CIRCULAR DP N° 40/15

Tipo
Circular
Número
40/15
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
28/07/2015
Publicación en el BO
02/08/2015
Nombre
SISTEMAS PREVISIONALES PROVINCIALES TRANSFERIDOS A LA NACIÓN - INDICES DE VARIACIÓN SALARIAL PARA LA LIQUIDACIÓN DE LAS SENTENCIAS JUDICIALES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 39/15

"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Buenos Aires, 28 de julio de 2015 CIRCULAR DP N° 40/15 SISTEMAS PREVISIONALES PROVINCIALES TRANSFERIDOS A LA NACIÓN - INDICES DE VARIACIÓN SALARIAL PARA LA LIQUIDACIÓN DE LAS SENTENCIAS JUDICIALES REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 39/15 Ante la necesidad de contar con la información de los incrementos en los salarios en actividad correspondientes a los cargos de los trabajadores de la Administración Pública y Poder Judicial de las provincias transferidas y con el objeto de poder liquidar las Sentencias Judiciales por reajuste de haberes previsionales que por su cálculo así lo requieren, se establece el siguiente procedimiento: Dirección General Prestaciones Centralizadas - Asuntos Interjurisdiccionales. Envía nota formal a los gobiernos provinciales, solicitándoles el envío de copias certificadas o información de todos los decretos o leyes o acordadas emitidos en la órbita local que instrumentaron los incrementos salariales en la Administración Pública y en el Poder Judicial provincial por el período que abarca desde la fecha de transferencia del sistema a la Nación, hasta la actualidad. Una vez remitida la documentación por parte de las provincias caratulará, por cada una de ellas, un expediente TTr. 536 (VERIF.REMUN.CARACTER Y SERV.CAJAS PROV.), agregando toda la información recepcionada. Efectúa el análisis de la información recibida y, en función de la misma, confecciona un informe técnico con la descripción de los índices de variación salarial de los empleados activos de la Administración Pública y el Poder Judicial provincial desde la fecha de transferencia del Sistema Previsional a la Nación, hasta la fecha de publicación de la presente circular. Remite el expediente a la Dirección General de Control Prestacional - Dirección Verificaciones.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 A partir del armado del expediente principal, cada vez que se dicte una nueva movilidad se deberá confeccionar un nuevo expediente que será una nueva secuencia del principal y deberá ser remitido a la Dirección General de Control Prestacional.Dirección General de Control Prestacional - Dirección Verificaciones Recepciona el expediente remitido por la Dirección de Asuntos Interjurisdiccionales. Realiza una verificación técnica de la documentación, controla y valida el informe con los índices de variación salarial. Digitaliza el expediente y lo publica en la Digiweb, para que se encuentre disponible para la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales y la Dirección General Diseño de Normas y Procesos.Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales - Dirección Resolución de Sentencias Judiciales Con la información contenida en el expediente, practica la liquidación de las Sentencias Judiciales por reajuste de haberes previsionales en forma manual, hasta tanto se realicen las modificaciones en el sistema de liquidación público de reajustes previsionales por sentencia judicial (SICASENT).Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece un procedimiento sistemático para recopilar, verificar y analizar los índices de variación salarial en la Administración Pública y Poder Judicial de las provincias transferidas a la Nación, con el fin de liquidar judicialmente los reajustes de haberes previsionales. Se requiere la remisión de documentación oficial por parte de las provincias, la elaboración de informes técnicos y la validación de los índices salariales, que serán utilizados para la liquidación de sentencias judiciales relacionadas con reajustes previsionales, en un proceso que involucra diversas áreas de la ANSES y la digitalización de la información para su disponibilidad pública y futura utilización en liquidaciones manuales hasta la implementación del sistema SICASENT.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma indica cómo la ANSES recopila y verifica la información sobre los aumentos salariales en las provincias transferidas para poder ajustar correctamente los haberes de quienes ganaron juicios por aumentos pendientes. Básicamente, las provincias deben enviar documentos oficiales que muestren cuánto aumentaron los salarios desde que el sistema fue transferido a la Nación. Luego, la ANSES analiza estos datos, genera informes y realiza los cálculos necesarios para pagar a los jubilados o pensionados afectados. Hasta que el sistema automatizado (SICASENT) esté listo, estos ajustes se hacen manualmente, pero en el futuro, todo será más rápido y digital. Es como si cada provincia entregara un recibo de aumentos, y la ANSES revisa y calcula cuánto le corresponde a cada beneficiario, asegurando que reciban lo que por ley les corresponde tras las sentencias judiciales.

Autor: I.A.

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