CIRCULAR DP Nº 18/15

Tipo
Circular
Número
18/15
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
25/02/2015
Publicación en el BO
28/02/2014
Nombre
ORDEN OPERATIVO DE TRABAJO DE LOS EXPEDIENTES DE SENTENCIAS JUDICIALES PREVISIONALES EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 52/14

"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" Buenos Aires, 25 de febrero de 2015 CIRCULAR DP Nº 18/15 ORDEN OPERATIVO DE TRABAJO DE LOS EXPEDIENTES DE SENTENCIAS JUDICIALES PREVISIONALES EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 52/14 La presente se emite, en el marco de la Ley 24.463 y la Resolución SSS Nº 56/97 y 35/2000 y con el objeto de detallar el procedimiento que se realizara mensualmente para establecer el "Orden Operativo de Trabajo" de los expedientes de sentencias judiciales previsionales y el circuito a realizar por la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales para la liquidación de los casos alcanzados en dicho Orden.o Características del Listado Orden Operativo de Liquidación Mensualmente la Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica generará un archivo a partir del Sistema ANME de los expedientes de cumplimiento de Sentencia Judicial que registran tipo de Tramite 093, 094, 095, 097, 150, 151, 152, 154, 156, 401, 402, 403, 405, 406, 410, 411, 412, 413, 414, 416, 417, 422, 423, 424 y 425 que se encuentran radicados en los códigos de oficina correspondientes a la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales y los clasificará teniendo en cuenta las siguientes características: Rango de Edad. Rango de Haberes. Antigüedad. Rango de Haberes Se deberán determinar 4 rangos de haber, los cuales se detallan a continuación con su respectivo orden de prioridad: 1. 2. 3. 4.Haber Menor o Igual a $ 6.225,43. Haber Mayor a $ 6.225,43 y menor o Igual a $ 12.451,00. Haber Mayor a $ 12.451,00 y menor o Igual al $ 27.998,69. Haber Mayor a $ 27.998,69.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos Sentencias Judiciales y Bonos eeruiz@anses.gob.ar / 19387 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 5.6. 7. 8.Beneficiarios fallecidos con sucesión, que no registren pensión otorgada por ese causante. Sin Pensión - Sin Sucesión. Observados. Primeros Pagos. Rango de Edad Sobre cada rango de haber se determinaran 5 rangos de edad que se detallan a continuación con su respectivo orden por prioridad: 1. 2. 3. 4. 5.Mayor o igual a 90 años. Mayor o Igual a 85 y menor o igual a 89 años. Mayor o Igual a 80 y menor o igual a 84 años. Menor a 80 años. Sin edad declarada por fecha de nacimiento nula o pivote. Antigüedad Sobre cada rango de haber y de edad se determinarán los DIAS de antigüedad del expediente de cumplimiento en base al siguiente cálculo: Fecha Proceso del Listado - Fecha Inicio Expediente de Cumplimiento en el Sistema ANME.o Criterio de Ordenamiento Dado los rangos mencionados y los días de antigüedad, el listado deberá ser ordenado cumpliendo las siguientes pautas: a) En primer término por Rango de Haber en forma creciente. b) Dentro de cada uno de los rangos expresados en el punto a) se procede a ordenar en segundo orden por Rango de Edad en forma decreciente.c) Dentro de cada uno de los rangos expresados en el punto a) y b) se procede a ordenar en tercer orden por antigüedad en forma decreciente.o Información del Archivo denominado "Habilitación" La información recibida por la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales y Planeamiento en el archivo denominado "Habilitación" deberá cumplir el siguiente formato: (cid:1) Expediente. (cid:1) Apellido y Nombre. (cid:1) Fecha de Inicio. (cid:1) Fecha de Alta.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos Sentencias Judiciales y Bonos eeruiz@anses.gob.ar / 19387 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" (cid:1) Estado. (cid:1) Fecha de Estado. (cid:1) Beneficio. (cid:1) Ultima Oficina. (cid:1) Marca Art. 56 (Valor default = No). (cid:1) Marca de Ley Aplicada. (cid:1) Marca de puesta al pago por sentencia judicial. (cid:1) Edad del titular vigente.Criterio de Selección La Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales deberá trabajar la producción comprometida mensualmente en el POA 2012 de acuerdo con los porcentajes que se detallan a continuación: Rango de Haberes Porcentaje 45% 30% 15% 5% 5% 1 2 3 4 5 o Excepciones al orden operativo de trabajo Deberá darse trámite preferente para su liquidación a los siguientes casos: 1) Los encuadrados en la Resolución SSS Nº 56/97 y sus modificatorias, Resolución SSS Nº 78/97 y Resolución SSS Nº 35/00.2) Aquellos expedientes de cumplimiento que registren un traslado de liquidación sin estado terminal.3) Los otorgamientos, rehabilitaciones y activaciones ordenados por sentencia judicial ("primeros pagos") que se dicten en cualquier tipo de juicio en materia previsional.4) También se tendrá presente para la mencionada excepción, los casos en donde el Juez interviniente hubiera declarado expresamente su exclusión del orden de trámite o descalifique su aplicación.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos Sentencias Judiciales y Bonos eeruiz@anses.gob.ar / 19387 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" o Otras Consideraciones Deberá dejarse constancia en el expediente y en las aplicaciones destinadas a tal fin los motivos por los cuales un expediente no pudo ser trabajado en el orden operativo de trabajo correspondiente debiendo continuar con el siguiente hasta alcanzar el porcentaje establecido en el rango al que pertenece o rango siguiente si este se hubiera agotado.Cuando fundadas razones justifiquen liquidar un expediente que no se encuentre dentro del cupo registrado para ese mes o que no se encuentre dentro del archivo "Habilitación", deberá constar en el mismo en forma previa a su liquidación, la autorización de la Dirección General en donde se expongan las razones que motivan su inclusión en el orden operativo de trabajo.Solo deberán cargarse en el sistema LMN aquellos expedientes que no puedan ser liquidados por el sistema SICASENT conforme la normativa vigente.Detalle de Tareas o Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica Remite vía SITACI, luego de la fecha de cierre de proceso el listado de Orden Operativo de Trabajo a la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales - Dirección Gestión de Sentencias Judiciales.o Dirección Gestión de Sentencias Judiciales  Recibe archivo SITACI de la Dirección de Sistemas.  Procede a la búsqueda de los expedientes físicos involucrados.  Asigna diariamente los expedientes incluidos en el orden operativo remitido por la DGIIT a las Coordinaciones de Cómputo y Liquidación dependientes de la Dirección Resolución de Sentencias Judiciales. Administra el orden operativo de trabajo y completa la cantidad de expedientes en función de la producción comprometida mensualmente.o Dirección Resolución de Sentencias Judiciales  Recibe los expedientes anteriormente mencionados asignados por la Dirección Gestión de Sentencias Judiciales. Procede a la liquidación de los casos mencionados en el punto anterior.  Remite a la DGSJ los expedientes liquidados y los no liquidados, en ambos casos con la documentación que justifique su intervención.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales Coordinación Emisión de Normas y Requerimientos Sentencias Judiciales y Bonos eeruiz@anses.gob.ar / 19387 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Circular DP Nº 18/15 establece el procedimiento operativo mensual para la gestión y liquidación de expedientes de sentencias judiciales previsionales en la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales, en reemplazo de la Circular DP Nº 52/14. Se detalla la generación y clasificación de listados mediante el sistema ANME, considerando rangos de haberes, edad y antigüedad, con criterios de ordenamiento específicos. Se prioriza la atención a casos excepcionales, como sentencias con traslado sin estado terminal y primeros pagos, garantizando la trazabilidad y justificación en la tramitación. Además, se describen las funciones de las áreas involucradas, incluyendo la generación de listados, asignación, liquidación y remisión de expedientes, con énfasis en el cumplimiento de porcentajes de producción definidos en el POA 2012 y en la documentación justificatoria para excepciones y liquidaciones fuera del cupo mensual.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica cómo la Administración de la Seguridad Social organiza y realiza cada mes el trabajo para resolver las sentencias judiciales que afectan a los beneficiarios. Es como un plan de trabajo que divide los expedientes según cuánto cobran, cuántos años tienen y cuánto tiempo llevan en trámite, para asegurarse de que se atiendan en orden y de manera eficiente. También establece excepciones para casos especiales, como sentencias que necesitan atención prioritaria. Las diferentes áreas coordinan para buscar, clasificar, liquidar y registrar estos casos, asegurando que todo esté justificado y documentado, y que se cumplan las metas de producción establecidas por la ley y los planes de la institución. Es como una hoja de ruta para que todo el proceso sea ordenado, transparente y eficiente, garantizando que los beneficiarios reciban sus pagos en tiempo y forma.

Autor: I.A.

Voces

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