CIRCULAR DP Nº 37/12

Tipo
Circular
Número
37/12
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
04/06/2012
Publicación en el BO
15/06/2012
Nombre
VIGENCIA DEL PORCENTAJE DE APORTE ADICIONAL TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA

www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 04 de junio de 2012 CIRCULAR DP Nº 37/12 VIGENCIA DEL PORCENTAJE DE APORTE ADICIONAL TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA Se recuerdan las fechas a partir de las cuales debe efectuarse el porcentaje de aporte adicional del 2% previsto para los trabajadores de la actividad eléctrica, conforme la entidad sindical o gremial que los represente: Resolución Entidad Vigencia del Aporte Adicional Instrucción de Trabajo Junio del 2009 Circular DP Nº 17/12 Marzo del 2010 PREV-11-43 Resolución MTEySS Nº 824/09 Resolución MTEySS Nº 170/10 Sindicato de Trabajadores de Luz y Fuerza de Capital Federal Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza Asociación de Profesionales Universitarios del Agua y la Energía Eléctrica Asociación del Personal Jerárquico del Agua y la Energía Sindicato Luz y Fuerza de Mar del Plata. El Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia Mutual de Jubilados y Pensionados de E.P.E.L.A.R. La Rioja.www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Vigencia del Aporte Adicional Instrucción de Trabajo Octubre de 2011 PREV-11-44 La Resolución MTEySS Nº 1335/11, especifica asimismo que la Asociación del Personal Superior de Empresas de Energía fue incluida a efectos de adquirir el carácter de signataria del convenio a partir de octubre de 2011, pero teniendo en cuenta que sus afiliados estaban adheridos a la Federación Nacional de Trabajadores de Luz y Fuerza corresponde efectuar el aporte adicional a partir del 1° de junio de 2009.Resolución Resolución MTEySS Nº 1335/11 Entidad Federación Argentina del Personal Superior de la Energía Eléctrica Asociación del Personal de Conducción de la Energía del Chaco.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece la vigencia y las fechas de implementación del porcentaje adicional del 2% en los aportes previsionales de los trabajadores del sector eléctrico, regulando la incorporación de distintas entidades sindicales y asociaciones profesionales en el esquema de contribución adicional. La resolución MTEySS Nº 1335/11, en particular, determina la inclusión de la Asociación del Personal Superior de Empresas de Energía en el pago del aporte desde junio de 2009, aunque su carácter de signataria se formaliza en octubre de 2011, en concordancia con la adhesión de sus afiliados a la Federación Nacional de Trabajadores de Luz y Fuerza. La normativa también remite a distintas resoluciones y circulares que establecen las fechas de vigencia del aporte adicional para diferentes entidades sindicales y asociaciones, en función de su reconocimiento y adhesión formal.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica cuándo y cómo deben pagar un pequeño porcentaje adicional (el 2%) en sus aportes los trabajadores del sector eléctrico y las organizaciones que los representan. Por ejemplo, si un trabajador de Luz y Fuerza en Mar del Plata o en Chaco, o un sindicato o asociación que los agrupa, debe empezar a pagar este extra desde una fecha específica, que varía según la entidad. En algunos casos, como la Asociación del Personal Superior de Empresas de Energía, el pago comenzó en junio de 2009, aunque oficialmente se formalizó en 2011. Esto es como si se estableciera un pequeño recargo en las contribuciones que hacen los empleados y sindicatos para financiar beneficios sociales o fondos especiales, y la ley o resolución indica exactamente desde cuándo deben comenzar a hacerlo y qué organizaciones están obligadas a contribuir.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social

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