Sistema de identificación biometrica - Mi Huella
- Tipo
- Circular
- Número
- 01/17
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DPAyT
Buenos Aires, 5 de enero de 2017 CIRCULAR DPAyT N° 01/17 SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN BIOMETRICA - MI HUELLA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPAyT Nº 39/15 La Dirección de Procesos Administrativos y Técnicos informa a toda las UDAI que a partir del 01 de Enero de 2017 el registro de los datos biométricos para identificación por huella dactilar (de aquí en más "enrolamiento") tendrá lugar en las Unidades de Atención al Público de esta Administración, y deberá realizarse a los Titulares de jubilaciones y pensiones del SIPA y Pensiones No Contributivas (PNC) y a sus apoderados para percibir, que cobran sus haberes a través de la cuenta sueldo de la Seguridad Social, en los siguientes momentos: Al inicio del trámite: a todo potencial futuro Titular de un beneficio. Expediente en Trámite: a aquellos ciudadanos con una Prestación en trámite que se acerquen a la dependencia para realizar cualquier tipo de gestión.Todas aquellas dependencias que no posean el equipamiento o software necesario para enrolar instalado en los puestos correspondientes y correctamente funcionando, deberán comunicarse en forma inmediata con la Mesa de Servicios (12100) a fines de solicitarlo.El equipamiento deberá estar instalado en los siguientes puestos: Dependencia con Nuevo Modelo de Atención: Gestión Expedientes Previsionales Dependencia sin Nuevo Modelo de Atención: Gestión de Beneficios Importante: Previo a la toma de las huellas deberá constatarse la identidad de la persona mediante la documentación correspondiente según normativa vigente, asegurándose que el CUIL a enrolar corresponde a la persona cuyas huellas se van a tomar. El enrolamiento se realizará por única vez, aunque el Titular posea más de un Beneficio. Se deberá enrolar tanto el Titular como su Apoderado para Percibir, aunque no es necesario que sea en el mismo momento. Es potestad y decisión de cada entidad bancaria el determinar que esquema de acreditación de supervivencia utilizará a los efectos del control de pagos. Por lo tanto, si bien el enrolamiento no reemplaza a ninguno de ellos, bien puede la Entidad hacer uso de herramientas biométricas como único medio para acreditar la supervivencia.Tratamiento de Problemas biométricos: Conflictos biométricos: Debido a su condición, el ciudadano se encuentra automáticamente eximido del Programa MI HUELLA y por lo tanto no es necesario realizar una carga de exención biométrica. Esta situación no le generará inconvenientes con el pago/cobro de la prestación atento que ANSES la notifica a la Entidad Bancaria. Atento lo mencionado, el ciudadano deberá continuar acreditando supervivencia ante la Entidad Bancaria utilizando los mismos medios por los cuales lo venía realizando. Exentos al Programa MI HUELLA Las personas que respondan a las siguientes características deberán tramitar la exención al Programa, cumplimentando el Formulario P.F. 2.9 ? "DDJJ Exención al Sistemas Biométrico Mi HUELLA" (disponible en la página Web ANSES y en Intranet) para darle el tratamiento previsto en la Norma de Procedimientos DNYP-06-01 "Solicitud de Exención de Registro Biométrico - Programa "MI HUELLA" Titulares que presenten impedimentos físicos Titulares que presenten impedimentos de movilidad Titulares privados de su libertad Las personas que respondan a las siguientes características ya se encuentran eximidas del Programa por defecto, y es por ello que no deben tramitar la exención al Programa: Titulares Menores de 14 años Titulares bajo Curatela Titulares residentes en el exterior Ciudadanos cuyas huellas resultan ilegibles (al enrolar o al verificar) Debido a su condición, se deberá cargar al ciudadano una exención al Programa MI HUELLA, de acuerdo a las pautas de la citada Norma, apartado "Exención por huellas ilegibles".Se encuentra a disposición el Instructivo y Video Tutorial de la aplicación para realizar el enrolamiento en Intranet - Información - Programa MI HUELLA.Asimismo se recuerda que se encuentra disponible la casilla pública "MI HUELLA" a fin de canalizar vía correo electrónico las dudas que pudieran surgir y que no se encontrasen previstas en el documento de "Preguntas Frecuentes" disponible en IntranetANSES->Información ->PROGRAMA MI HUELLA
Sumarios
Sumario generado por IA
La Circular DPAyT N° 01/17 establece la implementación del sistema biométrico de identificación mediante huellas dactilares en las dependencias de la ANSES, reemplazando la Circular N° 39/15. La normativa regula los procedimientos de enrolamiento para titulares de jubilaciones, pensiones del SIPA y PNC, y sus apoderados, especificando los momentos y condiciones para realizar el registro biométrico, así como las excepciones y exenciones aplicables. Se enfatiza la verificación previa de identidad, la realización del enrolamiento una sola vez, y la posibilidad de que las entidades bancarias utilicen herramientas biométricas para acreditar la supervivencia, sin que ello reemplace los mecanismos tradicionales. Además, se detallan los casos de conflictos biométricos y las exenciones automáticas o mediante trámite, garantizando la continuidad del pago de las prestaciones sociales en el marco del sistema biométrico.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma indica que, desde enero de 2017, las personas que reciben jubilaciones o pensiones de la Seguridad Social deben registrarse con sus huellas digitales en las oficinas de la ANSES. Esto funciona como una especie de huella digital que reemplaza otros métodos de identificación, como la firma o la presentación de documentos en cada trámite. La idea es que, en lugar de firmar o mostrar documentos cada vez que cobran, puedan usar su huella para demostrar que son los titulares de sus beneficios. Solo deben hacerlo una vez, y si tienen apoderados, también deben registrar sus huellas. Algunas personas, como menores de 14 años, quienes están en el exterior, o con huellas ilegibles, tienen exenciones automáticas o deben tramitar una exención si tienen impedimentos físicos o de movilidad. Además, si hay problemas con las huellas, la persona seguirá cobrando normalmente, solo que deberá seguir acreditando que está vivo por otros medios. La norma también deja en manos de los bancos decidir si usan la huella para verificar que la persona sigue viva, pero en ningún caso reemplaza los métodos tradicionales si así lo desean.
Autor: I.A.
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