pago, será obligatorio también registrar una boca de pago de un listado oficial. La finalidad es integrar los pagos en los sistemas Salario Familiar (LMN2) y Prestación por Desempleo (DESE), que no liquidan mediante CBU. Para titulares del SUAF con CBU y boca de pago, prevalecerá la CBU, pero si el otro progenitor cambia su situación (por ejemplo, comienza a cobrar prestaciones de desempleo o salario), la boca de pago será la que se utilice para la liquidación de las asignaciones familiares, garantizando la correcta asignación y pago de los beneficios.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma básicamente dice que, si una madre solicita las asignaciones familiares y quiere que le paguen mediante su CBU, debe también indicar una boca de pago específica de una lista oficial. Esto se hace para que los pagos se puedan realizar en los sistemas que no usan CBU, como el Salario Familiar o el Prestación por Desempleo. Si la madre ya tiene registrada una CBU y una boca de pago, el sistema usará la CBU para pagar. Pero si en algún momento el otro progenitor empieza a cobrar otra prestación, como desempleo, entonces se usará la boca de pago para hacer el pago, asegurando que las asignaciones lleguen a la persona correcta en el momento adecuado.
Autor: I.A.
Voces
- asignaciones familiares
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)