CIRCULAR DP Nº 11/15
- Tipo
- Circular
- Número
- 11/15
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 04/02/2015
- Publicación en el BO
- 09/02/2015
- Nombre
- MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL MARZO/2015
"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Buenos Aires, 04 de Febrero de 2015 CIRCULAR DP Nº 11/15 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL MARZO/2015 Teniendo en cuenta lo establecido por Resolución MTESS Nº 30/11 en su artículo 5º, el cual expresa: "-en los meses de marzo de cada año se otorgará la variación de la Remuneración Imponible Promedio Docente (RIPDOC) que se registre en el segundo semestre del año anterior o la movilidad del régimen General, la mayor de ambas, en carácter de adelanto a cuenta de la que corresponda otorgar en el mes de septiembre subsiguiente-" Por lo expuesto y considerando que el índice de la Remuneración Imponible Promedio Docente (RIPDOC), para marzo/2015 fue del 9,57%, es que se otorga la movilidad correspondiente al régimen general, la cual es superior y representa un incremento del 18,26%. Dicha movilidad se deberá aplicar sobre todas las prestaciones docentes, cuya Ley Aplicada informada corresponda a docentes, conforme Anexo l y/o contengan en la liquidación del mensual 03/2015 un concepto 006-022, 006-025 o 006-030. Además de aumentar los conceptos de haberes mensuales, se deberá aumentar también el código 006-025 o 006-030 (el que exista). Para aquellos casos en los cuales la liquidación contenga, en 02/2015, el concepto 006-022, a este se le debe dar el aumento y el monto resultante debe impactarse con el concepto 006-025, dando de baja el 006-022. Para las prestaciones que no contienen en su liquidación ni el concepto 006- 022, ni el 006-025, este aumento deberá reflejarse en el concepto 006-030, el cual fue creado para identificar las prestaciones docentes en las cuales, el 82% del sueldo en actividad al cese no benefició, al momento de efectuar el alta de la prestación. Cuando se trate de pensiones se multiplicará por el porcentaje de beneficio.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y áreas operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultaPrevisional@anses.gob.ar Interno 19386 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Ejemplo 1: Prestaciones con un único haber, sin 006-022 ni 006-025.Liquidación mensual 02/2015: 001 XXX Total $ 4.000,00 $ 4.000,00 Liquidación mensual 03/2015: Debe reflejarse en el 006-030 la diferencia entre el 001 XXX del mensual 02/2015 y el 001 XXX con la aplicación del 18,26%.001-XXX $ 4.000,00 006-030 $ 730,40 Total $ 4.730,40 Ejemplo 2: Prestaciones con un único haber con 006-025 a 02/2015.Liquidación mensual 02/2015: 001 XXX 006-025 Total $ 2.264,87 $ 1.078,63 $ 3.343,50 Liquidación mensual 03/2015: 001 XXX + 18,26 % 006-025 + 18,26 % Total $ 2.678,43 $ 1.275,59 $ 3.954,02 Ejemplo 3: Prestaciones con un único haber con 006-022 a 02/2015.Liquidación mensual 02/2015: 001 XXX 006-022 Total $ 2.264,87 $ 1.078,63 $ 3.343,50 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y áreas operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultaPrevisional@anses.gob.ar Interno 19386 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Liquidación mensual 03/2015: 001 XXX+ 18,26 % 006-025 (006-022 + 18,26%) Total $ 2.678,43 $ 1.275,59 $ 3.954,02 Ejemplo 4: Prestaciones con PBU ? PC ? PAP con 006-025.Liquidación mensual 02/2015: 001 001 001 002 001 003 006 025 Total $ 1.526,75 $ 1.586,65 351,99 $ 234,66 $ 3.700,05 Liquidación mensual 03/2015: 001 001 + 18,26 % $ 1.805,53 001 002 + 18,26 % $ 1.876,37 001 003 + 18,26 % $ 416,26 006 025 + 18,26 % $ 277,51 Total $ 4.375,67 Ejemplo 5: Prestaciones de PBU?PC?PAP con componente de ex- Capitalización y 006-025: Liquidación mensual 02/2015: 001 001 $ 1.526,75 001 002 $ 3.519,90 003 900 $ 469,32 006 025 $ 2.111,94 Total $ 7.627,91 Liquidación mensual 03/2015: 001 001 + 18,26 % $ 1.805,53 001 002 + 18,26 % $ 4.162,63 003 900 + 18,26 % $ 555,02 006 025 + 18,26 % $ 2.497,58 Total $ 9.020,76 Ejemplo 6: Prestaciones de PBU?PC?PAP sin 006-022 ni 006-025.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y áreas operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultaPrevisional@anses.gob.ar Interno 19386 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Liquidación mensual 02/2015: 001 001 001 002 001 003 Total $ 1.526,75 $ 2.703,98 410,65 $ 4.641,38 Liquidación mensual 03/2015: Debe reflejarse en el 006 030, a dar de alta, la diferencia por movilidad aplicada sobre el, 001 002 y 001 003 del mensual 02/2015, la PBU debe aumentarse respetando el monto establecido por Resolución ($1.805,53) 001 001 001 002 001 003 006 030 Total $ 1.805,53 $ 2.703,98 $ 410,65 $ 568,73 $ 5.488,89 En las prestaciones de Ex-Capitalización deben considerarse el/los conceptos 003-XXX. Quedan excluidos todos los conceptos informados por las Compañías de Seguro de Retiros, como así también, los conceptos 003 ó 005 si la prestación está marcada como Renta Vitalicia ("V") y los conceptos 006900, 006934 y 006935 de Rentas Vitalicias Garantizadas. Aquellas pensiones liquidadas, cuyos coparticipes superen el 100% del porcentaje de beneficio deberán ser incluidas la TABLA DE NO CALCULAR, a fin de no aplicar un aumento indebido. Exclusiones: 1. Ex-Cajas: 40, 41, 42, 43, 45, 48, 70, 71, 72, 74 y 75.2. Retiros de Policía marca R o S.3. Las prestaciones puras de Ex-Capitalización quedan excluidas.4. Todos los conceptos de rentas vitalicias, informados por las compañías de seguros quedan excluidos.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y áreas operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultaPrevisional@anses.gob.ar Interno 19386 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece la aplicación de una movilidad anticipada en marzo de 2015 para prestaciones docentes y pensiones, basada en la variación del índice RIPDOC del segundo semestre de 2014, con un incremento del 9,57%, y la movilidad del régimen general, que es superior, con un aumento del 18,26%. La movilidad se aplica a todas las prestaciones docentes, ajustando los conceptos de liquidación (006-022, 006-025, 006-030) según corresponda, y en el caso de pensiones, multiplicando el incremento por el porcentaje de beneficio. Se detallan ejemplos prácticos para diferentes escenarios de liquidación, incluyendo prestaciones con un único haber, múltiples conceptos, y prestaciones de ex-capitalización, además de exclusiones específicas. La normativa busca garantizar la actualización de haberes y pensiones docentes en línea con la movilidad del régimen general, asegurando la correcta aplicación de los porcentajes y conceptos en las liquidaciones previsionales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que en marzo de 2015, los jubilados y pensionados docentes recibirán un aumento en sus pagos, basado en un porcentaje mayor al que se aplicó en el segundo semestre del año anterior. Es como si, en lugar de solo ajustar sus haberes por la inflación o la variación del salario promedio, se les diera un incremento adicional para ponerlos en línea con los aumentos del régimen general. Para entenderlo, imagina que tienes un sueldo y, en marzo, te dan un aumento que refleja no solo la inflación sino también un incremento extra, asegurando que tus ingresos mantengan su poder adquisitivo. La norma explica cómo aplicar este aumento en diferentes tipos de liquidaciones, ajustando los conceptos de pago según los códigos específicos y considerando si la pensión tiene un porcentaje de beneficio. Además, señala qué casos están excluidos, como ciertas rentas vitalicias o prestaciones de ex-cajas, para evitar errores en los aumentos. En la práctica, esto significa que los jubilados y pensionados docentes verán reflejado en sus recibos un incremento que busca mantener el valor de sus haberes en línea con los cambios del sistema general, asegurando que todos reciban la actualización correcta y uniforme.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- pensiones
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