CIRCULAR DP Nº 50/15

Tipo
Circular
Número
50/15
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
13/08/2015
Publicación en el BO
19/08/2015
Nombre
MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL SEPTIEMBRE/2015

"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Buenos Aires, 13 de agosto de 2015 CIRCULAR DP Nº 50/15 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES SEPTIEMBRE MENSUAL / 2015 Se trata del conocimiento de las áreas operativas de la Organización. Aplicación para la movilidad docente a partir del mensual Septiembre / 2015, la cual representa un incremento del 8,86%. Dicha movilidad se aplica a todos los beneficios docentes, cuya Ley se aplica a la información correspondiente, y / o el contenido en la liquidación del mensual 09/2015 un concepto 006-022 ó 006-025 ó 006-030.Este aumento debe reflejarse exclusivamente con el código 006-025, con lo que se conoce en los casos en que la liquidez contenga en el concepto 006-022, y este es el deber y el monto debe impactar con el concepto 006-025 , dando de baja el 006-022. Para los beneficios que no están incluidos en su liquidación ni el concepto 006-022, ni el 006-025, este aumento debe reflejarse en el concepto 006-030, creado para identificar los beneficios docentes que la alta el 82% del sueldo en actividad al cese no benefició.En los casos de beneficios con PBU? PC? PAP el aumento debe darse sobre los tres (3) conceptos, o aquellos que existen, con la salvedad que el monto de la PBU (001-001) un impacto en la liquidación, debe ser El resultado de la aplicación de la movilidad de la Ley General y la diferencia de la aplicación de la movilidad docente debe deducirse, según corresponda, del concepto 006-025 ó 006-030. Si aún persiste un importe a descontar se debe restablecer el importe de 001-003 y / o 001-002 (en ese orden) aumentado. En el caso de las pensiones se multiplica por el porcentaje de beneficio.Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultasPrevisonal@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "Año del Bicentenario del Año de los Pueblos Libres "2015 Ejemplo 1: Beneficios sin 006-022 ni 006-025. Liquidación mensual 08/2015: 001-XXX Total $ 2.000,00 $ 2.000,00 Liquidación mensual 09/2015: Debe reflejarse en el 006-030 el 8,86% del importe del concepto 001-XXX, correspondiente a 08/2015: 001-XXX $ 2.000,00 006-030 $ 177,20 Total $ 2.177,20 Ejemplo 2: Beneficios con un único haber con 006-025 a 08 / 2015.Liquidación mensual 08/2015: 001-XXX $ 2.521,03 006-025 $ 1.500,62 Total $ 4,021,65 Liquidación mensual 09/2015: 001-XXX (08/15) + 8,86% 006-025 (08 / 15) + 8,86% Total $ 2.744,39 $ 1.633,57 $ 4.377,96 Ejemplo 3: Beneficios con un único haber con 006-022 a 08/2015. Liquidación mensual 08/2015: 001-XXX $ 2.521,03 006-022 $ 1.500,62 Total $ 4,021,65 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultasPrevisonal@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Liquidación mensual 09/2015: 001-XXX (08/15) + 8,86% 006 -025 = 006-022 (08/15) + 8,86% Total $ 2.744,39 $ 1.633,57 $ 4.377,96 Ejemplo 4: ¿Beneficios con PBU? PC? PAP con 006-025 a 08/2015.Liquidación mensual 08/2015: 001-001 001-002 001-003 006-025 Total $ 1.805,53 $ 1.500,00 $ 700,00 $ 261,20 $ 4.266,73 Liquidación mensual 09/2015: 001-001 + z * $ 1.805,53 + z 001-002 (08/15) + 8,86% 001-003 08/15) + 8,86% 006-025 (08/15) + 8,86% - y $ 1,632, 90 $ 762,02 $ 284,34 - y ¿Total $ 4.484,79 + z? y * Se aplica el aumento de Ley General = "z". PBU docente = $ 1.805,53 * 1,0886 = $ 1.965,50 Luego: ($ 1.805,53 + z)? $ 1.965,50 = y 006-025 * 1,0886 - y = 006-025 correspondiente a septiembre / 2015.Siendo que el aumento para Ley General es de 12,49%, se tiene: PBU (09/2015) = $ 1.805,53 * 1,1249 = $ 2.031,04 Por: Área destinataria: Área emisora: Contacto: y = $ 2.031,04 - $ 1,965,50 = $ 65,54 UDAI y Áreas Operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultasPrevisonal@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "" Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres "2015 luego la liquidación del mensual 09/2015 resultados: 001-001 (08/15) 001-002 (08/15) 001-003 (08/15) + 12,49% + 8,86% + 8,86% 006-025 (08/15) + 8,86% - $ 65,54 Total $ 218,80 $ 4.644,76 $ 762,02 $ 1.632,90 $ 2.031,04 Es Los casos en los que no importa 006-025 no alcanzan para absorber la totalidad del importe "y", se debe restar tal sobrante,del importe del 001-003 y / o 001-002 (en ese orden) aumentado.Ejemplo 5: Beneficios con PBU? PC? PAP (ex-capitalización). Liquidación mensual 08/2015: 001-001 001-002 001-003 003-900 006-025 Total $ 1.805,53 $ 3.918,00 $ 522,40 $ 500,00 $ 750,00 $ 7.495,93 Liquidación mensual 09 / 2015: 001-001 + z * $ 1.805,53 + z 001-002 (08/15) + 8,86% 001-003 (08/15) + 8,86% 003-900 (08/15) + 8 , 86% 006-025 (08/15) + 8,86% - y $ 4.265,13 $ 568,68 $ 544,30 $ 816,45? y Total $ 8.000,09 + z? y * Se aplica el aumento de Ley General = "z". PBU docente = $ 1.805,53 * 1,0886 = $ 1.965,50 Luego: ($ 1.805,53 + z)? $ 1.965,50 = y 006-025 * 1,0886% - y = 006-025 correspondiente a septiembre / 2015. Téngase presente que en los beneficios de la ex-capitalización deben considerar los / los conceptos 003-XXX-.Con igual criterio que en el caso anterior, se tiene: PBU (09/2015) = $ 1.805,53 * 1,1249 = $ 2.031,04 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Emisión de Requerimientos Previsionales Previas ConsultasPrevisonal @ anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "Por cuanto:" Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres "2015 y = $ 2.031,04? $ 1,965, 50 = $ 65,54 Luego la liquidación del mensual 09/2015 resultados: 001-001 + 12,49% 001-002 (08/15) + 8,86% 001-003 (08/15) + 8,86% 003-900 (08/15) + 8,86% 006-025 (08/15) + 8,86% - 65,54 $ 2.031,04 $ 4.265,13 $ 568,68 $ 544,30 $ 750,91 Total $ 8.160 , 0 6 En los casos en que el importe del 006-025 no se alcanza para absorber la totalidad del importe "y", se debe restar tal sobrante,del importe del 001-003 y / o 001-002 (en ese orden) aumentado.Ejemplo 6: Beneficios con PBU? PC? PAP sin 006-022 ni 006-025. Liquidación mensual 08/2015: 001-001 001-002 001-003 Total $ 1.805,53 $ 1.500,00 $ 710,65 $ 4.016,18 Liquidación mensual 09/2015: Debe reflejarse en el 006-030 la diferencia entre los 001 -XXX del mensual agosto / 15 y los 001-XXX con la aplicación del 8,86%. Si la diferencia es negativa no se genera 006-030 y si aún continúa persistiendo un saldo a descontar, se debe restablecer tal sobrante, del importe del 001-003 y / o 001-002 (en ese orden) aumentado. 001-001 + z * $ 1.805,53 + z 001-002 (08/15) 001-003 (08/15) 006-030 Total $ 1.500,00 $ 710,65 ** $ 195,86 - y $ 4.212 , 04 + z? y * Se aplica el aumento de Ley General = "z".PBU docente = $ 1.805,53 * 1,0886 = $ 1.965,50 Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultasPrevisonal@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "" Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres "2015 Luego: ($ 1.805,53 + z)? $ 1.965,50 = y ** Refleja el 8,86% sobre PC y PAP .Con igual criterio que en el caso anterior, se tiene: PBU (09/2015) = $ 1.805,53 * 1,1249 = $ 2.031,04 Por cuanto: y = $ 2.031,04? $ 1.965,50 = $ 65,54 Luego la liquidación del mensual 09/2015 resulta: 001-001 $ 2.031,04 001-002 $ 1.500,00 001-003 $ 710,65 006-030 $ 130,32 Total $ 4.372 , 01 Aquellas pensiones liquidadas, cuyos copartícipes superan el 100% del porcentaje de beneficio que se incluye en la TABLA DE NO CALCULAR, un fin de no aplicar un aumento indebido. Las pautas establecidas en el presente requerimiento deben ser consideradas para las liquidaciones practicadas por PRPA.Beneficios Excluidos: 1. Ex Cajas: 40; 41; 42; 43; 45; 48; 61; 70; 71; 74 y 75. 2. Retiros de Policía marca R o S. 3. Los beneficios puros de la Capitalización quedan excluidos. 4. Se incluyen todos los conceptos informados por las Compañías de Seguro de Retiros y los conceptos de pago de ART (códigos 003-981, 003- 982 y 003-985). 5. Todos los conceptos de alquileres vitales, informados por las compañías de seguros quedan excluidos. 6. Los conceptos de Rentas Vitalicias Garantizadas 006-900, 006-934 y 006- 935. Área destinataria: Área emisora: Contacto: UDAI y Áreas Operativas Emisión de Requerimientos Previsionales ConsultasPrevisonal@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La circular establece la aplicación de un incremento del 8,86% en las liquidaciones de beneficios docentes y pensiones a partir de septiembre de 2015, en línea con la movilidad prevista por la Ley General de Movilidad. La normativa detalla los conceptos específicos (006-022, 006-025, 006-030) en los que debe reflejarse el aumento, incluyendo procedimientos para ajustar liquidaciones con diferentes componentes (PBU, PC, PAP) y la forma de compensar diferencias mediante descuentos en otros conceptos (001-002, 001-003). Además, especifica los beneficios excluidos de la aplicación del incremento y los procedimientos para liquidaciones con sobrantes o diferencias, garantizando la correcta actualización de los haberes conforme a la normativa de movilidad y las particularidades de cada beneficio previsional.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica que, desde septiembre de 2015, los jubilados y pensionados docentes deben recibir un aumento del 8,86% en sus pagos, siguiendo la ley de movilidad. Para ello, se deben ajustar los conceptos en las liquidaciones, usando códigos específicos para reflejar el aumento. Si hay diferentes componentes en la liquidación, como beneficios con PBU, PC o PAP, el incremento se aplica en todos ellos y en los conceptos relacionados, ajustando las diferencias en otros conceptos si el monto del aumento no alcanza a cubrirlo por completo. Además, se establecen reglas para beneficios excluidos, como ciertos beneficios de cajas o seguros, y procedimientos para corregir diferencias o sobrantes, asegurando que cada beneficiario reciba la actualización correcta y que las liquidaciones sean precisas y ajustadas a la normativa vigente.

Autor: I.A.

Voces

  • código penal
  • jubilacion

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