CIRCULAR DP Nº 54/13

Tipo
Circular
Número
54/13
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
16/06/2013
Publicación en el BO
23/06/2013
Nombre
SUPLEMENTO RÉGIMEN ESPECIAL PARA INVESTIGADORES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS - PROCEDIMIENTO PARA SU ACTUALIZACIÓN

"2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 16 de julio de 2013 CIRCULAR DP Nº 54/13 SUPLEMENTO RÉGIMEN ESPECIAL PARA INVESTIGADORES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS - PROCEDIMIENTO PARA SU ACTUALIZACIÓN En razón de las consultas recibidas, ante la solicitud de aplicación del suplemento formulada por titulares de derecho, respecto a la actualización del importe establecido en concepto de Suplemento "Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos" creado por el Decreto N° 160/05, se detalla a continuación el procedimiento a llevar a cabo a tales efectos: Establecer el 85% de la remuneración del cargo de investigador científico o tecnológico que corresponde considerar de acuerdo a la normativa vigente, a la fecha de cese. Actualizar con los aumentos de ley general el monto establecido en el apartado anterior hasta la fecha de solicitud del mismo (FIP). Determinar el suplemento a la FIP, como la diferencia, entre el haber de ley general y el importe actualizado del Suplemento. Al importe determinado como suplemento se le deberán aplicar los aumentos de ley general hasta el mensual del alta del mismo, siendo este importe el que deberá informarse en el alta del concepto. Respecto al retroactivo a liquidar, el mismo se conformará por la sumatoria del suplemento mensual calculado desde la FIP, hasta el mensual anterior al alta del mismo.En caso de tratarse de una prestación de pensión, sobre el monto resultante del 85% de la remuneración del cargo de investigador científico o tecnológico a la fecha de fallecimiento del causante, deberá aplicarse el porcentaje de coparticipación que corresponda en función de los derechohabientes acreditados.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La circular detalla el procedimiento para la actualización del suplemento establecido en el Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos, creado por el Decreto N° 160/05, mediante la determinación del 85% de la remuneración de referencia a la fecha de cese, su actualización con los aumentos de la ley general, y la liquidación del suplemento diferencial. Además, establece el cálculo del retroactivo y la aplicación del porcentaje de coparticipación en caso de pensiones, considerando la fecha de fallecimiento del causante. La normativa implica un proceso de ajuste periódico y retroactivo, garantizando la correcta percepción del suplemento conforme a la ley vigente.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma explica cómo actualizar y pagar un suplemento adicional para investigadores científicos y tecnológicos. Básicamente, se toma el 85% de su sueldo en el momento en que dejan el cargo, se ajusta con los aumentos de ley, y se calcula cuánto dinero adicional les corresponde. Si la persona fallece, ese monto se ajusta según quiénes sean sus beneficiarios. Es como si se hiciera un cálculo para asegurarse de que reciben la cantidad correcta, incluyendo retroactivos, para que no pierdan dinero por cambios en la ley o por retrasos en el pago.

Autor: I.A.

Voces

  • investigadores cientificos
  • servicios

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