CIRCULAR DP Nº 66/13

Tipo
Circular
Número
66/13
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
15/08/2013
Publicación en el BO
19/08/2013
Nombre
ACREDITACIÓN DE DERECHO A PRESTACIÓN PAGO SUPEDITADO AL CESE EN LA ACTIVIDAD REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP N° 07/10

"2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 15 de agosto de 2013 CIRCULAR DP Nº 66/13 ACREDITACIÓN DE DERECHO A PRESTACIÓN PAGO SUPEDITADO AL CESE EN LA ACTIVIDAD REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP N ° 07/10 El artículo 34 apartado 4 de la Ley Nº 24.241, titulados titulares del derecho de habilitaciones previas en los regímenes especiales para quienes prestan servicios de salud, riesgos o insalubres, y no solo en el futuro. La misma tarea que habría dado origen a la prestación previa otorgada u otra diferencia que requiera menor cantidad de años de servicios y edad que los exigidos por la ley general. Sólo tienes que reiniciar tu actividad en tareas comunes.Si el titular reinicia la actividad en tareas diferenciales que requieren menos cantidad de años de servicios y edad que la ley general, hay que tener en cuenta el pago de los requisitos correspondientes a la prestación otorgada. Por su parte, el apartado 5 del artículo mencionado, el servicio de la prestación de retiro por invalidez es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación con la dependencia. De esta forma de ser, de una vez acreditada, de un derecho de una solicitud de solicitud, de una multa de la inclusión en el curso del pago de la misma.El procedimiento que se presenta en el presente documento se traduce en resultados de la aplicación. En consecuencia, verificada procederse a: - Determinar el derecho a la prestación solicitada - Emitir el acto administrativo pertinente, declarar el derecho a la prestación solicitada, con la indicación de que el pago queda supeditado a la presentación, en el plazo estipulado por la resolución DE Nº 296/93 y su modificatoria Nº 607/01 (1), del cese en la actividad. Se adjunta en Anexo modelo tipo de la resolución a utilizar. - Registrar las actividades con el código de estado de tránsito "47?Una vez acompañó el cese en la actividad que corresponde: - determinar el haber a la fecha de la presentación en la demanda de la prestación, www.diarioprevisional.com.ar "" 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - aplicar, de corresponsal, sobre el hecho de haber sido otorgado hasta la fecha de publicación. - Fijar la fecha inicial de pago desde el El texto previsto para la resolución de N ° 296/93 y su modificatoria, sin acompañar la documentación solicitada debe continuar el archivo de las actividades, modificando el código de estado de trámite por "83? Desest. Titular / Archivo S / Pres. Cese ".(1) Establecimiento del plazo para la presentación de las pruebas. Hacer una resolución de los tiempos previos. Ser de treinta (30) días hábiles administrativos contados para el público, su representante legal o apoderado para tramitar www.diarioprevisional .com.ar "" 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ANEXO Buenos Aires VISTO: El pedido de EEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE en el art. 17 inc. D) de la Ley 24241 solicitadas por Don / Doña ... .................................................. ..., en Expediente Nº .......................................... y CONSIDERANDO: El análisis de las actividades en el lugar de trabajo, la acreditación del derecho a la prestación de servicios.La obligación de cumplir con los requisitos indispensables, conforme lo establecido por el inc. EEdel artículo 34 de la Ley Nº 24.241, el cese en la actividad desempeñada. La razón de no existir constancia en la expedición administrativa de la cesación de la titularidad en las tareas en la relación de la dependencia acreditada, la misma cantidad en la misma fecha en la resolución DE A Nº 607/01, modificatoria de la Resolución DE A Nº 296/93, acompañado la documentación en cuestión.Lo que se refiere a lo que se debe hacer, a lo que se refiere, a lo que se refiere, a lo que se refiere, a lo que se refiere. Que debe notificarse que la no presentación en el plazo estipulado de la documentación requerida para el lugar del archivo de las actuaciones. Que está presente en el uso de las facultades conferidas por el arte. 3º del Decreto Nº 2741/91, el art. 36 de la Ley 24241 y la Resolución DE Nº 366/09.Por lo tanto, EL JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN INTEGRAL ... EEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Declarar que Don / DoñaEEEEEEEEEEEEEEEE, DNI Nº EEEEEEEEEE..acredita derecho a EEEEEEEEEEEEEEEEE, por lo que se refiere a los efectos de la exposición. ARTÍCULO 2º.- Establecimiento de que el pago de la prestación, queda supeditado a la presentación de la actividad en la que desempeña. ARTÍCULO 3º.- Determínase que la constancia de cese en la actividad que se alude al artículo anterior debe presentarse en el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de la presente.www.diarioprevisional.com.ar "" 2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ARTÍCULO 4º.- Establecimiento que no es la presentación de la documentación solicitada en el plazo estipulado lugar del archivo de las actividades. ARTICULO 5º.- Regístrese, "notifíquese en las condiciones de la Ley 24463 con las modificaciones introducidas por la Ley 24655, y consiente o ejecutoriada que mar, archivese. www.diarioprevisional.com.ar"

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa regula el procedimiento para la acreditación del derecho a prestaciones previsionales en casos de cese en actividades laborales, estableciendo requisitos, plazos y condiciones de pago, en línea con el artículo 34, apartados 4 y 5, de la Ley Nº 24.241. La resolución detalla el proceso administrativo para determinar y declarar el derecho, incluyendo la presentación de documentación, el cese en la actividad, y la compatibilidad del servicio de retiro por invalidez con otras actividades. Además, establece la necesidad de registrar el estado de trámite y la emisión de actos administrativos, con énfasis en la presentación de pruebas en plazos específicos y la notificación a los interesados.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma explica cómo los beneficiarios de prestaciones sociales deben demostrar que han dejado su actividad laboral para poder cobrar ciertos beneficios, como jubilaciones o retiros por invalidez. Básicamente, si alguien quiere acceder a estos pagos, debe presentar pruebas de que dejó su trabajo, y esa presentación debe hacerse en un plazo de 30 días. Además, si vuelve a trabajar en tareas que requieren menos años de servicio o edad, debe tener en cuenta los requisitos previos ya cumplidos. La norma también indica que si la persona recibe un pago por invalidez, no puede estar trabajando en relación de dependencia. Todo esto se hace a través de un proceso administrativo que incluye emitir una resolución, registrar el estado del trámite y notificar a la persona interesada, para asegurarse de que cumple con los requisitos y puede acceder a su beneficio en forma segura y ordenada.

Autor: I.A.

Voces

  • prestaciones
  • previsión
  • seguridad social

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