CIRCULAR DP Nº 65/12

Tipo
Circular
Número
65/12
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
22/10/2012
Publicación en el BO
27/10/2012
Nombre
ORDEN OPERATIVO DE TRABAJO DE LOS EXPEDIENTES DE SENTENCIAS JUDICIALES PREVISIONALES DE MAYORES DE 80 AÑOS EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES

www.diarioprevisional.com.ar "2012? Año de Homenaje al Doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 22 de octubre de 2012 CIRCULAR DP Nº 65/12 ORDEN OPERATIVO DE TRABAJO DE LOS EXPEDIENTES DE SENTENCIAS JUDICIALES PREVISIONALES DE MAYORES DE 80 AÑOS EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES La presente información se basa en la norma complementaria que en el "Orden Operativo de Trabajo". a realizar por la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales para la liquidación de los casos alcanzados en dicho Orden.o Criterio de Ordenamiento Al criterio de ordenamiento se establece en la Circular que establece el OOT se adicionará a una marca que contempla la edad del beneficiario, el único, que cuente con 80 años o más en el momento de la generación de información informática del OOT correspondiente.o Información del archivo denominado "Habilitación" La información recibida por la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales y Planeamiento en el archivo denominado "Habilitación" deberá cumplir el siguiente formato:? Expediente. ? Apellido y Nombre. ? Fecha de inicio. ? Fecha de alta. ? Estado. ? Fecha de Estado. ? Beneficio. ? Ultima Oficina. ? Marca Art. 56 (Valor por defecto = No). ? Marca de Ley Aplicada? Marca de puesta en el pago por sentencia judicial? Marca de edad igual a 80 años o mayor Criterio de selección La Dirección General de Análisis y la Liquidación de Sentencias judiciales deben trabajar en la producción comprometida mensualmente en el POA 2012, dándole prioridad a las actividades de cumplimiento de los clientes correspondientes a la marca de edad> = 80 años en el OOT del mes en curso.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social o Otras Consideraciones" 2012? Año de Homenaje al Doctor D. Manuel Belgrano "Deberá dejar constancia en el expediente y en las aplicaciones para los fines de los envíos en el" criterio de selección "no puede ser en el orden operativo de trabajo Correspondiente. Solo deberan v cargarse en El Sistema LMN Aquellos Que no expedientes puedan Ser liquidados por El Sistema SICASENT del conforme la normativa Vigente. www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Circular DP Nº 65/12 establece un procedimiento específico para la liquidación de sentencias judiciales previsionales en beneficiarios mayores de 80 años, priorizando aquellos en el Orden Operativo de Trabajo (OOT) del mes en curso. Se requiere que la información en el archivo 'Habilitación' incluya datos precisos, como edad, estado del expediente y beneficios, con una marca específica que indique si el beneficiario tiene 80 años o más. La normativa enfatiza que solo deben procesarse en el sistema SICASENT aquellos expedientes que no puedan ser liquidados automáticamente por el sistema LMN, garantizando así la correcta gestión de casos complejos o especiales, en línea con la normativa vigente y el POA 2012.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica que, para las personas mayores de 80 años que tienen una sentencia judicial previsional, se debe dar prioridad en el sistema a su liquidación durante el mes en que corresponda, asegurando que se registre claramente su edad y estado en un archivo llamado 'Habilitación'. Solo los casos que no puedan ser procesados automáticamente por el sistema estándar (LMN) deben ingresarse en un sistema más avanzado (SICASENT). Es como si en una oficina, se priorizara a los adultos mayores para que reciban atención rápida, y solo los casos complicados se manejen con un personal especializado, garantizando una gestión eficiente y conforme a la normativa vigente.

Autor: I.A.

Voces

  • previsión
  • jubilacion
  • seguridad social

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