CIRCULAR DP Nº 32/14
- Tipo
- Circular
- Número
- 32/14
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 27/05/2014
- Publicación en el BO
- 02/06/2014
- Nombre
- RECOMPOSICION SALARIAL DOCENTE RESOLUCIONES SSS Nº 14/09 Y Nº 29/09 TITULARES PROVENIENTES DE CAJAS O INSTITUTOS PROVINCIALES O MUNICIPALES TRANSFERIDOS AL SIPA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 22/14
"2014? Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 27 de mayo de 2014 CIRCULAR DP Nº 32/14 RECOMPOSICION SALARIAL DOCENTE RESENTE RESOLUCIONES SSS Nº 14/09 Y Nº 29/09 TITULARES PROVENIENTES DE CAJAS O INSTITUTOS PROVINCIALES O MUNICIPALES TRANSFERIDOS AL SIPA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 22/14 Se trata en el conocimiento de todas las áreas operativas. Establecido en la Resolución SSS 14/09, mediante las pautas proporcionadas en la Circular GP Nº 21/09 y complementarias,en los estados de los Estados Unidos y los Estados Provinciales.El art. 1º de la Res. SSS Nº 98/06 al modificar el art. 2º de su similar. Nº 33/05. "Que los documentos de las jurisdicciones provinciales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires". Los Convenios de Transferencia celebrados en el marco de la Ley Nº 24.307, serán acreedores al Suplemento "Régimen Especial para Docentes", creado por el Decreto Nº 137/05 si cumple con los requisitos de edad y servicios adecuados en la norma orgánica del régimen que otorgó el beneficio ".Cuando se trata de prestaciones no identificadas en RUB con la marca Docente que se titula se presenta una solicitud la aplicación del Decreto Nº 137/05 y la correspondiente recomendación salarial instituida por la Resolución SSS 14/09, una vez acreditado el derecho al reajuste solicitado, se aplicarán las pautas aquí detalladas.La base de este universo se basa en los cargos de docentes y ordinarios. Ante esta situación, el Coeficiente de Variación Docente Salarial (CVSD) debe realizar en el porcentaje de participación de los cargos de docentes padres, sobre el total del importe jubilatorio original. Si usted está en el lugar, se han encontrado correctamente en la base de los cargos docentes (Docente Puro), se ha encontrado en las pautas establecidas en la Circular GP Nº 21/09. Cuando se tiene un certificado de jubilación no se encuentra en la resolución SSS 14/09 (Dictamen GAJ Nº 42.558).www.diarioprevisional.com.ar "" 2014? Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social La fecha inicial de pago, será la fecha de solicitud de reajuste.Ejemplo de aplicación para el caso en el que había sido inicial mar mezclado: Alta de Beneficio original: marzo / 91 Primer haber en HI00 (alta ANSES): junio / 97 Haber: 001.000 $ 2590,00 Composición haber inicial: Haber total inicial: $ 650,00 Cargo Docente: Cargo No Docente: Total: $ 455,00 $ 195,00 $ 650,00 Para calcular la cantidad total de datos que se ha calculado: $ 455,00 / $ 650,00 * 100 = 70 % Por lo tanto, el CVSD se debe aplicar sobre el 70% del precio en el HI00: $ 2590,00 * 0,70 = $ 1813,00 = Proporción del dinero de alta a 07/1997, al que debe corresponder El CVSD. Por lo tanto, al aplicar el CVSD, se obtiene el documento docente recompuesto a 03/2009: Proporción docente a 07/1997 * CVSD a 07/1997 = Proporción de Haber docente recompensado a 03/2009.$ 1813,00 * 3,8574 = $ 6993,47 Haber percibido a 03/2009 $ 4712,17 * 0,70 = $ 3298,52 = Proporción de haber Proporción del haber docente recompensa a 03/2009 _ Proporción del haber docente Percibido a 03/2009 Docente a 03/2009. $ 6993,47? $ 3298,52 = $ 3694,95 = Suplemento docente a 03/2009. Por lo que se refiere a la fecha de envío: 03/2009 quedaría de la siguiente manera: Haber mensual $ 4712,17 + Suplemento docente $ 3694,95 = 8407,12 = Haber total a 03/2009.www.diarioprevisional.com.ar "" 2014? Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Luego se debe aplicar la movilidad del régimen docente hasta la FIP del reajuste, momento a partir del cual se ajusta las diferencias mes un mes con el Haber percibido, Hasta el mensual anterior al alta del Cambio de Haber. en todos los Casos en que el Haber recompuesto a la Fecha Inicial de Pago bénéficie RESPECTO al haber que Viene percibiendo, se debera Modificar la Ley Aplicada por " DM "(Docentes Transferidos - Haberes Mixtos), la marca de tope por" E "No hay que tener ningún tipo de modificación, sino también con los parámetros de liquidez que tiene la información sobre la Prestación. www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece el procedimiento para la recomposición salarial de docentes transferidos desde jurisdicciones provinciales o municipales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en el marco de las resoluciones SSS Nº 14/09 y Nº 29/09. Se regula la aplicación del coeficiente de variación salarial docente (CVSD) para ajustar los haberes, considerando la participación de cargos docentes en el haber total, y la actualización de los mismos mediante movilidad hasta la fecha de reajuste. Además, especifica la utilización del Decreto Nº 137/05 para prestaciones no identificadas en rubros docentes, y la modificación de la ley aplicable a los beneficiarios en función del régimen de transferencia y los parámetros de liquidez del sistema previsional.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento explica cómo se ajustan los haberes de los docentes que fueron transferidos a la jubilación desde provincias o municipios. Cuando un docente se jubila, se calcula cuánto debería cobrar en base a su cargo y antigüedad, y luego se ajusta ese monto usando un coeficiente llamado CVSD, que refleja la variación salarial del sector. Es como si tomáramos el sueldo original y lo actualizáramos según la inflación o los aumentos en los salarios docentes. Además, si el beneficio no está claramente identificado en los registros, se aplica un decreto especial para calcular el reajuste. Todo esto busca que los jubilados docentes mantengan un poder adquisitivo similar al que tenían en activo, ajustando sus haberes de forma técnica y sistemática.
Autor: I.A.
Voces
- previsión
- seguridad social
- beneficios
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