CIRCULAR DP N° 14/16
- Tipo
- Circular
- Número
- 14/16
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 21/03/2016
- Publicación en el BO
- 28/03/2016
- Nombre
- IMPUESTO A LAS GANANCIAS APLICACIÓN DE LAS PAUTAS ESTABLECIDAS POR EL DECRETO Nº 394/2016 Y RESOLUCIÓN GENERAL AFIP N° 3831
www.diarioprevisional.com.ar 2016 Buenos Aires, 21 de marzo de 2016 CIRCULAR DP N° 14/16 IMPUESTO A LAS GANANCIAS APLICACIÓN DE LAS PAUTAS ESTABLECIDAS POR EL DECRETO Nº 394/2016 Y RESOLUCIÓN GENERAL AFIP N° 3831 Mediante el Decreto Nº 394 de fecha 22 de febrero de 2016, se resolvió incrementar los montos de la ganancia no imponible, las cargas de familia y la deducción especial, previstas en los incisos a) b) y c), respectivamente, del Artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.Dicha modificación tendrá efecto a partir del 1º de enero de 2016 inclusive e involucra también la derogación del Decreto N° 1.24 2 del 27 de agosto de 2013.Por Resolución General AFIP Nº 3831, se pusieron a disposición las nuevas tablas de importes acumulados correspondientes a las deducciones a las que se refiere el aludido artículo 23.Además, se estableció que los agentes de retención, en los casos que por aplicación de los nuevos valores, deban proceder a la devolución de las retenciones practicadas en exceso, las mismas se realizaran junto a la primera liquidación posterior a la fecha de publicación de la Resolución.En los casos que por la derogación del Decreto Nº 1.242 surjan retenciones por los meses de enero, febrero y/o marzo, las mismas deberán efectuarse en cuotas mensuales, iguales y consecutivas hasta la finalización del presente periodo.Por lo expuesto, se pone en conocimiento de todas las Unidades de Atención Integral (UDAI) y de las demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) que, para dar cumplimiento a lo establecido por la normativa invocada, se realizaron las siguientes acciones: 1. Se generó la liquidación del Impuesto a las Ganancias con los nuevos valores de deducciones, determinando los distintos universos, a saber: 1.1. Casos a los cuales le surge una retención por el periodo enero/16 a marzo/16.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331- 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2016 a. Se le realizará un cargo en cuotas iguales y consecutivas por concepto 309314, desde el mensual de abril/16 a diciembre/16.b. En el mensual abril/16 además se le liquidará por concepto 309000, de corresponder, la retención mensual pertinente.1.2. Casos a los cuales le surge una devolución por el periodo enero/16 a abril/16.a. Se realizará la devolución correspondiente por concepto 709000, en el mensual abril/16.b. A partir del mensual mayo/16 se le retendrá por concepto 309000, de corresponder, el importe del Impuesto a las Ganancias calculado en base a los nuevos valores de las deducciones.1.3. Casos no incluidos en los universos de los puntos 1.1 y 1.2.a. Se le aplicarán en el mensual abril/16 los nuevos valores de las deducciones, pudiendo resultar que los titulares que: tenían retención de No continúen sin la misma.Impuesto a las Ganancias Tenían retención de Impuesto a las Ganancias, tengan una variación en el monto del concepto mensual de descuento del Impuesto (código 309000).(cid:1) (cid:1) Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331- 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa actualiza los montos de la ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial del Impuesto a las Ganancias, en cumplimiento del Decreto N° 394/2016, con efectos desde el 1º de enero de 2016. Además, deroga el Decreto N° 1242/2013 y establece procedimientos para la liquidación, devolución y retención del impuesto, ajustando las retenciones en función de los nuevos valores y estableciendo cuotas mensuales para saldar las retenciones en exceso. La resolución también detalla las acciones operativas para las Unidades de Atención Integral (UDAI) y áreas dependientes de la ANSES, incluyendo la generación de nuevas liquidaciones y la gestión de devoluciones y retenciones en los períodos afectados.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma básicamente dice que, a partir de enero de 2016, aumentaron los montos que se pueden ganar sin pagar impuestos, y también los beneficios familiares y deducciones que se pueden aplicar para pagar menos impuestos. Esto significa que si alguien ya pagó más de lo que correspondía antes de esa fecha, la AFIP devolverá ese dinero en la primera liquidación después de la actualización. Para quienes tuvieron retenciones en exceso, se establecerá un plan de pagos en cuotas iguales y consecutivas. Además, las instituciones encargadas de retener y pagar estos impuestos deben ajustar sus cálculos y procedimientos para reflejar estos cambios, asegurando que los contribuyentes paguen solo lo que realmente corresponde según los nuevos límites y deducciones.
Autor: I.A.
Voces
- impuestos
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