CIRCULAR DP Nº 63/13
- Número
- 63/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 14/08/2013
- Publicación en el BO
- 19/08/2013
- Nombre
- MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL SEPTIEMBRE/2013
"2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 14 de agosto de 2013 CIRCULAR DP Nº 63/13 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL SEPTIEMBRE/2013 Se ponen en conocimiento de las áreas operativas de la Organización las pautas de aplicación para la movilidad docente a partir del mensual Septiembre/2013, la cual representa un incremento del 9,12%. Dicha movilidad se deberá aplicar sobre todos los beneficios docentes, cuya Ley Aplicada informada corresponda a docentes, y/o contengan en la liquidación del mensual 09/2013 un concepto 006022 ó 006025. Este aumento debe reflejarse exclusivamente con el código 006025, con lo cual en los casos en que la liquidación contenga en el concepto 006022, a este se le debe dar el aumento y el monto resultante debe impactarse con el concepto 006025, dando de baja el 006022. Para los beneficios que no contienen en su liquidación ni el concepto 006022 ni el 006025, este aumento deberá reflejarse en el concepto 006025. En los casos de beneficios con PBU?PC?PAP el aumento debe darse sobre los tres (3) conceptos, o aquellos que existan, con la salvedad que el monto de la PBU (001 001) a impactar en la liquidación, debe ser el resultante de la aplicación de la movilidad de Ley General, y la diferencia a la que resultare de aplicarle la movilidad docente, debe compensarse en el concepto 006025. En el caso de pensiones se multiplicará por el porcentaje de beneficio.www.diarioprevisional.com.ar " "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social EJEMPLO 1: Beneficios con un único haber, sin 006-022 ni 006-025.Liquidación mensual 08/2013: 001 XXX $ 2.608,67 Total $ 2.608,67 Liquidación mensual 09/2013: Debe reflejarse en el 006-025 la diferencia entre el 001 XXX del mensual 08/2013 y el 001 XXX con la aplicación del 9,12%.001 XXX $ 2.608,67 006 025 $ 237,91 Total $2.846,58 EJEMPLO 2: Beneficios con un único haber con 006-025 a 08/2013.Liquidación mensual 08/2013: 001 XXX $ 2.608,67 006 025 $ 1.242,36 Total $ 3.851,03 Liquidación mensual 09/2013: 001 XXX (08/2013) + 006 025 (08/2013) + Total 9,12% $ 2.846,58 9,12% $ 1.355,66 $ 4.202,24 EJEMPLO 3: Beneficios con un único haber con 006-022 a 08/2013.Liquidación mensual 08/2013: 001 XXX $ 2.608,67 006 022 $ 1.242,36 Total $ 3.851,03 www.diarioprevisional.com.ar " "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Liquidación mensual 09/2013: 001 XXX (08/13) + 9,12 % $ 2.846,58 006 025 = 006 022 (08/13) + 9,12 % Total $ 1.355,66 $ 4.202,24 EJEMPLO 4: Beneficios con PBU ? PC ? PAP con 006 025.Liquidación mensual 08/2013: 001 001 001 002 001 003 006 025 Total $ 1.022,84 $ 680,43 337,47 $ 1.207,59 $ 3.248,33 Liquidación mensual 09/2013: 001 001 + Z 001 002 (08/13) + 9,12% 001 003 (08/13) 006 025 (08/13) + 9,12% + 9,12% - y Total * $ 1.022,84 + z $ 742,48 $ 368,25 $ 1.317,72 - y $ 3.451,29 + z ? y * Se le aplicaría el aumento de Ley General "z".PBU docente = 1.022,84 + 9,12%= 1.116,12 (1.022,84 + z) ? 1.116,12 = y 006 025 + 9,12% - y = 006 025 correspondiente a septiembre/2013.Siendo que el aumento para Ley General es de 14,41%, se tiene: PBU (09/2013) = $ 1.022,84 * 1, 1441 = $ 1.170,23 Por cuanto: y = $ 1.170,23 - $ 1.116,12 = $ 54,11 www.diarioprevisional.com.ar " "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Luego la liquidación del mensual 09/2013 resulta: 001 001 + 14,41% 001 002 (08/13) + 9,12% 001 003 (08/13) + 9,12% 006 025 (08/13) + 9,12% - y Total $ 1.170,23 $ 742,48 $ 368,25 $ 1.317,72 - $ 54,11 = $ 3.544,57 $ 1.263,61 En los casos en que el importe del 006-025 no alcanzare para absorber la totalidad del importe "y", se le deberá restar tal sobrante, del importe del 001003 y/o 001002 (en ese orden) aumentado.EJEMPLO 5: Beneficios de PBU ? PC ? PAP con componente de ex Capitalización y 006 025: Liquidación mensual 08/2013: 001 001 001 002 001 003 003 900 006 025 Total $ 1.022,84 $ 680,43 $ 337,47 $ 367,29 $ 1.207,59 $ 3.615,62 Liquidación mensual 09/2013: 001 001 + z 001 002 (08/13) 001 003 (08/13) 003 900 (08/13) 006 025 (08/13) + 9,12% + 9,12% + 9,12% + 9,12% - y Total * $ 1.022,84 + z $ 742,48 $ 368,25 $ 400,79 $ 1.317,72 ? y $ 3.852,08 + z - y * Se le aplicaría el aumento de Ley General "z".PBU docente = 1.022,84 + 9,12%= 1.116,12 (1.022,84+ z) ? 1.116,12 = y 006 025 + 9,12 % - y = 006 025 correspondiente a septiembre/2013.www.diarioprevisional.com.ar " "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social En los beneficios de ex-capitalización deben considerarse el/los conceptos 003 xxx.Con igual criterio que en el caso anterior, se tiene: PBU (09/2013) = $ 1.022,84 * 1, 1441 = $ 1.170,23 Por cuanto: y = $ 1.170,23 ? $ 1.116,12 = $ 54,11 Luego la liquidación del mensual 09/2013 resulta: 001001 + 14,41% 001002 (08/13) 001003 (08/13) 003900 (08/13) + 9,12% + 9,12% + 9,12% 006025 (08/13) + 9,12% - y Total $1.170,23 $ 742,48 $ 368,25 $ 400,79 $ 1.317,72 - $ 54,11= $3.945,36 $1.263,61 En los casos en que el importe del 006-025 no alcanzare para absorber la totalidad del importe "y", se le deberá restar tal sobrante, del importe del 001003 y/o 001002 (en ese orden) aumentado.EJEMPLO 6: Beneficios de PBU ? PC ? PAP sin 006-022 ni 006-025.Liquidación mensual 08/2013: 001 001 001 002 001 003 Total $ 1.022,84 $ 624,32 403,92 $ 2.051,08 www.diarioprevisional.com.ar " "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Liquidación mensual 09/2013: Debe reflejarse en el 006 025 la diferencia entre los 001 xxx del mensual agosto/13 y los 001 xxx con la aplicación del 9,12 %. Si la diferencia es negativa no se genera 006-025 y si aún continúa persistiendo un saldo a descontar, se le deberá restar tal sobrante, del importe del 001003 y/o 001002 (en ese orden) aumentado.001001 + z 001002 (08/13) 001003 (08/13) 006025 - y + 9,12% + 9,12% Total * $ 1.022,84 + z $ 624,32 $ 403,92 ** $ 93,77 - y $ 2.144,85 + z ? y * Se le aplicaría el aumento de Ley General "z".PBU docente = 1.022,84 + 9,12%= 1.116,12 (1.022,84 + z) ? 1.116,12 = y ** Refleja el 9,12% sobre PC y PAP.Luego la liquidación del mensual 09/2013 resulta: 001001 001002 001003 006025 Total $ 1.170,23 $ 624,32 $ 403,92 $ 39,66 $ 2.238,13 (cid:1) En los beneficios de Ex-Capitalización deben considerarse el/los conceptos 003 XXX.(cid:1) Quedan excluidos todos los conceptos informados por las Compañías de Seguro de Retiros, como así también, los conceptos 003 ó 005 si el beneficio esta marcado como Renta Vitalicia ("V").(cid:1) Aquellas pensiones liquidadas, cuyos coparticipes superen el 100% del porcentaje de beneficio deberán ser incluidas la TABLA DE NO CALCULAR, a fin de no aplicar un aumento indebido.www.diarioprevisional.com.ar " "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Beneficios Excluidos: 1. Ex-Cajas: 40; 42; 43; 48; 61; 70; 71; 72 y 75 2. Retiros de Policía marca R o S. 3. Los beneficios puros de ex Capitalización quedan excluidos. 4. Todos los conceptos de rentas vitalicias, informados por las compañías de seguros quedan excluidos.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece la aplicación de una movilidad salarial del 9,12% para jubilados y pensionados docentes a partir de septiembre de 2013, detallando los procedimientos de liquidación y los conceptos específicos (006022, 006025, 001001, 001002, 001003, entre otros) que deben utilizarse en la actualización de beneficios. La normativa contempla distintos escenarios de liquidación, incluyendo beneficios con componentes de PBU, PC, PAP y ex-capitalización, y especifica cómo ajustar los haberes en cada caso, priorizando la correcta aplicación de los porcentajes de movilidad y la compensación entre conceptos. Además, excluye ciertos beneficios y conceptos, como ex-cajas, retiros policiales, rentas vitalicias y beneficios de ex-capitalización, de la aplicación de la movilidad.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que desde septiembre de 2013, los jubilados y pensionados docentes recibirán un aumento del 9,12% en sus beneficios, que debe reflejarse en sus liquidaciones usando conceptos específicos. Por ejemplo, si tienes una pensión, en tu próxima liquidación verás un aumento que se calcula aplicando ese porcentaje sobre tu haber, y ese incremento se registra en un concepto particular (006025). La norma también explica cómo ajustar los beneficios que tienen componentes adicionales, como PBU, PC o PAP, y qué hacer si hay otros conceptos como ex-capitalización. En términos sencillos, es como si a tu sueldo jubilatorio le dieran un aumento automático, pero con instrucciones precisas sobre cómo y dónde reflejar ese incremento en los papeles de tu liquidación. Además, algunos beneficios y conceptos quedan excluidos, como las rentas vitalicias o beneficios de ex-cajas, por lo que no recibirán este aumento.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- pensiones
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