CIRCULAR DP Nº 23/15

Tipo
Circular
Número
23/15
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
27/03/2015
Publicación en el BO
04/04/2015
Nombre
RÉGIMEN JUBILATORIO PARA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL LEY Nº 24.018 REGULARIZACIÓN DE APORTES PREVISIONALES - MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA

"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Buenos Aires, 27 de marzo de 2015 CIRCULAR DP Nº 23/15 RÉGIMEN JUBILATORIO PARA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL LEY Nº 24.018 REGULARIZACIÓN DE APORTES PREVISIONALES - MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA La Ley Nº 24.018 establece un Régimen Especial para magistrados y funcionarios del PODER JUDICIAL DE LA NACION, el cual ha sido impactado por el dictado de diversas normas - Ley Nº 24.241, Decreto Nº 78/94, Ley Nº 25.668, Decreto 2322/02, Decreto Nº 788/05 - en orden a su vigencia y en virtud de la cual se dictó Resolución Nº 135/07 de la Secretaría de Seguridad Social.El procedimiento de Iniciación, Resolución y Liquidación de Beneficios encuadrados en el Decreto Nº 109/76, se halla normado en la PREV-11-46.Para aquellos casos que su empleador al cese sea el Ministerio Público de la Defensa - Defensoría General de la Nación y oportunamente hubiesen optado por el régimen de capitalización que estatuye la Ley Nº 24.241, acreditando deudas con el sistema, entendiendo por tales la diferencia del aporte de ley general (Ley Nº 24.241) y/o el aporte adicional de la ley especial, se estableció el acta acuerdo 009/15 entre el Ministerio Público de la Defensa - Defensoría General de la Nación, la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Administración Nacional de la Seguridad Social, con el objeto de fijar los procedimientos de cálculo, forma y plazos para regularizar funcionarios involucrados.I.- Consideraciones Generales.Los funcionarios deben manifestar su acogimiento al plan de regularización de saldos adeudados por aportes personales, a los fines de la obtención del beneficio jubilatorio previsto por el presente régimen.El Ministerio Público de la Defensa informará a la AFIP la nómina de los funcionarios que adhirieron al Acta Acuerdo, a fin de que esta última determine el importe de las diferencias por aporte que pudiera corresponder a cada uno de los titulares que adhirieron al plan de regularización e informe a ANSES la nómina de aquellos que cancelaron las deudas emergentes.las diferencias de aportes personales de los Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección de Detección Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 El Ministerio Público de la Defensa, en oportunidad del inicio de los trámites jubilatorios por parte de los funcionarios, deberá extender una certificación que acredite la adhesión al Acta Acuerdo y su estado de cumplimiento, a fin de ser presentada en ANSES por el interesado.II.- Detalle de Tareas.Unidad de Atención a Empresas y Entidades Intermedias - Unidad de Atención Integral (UDAI) Deberán estarse al procedimiento normado por la PREV-11-46, teniendo en cuenta las siguientes particularidades: Verificar que se presente al inicio, certificación que acredite la adhesión al Acta Acuerdo y su estado de cumplimiento. Verificar que el solicitante se encuentre en el listado publicado en intranet en la solapa "SERVICIOS\Listados e información, bajo el título "Ley 24.018" Regularización de aportes - MPD.o De existir, se deberá comprobar que los periodos e importes allí informados, se encuentren plasmados en la información del SIPA bajo el código de transferencia "321", como se muestra a continuación: Se deberá tener en cuenta que el periodo regularizado se encontrará asociado al CUIT para el cual se encontraba prestando servicios en el periodo devengado, independientemente que la regularización la haya realizado el Organismo en el que actualmente presta servicios. De encontrase en SIPA la totalidad de los periodos intranet, con su la informados en el archivo de correspondiente resolución del trámite.transferencia, se continuará con Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección de Detección Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015  De haber diferencias de periodos o importes, se deberá enviar la consulta sobre el particular a la Dirección Prestaciones Activas.o De no existir el caso en el archivo de intranet, deberá quedar en espera que la AFIP informe la regularización del caso y se actualice el archivo residente en intranet.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Dirección de Detección Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece un régimen especial de regularización de aportes previsionales para magistrados y funcionarios del Poder Judicial, específicamente en el marco del artículo 24.018 de la Ley N° 24.018, con el fin de facilitar la acreditación de aportes adeudados y garantizar el acceso a beneficios jubilatorios. Se contempla un proceso de adhesión voluntaria mediante un acta acuerdo, en el que los beneficiarios deben manifestar su interés y presentar certificaciones que acrediten su cumplimiento. La resolución también regula los procedimientos administrativos para verificar, calcular y regularizar las diferencias de aportes mediante la coordinación entre la AFIP, la ANSES y el Ministerio Público de la Defensa, asegurando la correcta integración de los períodos y montos en el sistema SIPA y estableciendo mecanismos de comunicación y control para la tramitación de las solicitudes de jubilación.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este reglamento busca ayudar a los jueces y funcionarios del Poder Judicial que tienen deudas en sus aportes previsionales a ponerse al día. Es como si alguien tuviera una factura pendiente por sus aportes a la jubilación y decide pagarla en cuotas o en un plazo determinado. Para hacerlo, deben decirle a la Administración que aceptan este plan, y luego las instituciones (como la AFIP y la ANSES) verifican cuánto deben y si los períodos de trabajo y aportes están correctamente registrados. Una vez que todo está en orden, podrán acceder a su jubilación sin problemas. Es una forma de facilitar que los empleados judiciales puedan regularizar su situación y obtener sus beneficios previsionales sin obstáculos, siempre que cumplan con los pasos y presenten la documentación requerida.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • previsión

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