CIRCULAR DP Nº 75/12

Tipo
Circular
Número
75/12
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
21/11/2012
Publicación en el BO
29/11/2012
Nombre
PRESTACIONES POR EDAD AVANZADA - PROCEDIMIENTO DE ADECUACION DE LA PBU - NUEVAS PAUTAS DE INCORPORACION

"2012 ? Año de Homenaje al Doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 21 de noviembre de 2012 CIRCULAR DP Nº 75/12 PRESTACIONES POR EDAD AVANZADA - PROCEDIMIENTO DE ADECUACION DE LA PBU - NUEVAS PAUTAS DE INCORPORACION Se ponen en conocimiento de las áreas operativas de la Organización del procedimiento de adecuación de las Prestaciones por Edad Avanzada (PEA) y las nuevas pautas de incorporación a tener en cuenta a partir de la publicación de la presente circular.1. Procedimiento de adecuación: a. Considerando que se detectaron beneficios de PEA que poseían el monto de la PBU al 100%, en lugar del 70% correspondiente, se realizó, para el mensual 12/2012, un proceso sistémico para corregir dichos casos.b. En dicho proceso se adecuó el valor de la PBU y se distribuyó la diferencia entre el 100% y el 70%, en las prestaciones de PC y PAP.c. Por otra parte, se suplantó el concepto de PBU (001001), por el de PBU de PEA (001006).Ej.: Liquidación 11/2012 PBU (001001) PC (001002) PAP (001003) 888,04 325,34 361,35 PBU (001006) PC (001002) PAP (001003) 621,63 451,55 501,55 Liquidación 12/2012 Obsérvese que la diferencia entre las PBU (266,41), se distribuyo proporcionalmente entre el monto de la PC y la PAP, a fin de seguir respetando el importe total de la prestación, el cual era correcto.Entonces: Nueva PC = ((Dif PBU x Vieja PC) / (Vieja PC + Vieja PAP)) + Vieja PC= Nueva PC = ((266,41 x 325,34) / (325,34 + 361,35)) + 325,34 = 451,55 Nueva PAP = ((Dif PBU x Vieja PAP) / (Vieja PC + Vieja PAP)) + Vieja PAP= Nueva PAP = ((266,41 x 361,35) / (325,34 + 361,35)) + 361,35 = 501,55 www.diarioprevisional.com.ar " "2012 ? Año de Homenaje al Doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2. Nuevas pautas de incorporación: a. Sistema LMN Toda vez que se incorporé un alta o rehabilitación de un beneficio de PEA o Pensión Directa o Derivada de PEA por el Sistema LMN, se deberá informar como código de concepto de PBU el 001006.b. Sistema Pr. Pa. Se están realizando las adecuaciones pertinentes en el sistema, a fin que genere en la liquidación de las PEA el concepto de PBU 001006, mientras tanto si bien a nivel de exposición del detalle de beneficio, se verá el código 001001, se implementará un proceso en la Liquidación Previsional, a fin de que a partir del mensual enero/2013, en RUB se impacte el concepto 001006 pertinente.3. Transformación de PEA a PBU - PC - PAP a. Caratulación de expediente. Al proceder a realizar una transformación de una PEA en una PBU - PC - PAP, deberá caratularse un expediente cuyo tipo de trámite sea el correspondiente a la prestación que se está acordando, por ejemplo, si se trata de una: o PBU-PC-PAP MORATORIA LEY 24476 (REPARTO), debe caratularse un expediente tipo de trámite "974" o EXP. PREST. SIJP(PBU-PC-PAP), debe caratularse un expediente tipo de trámite "004" * Bajo ningún concepto debe utilizarse un trámite "146" o "299" Asimismo, una vez realizada la modificación del beneficio, deberán solicitar a la Dirección Previsional, que por procedimiento de excepción, se informe en RUB el nuevo número de expediente asignado.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La circular detalla el procedimiento de adecuación de las prestaciones por edad avanzada (PEA), incluyendo la corrección sistémica del monto de la PBU al 70%, ajustando proporcionalmente las prestaciones complementarias (PC y PAP) y actualizando los códigos de concepto (001006) para la PBU de PEA. Además, establece las nuevas pautas de incorporación mediante los sistemas LMN y Pr. Pa., y regula la transformación de PEA en PBU, PC y PAP, especificando la correcta caratulación de expedientes y la necesidad de informar los cambios a la Dirección Previsional, garantizando la coherencia en la gestión administrativa y la correcta aplicación de los beneficios previsionales.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma explica cómo el organismo ajustó automáticamente algunas prestaciones de edad avanzada que tenían un monto incorrecto, reduciéndolas del 100% al 70% y repartiendo esa diferencia entre las prestaciones complementarias. También indica que, a partir de ahora, cuando se otorguen o rehabiliten beneficios de PEA, se debe usar un código específico (001006) para identificarlos correctamente en los sistemas. Además, si se transforma una PEA en una PBU o en otras prestaciones, se debe crear un expediente con un tipo de trámite adecuado y comunicar estos cambios a la oficina encargada, para mantener todo en orden y que los beneficiarios reciban sus prestaciones correctamente.

Autor: I.A.

Voces

  • prestaciones
  • seguridad social

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