CIRCULAR DP Nº 40/14
- Tipo
- Circular
- Número
- 40/14
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 19/06/2014
- Publicación en el BO
- 23/06/2014
- Nombre
- ALTA DE EXPEDIENTE DE CUMPLIMIENTO ACORDE A LA REAL ETAPA PROCESAL REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 26/14
"2014 - "Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 19 de junio de 2014 CIRCULAR DP Nº 40/14 ALTA DE EXPEDIENTE DE CUMPLIMIENTO ACORDE A LA REAL ETAPA PROCESAL REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 26/14 La presente circular establece la siguiente operatoria en los casos que existiendo un expediente de cumplimiento de sentencia judicial (en adelante EC) ya ingresado a SICASENT por Oper 1 y Oper 2 (instancia de evaluación) sea necesario dar de alta uno nuevo que se ajuste a la real etapa procesal judicial e ingresarlo a SICASENT en las mismas condiciones que el que será cerrado en estado 31 (en adelante ST 31). Esta operatoria abarcará sólo a las Aéreas Operativas dependientes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales con la finalidad de no ejecutar procesos de excepción para actualizar los registros en el aplicativo SICASENT.PASOS: El Operador deberá ante la existencia de un Expediente de Cumplimiento de Reajustes en estado sin finalizar (o sea, distinto a 04/05/40/41/61/09), pasarlo por ANME al estado en 31 - (Reaj. Transformado en ejecución). Aclaración: En caso de encontrarse el expediente en estado 43 se deberá enviar solicitud por Correo Electrónico a la casilla "Consultas ANME" quienes cambiaran el expediente a estado 93 ? "Estado Anterior Erroneo" a fin de poder proceder con lo mencionado en el punto anterior. Diariamente la Dirección de Sistemas realizara un proceso con el cual se elimina la carga del Oper 1 y Oper 2 en los EC impactados con el ST 31 (Reaj. Transformado en ejecución). En caso de tener que dar de alta el nuevo EC de ejecución el Area que corresponda deberá hacerlo a través del sistema GCAU tal como lo indica la normativa vigente para expedientes de cumplimiento. Así generado el nuevo expediente de cumplimiento las Coordinaciones de la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales habilitadas sistémicamente a tales efectos, podrán aplicar Oper 1 y 2 en el sistema SICASENT al nuevo EC.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular establece un procedimiento para la correcta actualización y alta de expedientes de cumplimiento de sentencias judiciales en el sistema SICASENT, asegurando la coherencia con la etapa procesal real y evitando procesos excepcionales. La operatoria se limita a las áreas de Asuntos Jurídicos y Análisis y Liquidación de Sentencias, y detalla pasos específicos para modificar estados de expedientes, incluyendo la utilización del sistema GCAU y la comunicación vía correo electrónico en casos de errores en los estados. La normativa busca mantener la integridad y precisión en los registros de cumplimiento judicial, facilitando la gestión administrativa y la trazabilidad de los procesos judiciales en materia de seguridad social.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo deben actualizarse los expedientes de cumplimiento de sentencias en el sistema SICASENT para reflejar con precisión en qué etapa del proceso judicial se encuentran. Si un expediente está en una etapa diferente a la que corresponde, los operadores deben ajustarlo siguiendo pasos específicos, como cambiar su estado a 'Reajuste transformado en ejecución'. Esto evita errores y mantiene todo ordenado, como si en una oficina se actualizara el estado de un trámite para que todos sepan en qué punto está. Además, si hay errores en el estado del expediente, se puede solicitar su corrección vía email. La idea es que toda la información sea clara y esté actualizada, facilitando la gestión y el control de los procesos judiciales relacionados con la seguridad social, sin crear procedimientos complejos o excepcionales que puedan generar confusiones o retrasos.
Autor: I.A.
Voces
- seguridad social
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)