CIRCULAR DP Nº 11/16
- Tipo
- Circular
- Número
- 11/16
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 19/02/2016
- Publicación en el BO
- 23/02/2016
- Nombre
- RESULTADO DE LAS VERIFICACIONES EN SEDE DEL EMPLEADOR
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 19 de febrero de 2016 CIRCULAR DP Nº 11/16 RESULTADO DE LAS VERIFICACIONES EN SEDE DEL EMPLEADOR La norma PREV-19-08 establece el procedimiento para la solicitud y ejecución de verificaciones. En el punto 5. del título "A. Pautas para la Gestión de las Verificaciones", la misma establece que "En todos los casos, el informe del verificador deberá ser descriptivo, incluyendo todo aquello que considere relevante destacar y que le brinde herramientas, al Área operativa o el Sector Jurídico que corresponda, para su evaluación al momento de la toma de decisiones." Al mismo tiempo, la norma PREV-19-06 establece cuáles son los formularios vigentes para la ejecución de cada tipo de verificación, describiendo el contenido de cada rubro, y el alcance de cada ítem.El Remuneraciones" está dividido en cuatro rubros, de acuerdo al documentación que releve el verificador en sede del empleador: "Acta de Verificaciones de Servicios, Carácter y tipo de formulario OP.3.3 Rubro I: Libro de Sueldos y Jornales. Rubro II: Legajo de Personal. Rubro III: Recibos de Sueldo. Rubro IV: Otra Documentación.Teniendo en cuenta que, de acuerdo a las normas que establecen las pautas de trabajo para la probatoria de servicios (Resolución D.E.-N N° 524/08 y demás normas vinculadas), deberá intervenir el área legal mediante un dictamen fundado, cuando deba evaluarse documentación que resulte prueba supletoria, resulta necesario determinar en qué casos la información referida a la documentación compulsada por el verificador debe ser necesariamente evaluada por el área legal.En relación al Libro de Sueldos y Jornales, el Artículo 52 de la Ley 20.744 establece la obligación para los empleadores de "llevar un libro especial, registrado y rubricado, en las mismas condiciones que se exigen para los libros principales de comercio, en el que se consignará: a) Individualización íntegra y actualizada del empleador. b) Nombre del trabajador. c) Estado civil. d) Fecha de ingreso y egreso. e) Remuneraciones asignadas y percibidas.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar f) Individualización de personas que generen derecho a la percepción de asignaciones familiares.g) Demás datos que permitan una exacta evaluación de las obligaciones a su h) Los que establezca la reglamentación.cargo.Se prohíbe: 1. Alterar los registros correspondientes a cada persona empleada. 2. Dejar blancos o espacios. 3. Hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas, las que deberán ser salvadas en el cuadro o espacio respectivo, con firma del trabajador a que se refiere el asiento y control de la autoridad administrativa.4. Tachar anotaciones, suprimir fojas o alterar su foliatura o registro. Tratándose de registro de hojas móviles, su habilitación se hará por la autoridad administrativa, debiendo estar precedido cada conjunto de hojas, por una constancia extendida por dicha autoridad, de la que resulte su número y fecha de habilitación." El Art. 53, establece que deberá "merituarse en función de las particulares circunstancias de cada caso los libros que carezcan de algunas de las formalidades prescriptas en el artículo 52 o que tengan algunos de los defectos allí consignados".Por lo tanto, en los casos en que el verificador indique que no se ha cumplido alguna de las formalidades previstas en el Artículo 52 de la Ley N° 20.744, deberá darse intervención al área legal a los fines de evaluar el resultado de la verificación.Del mismo modo, deberá considerarse como "prueba supletoria" y por lo tanto, se requerirá dictamen legal para su evaluación, cuando la fuente documental compulsada corresponda a "Otra Documentación." Cuando la documentación compulsada corresponda al "Legajo de Personal", se requerirá evaluación por el área legal en todos los casos en que el verificador informe faltante de datos personales del empleado verificado."Recibos de Sueldo" y/o los rubros Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Circular DP Nº 11/16 regula el procedimiento para la verificación en sede del empleador en el ámbito de la seguridad social, estableciendo que los informes de verificación deben ser descriptivos y completos, incluyendo toda información relevante para la evaluación jurídica. La normativa complementaria (PREV-19-08 y PREV-19-06) detalla los formularios y contenidos específicos para cada rubro de documentación, como Libro de Sueldos y Jornales, Legajo de Personal, Recibos de Sueldo y Otra Documentación. La intervención del área legal es obligatoria cuando la documentación presenta irregularidades formales o es considerada prueba supletoria, especialmente en los casos de documentación complementaria o con defectos en las formalidades del Libro de Sueldos y Jornales, conforme a la Ley 20.744 y sus reglamentaciones. La evaluación legal se requiere también cuando faltan datos personales en el Legajo de Personal o cuando la documentación no cumple con los requisitos formales establecidos, garantizando la validez y la integridad de la prueba en los procedimientos de fiscalización previsional.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo deben realizarse las verificaciones en los empleadores para asegurarse de que la información sobre los empleados y sus sueldos sea correcta y confiable. Los informes que hagan los verificadores deben ser claros y completos, incluyendo todo lo que sea importante para entender la situación. Además, hay diferentes tipos de documentos que se revisan, como los libros de sueldos, los legajos del personal, los recibos de sueldo y otros papeles. Cuando estos documentos tienen errores o faltan datos importantes, un área especializada en leyes debe revisarlos para decidir si la información es válida o si necesita una revisión adicional. Esto ayuda a que las decisiones sobre los beneficios sociales sean justas y basadas en información correcta, protegiendo los derechos de los trabajadores y asegurando que las empresas cumplan con sus obligaciones.
Autor: I.A.
Voces
- seguridad social
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