CIRCULAR DP Nº 33/12

Tipo
Circular
Número
33/12
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
21/05/2012
Publicación en el BO
27/05/2012
Nombre
BENEFICIOS DOCENTES “DECRETO 7” DE RIO NEGRO SIN APLICACIÓN DE MOVILIDAD EN MARZO/2012

www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 21 de mayo de 2012 CIRCULAR DP Nº 33/12 BENEFICIOS DOCENTES "DECRETO 7" DE RIO NEGRO SIN APLICACIÓN DE MOVILIDAD EN MARZO/2012 Se pone en conocimiento de todas las Áreas operativas de esta Administración la nómina de beneficios Docentes "Decreto 7" de Río Negro que no tuvieron el aumento correspondiente a la movilidad de 03/2012 sobre el suplemento docente (concepto 006-025).La nómina se puede consultar en visualizándose la siguiente información: Intranet en el Rubro "Destacados", Número de beneficio Apellido y nombre del Titular del Beneficio CUIL/T Tipo y número de documento.A estos beneficios se les modificará, en el mensual 06/2012, el concepto 006-025 y se abonarán las diferencias correspondientes.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La circular del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de 2012 informa que, en Río Negro, ciertos beneficios docentes regulados por el Decreto 7 no recibieron el incremento por movilidad correspondiente a marzo de 2012 en el suplemento docente (concepto 006-025). Se comunica la nómina de beneficiarios afectados, accesible en la intranet, y se prevé la modificación en el concepto 006-025 en el pago del mes de junio de 2012 para abonar las diferencias adeudadas, sin aplicar la movilidad en marzo de 2012. La normativa implica una corrección en la liquidación de beneficios docentes, garantizando la actualización salarial pendiente, mediante ajuste retroactivo en la liquidación de junio de 2012.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma informa que algunos docentes en Río Negro no recibieron el aumento salarial que correspondía en marzo de 2012, específicamente en el suplemento que reciben por su trabajo. La administración detectó quiénes fueron afectados y les ajustará el pago en junio de ese año, incluyendo las diferencias que no se pagaron en marzo. Esto significa que, aunque en marzo no se aplicó el aumento, en junio se corregirá esa situación y se pagará lo que corresponde, asegurando que los beneficios salariales se actualicen correctamente y sin perder derechos adquiridos.

Autor: I.A.

Voces

  • beneficios

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