CIRCULAR DP Nº 78/13
- Tipo
- Circular
- Número
- 78/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 24/09/2013
- Publicación en el BO
- 29/09/2013
- Nombre
- LMN – ASIGNACIÓN ERRÓNEA DE NÚMEROS DE BENEFICIOS EN ALTA DE PRESTACIONES
www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 24 de septiembre de 2013 LMN ? ASIGNACIÓN ERRÓNEA DE NÚMEROS DE BENEFICIOS EN ALTA DE CIRCULAR DP Nº 78/13 PRESTACIONES Toda vez que una UDAI ingrese el alta de una prestación previsional, a través del Sistema de Novedades en Línea (LMN), asignando un número de beneficio que no se corresponda con el rango numérico que le fuera adjudicado por la Dirección Unidad Central de Apoyo ? Sector Registro de Resoluciones, se deberá proceder a la baja inmediata de la novedad ingresada para dicho mensual.Las instancias a tener en cuenta son las siguientes: Si la novedad no fue cerrada (estado de trámite 42 - Pre-Acordado) Se deberá efectuar la baja a través de la opción "10 - BAJA DE DATOS INGRESADOS" del LMN, sub opción "1 - ALTA DE BENEFICIOS" Si la novedad fue cerrada (estado de trámite 04 ? Acordado) en tanto se haya detectado el error dentro del mensual de incorporación y hasta la fecha de Solicitud de confirmación de novedades incorporadas por la UDAI (Proceso de Validación).Se deberá solicitar a la Dirección de Control de la Liquidación y Red de Grupos Móviles - Coordinación de Control de Prestaciones Pasivas, a través del formulario del proceso de Mayores Montos, la baja de la novedad ingresada. Si la novedad fue cerrada y con posterioridad al proceso de validación, se detecta la mala asignación del número de beneficio, se deberá proceder a la retención en boca de pago de la prestación.En esta instancia y siempre que el número de beneficio, no haya sido asignado a otro titular de derecho (existe jubilación y pensión con igual Ex-Caja), deberá evaluarse con la Dirección Unidad Central de Apoyo ? Sector Resoluciones: - Si se debe proceder a la retención en boca de pago de la prestación - Si se reasigna el número de beneficio a esa UDAI, a pesar de los riesgos que esto conlleva.Por cuanto: Se debe controlar que exactamente el beneficio ingresado por LMN, se encuentre en el rango de beneficios adjudicados por el Area Registro de Resoluciones a la UDAI.www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Asimismo se recuerda que se deberá prestar especial atención, toda vez que se rehabilite una prestación, cotejando que el CUIL/T ingresado sea el correcto, es decir coincida y pertenezca al titular del beneficio rehabilitado.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece procedimientos para corregir errores en la asignación de números de beneficios previsionales en el Sistema de Novedades en Línea (LMN). Cuando una UDAI ingresa un alta con un número de beneficio fuera del rango adjudicado por la Dirección Unidad Central de Apoyo - Sector Registro de Resoluciones, se deben seguir pasos específicos según el estado del trámite: si no fue cerrado, se realiza una baja mediante la opción correspondiente en LMN; si fue cerrado y aún en proceso de validación, se solicita la baja a la autoridad competente; si fue cerrado y la novedad se detecta posteriormente, se retiene en boca de pago o se reasigna el número, siempre que no exista conflicto con otros derechos. Además, se enfatiza la importancia de verificar que el CUIL/T del beneficiario rehabilitado sea correcto y coincida con el titular del beneficio, para evitar errores en la rehabilitación de prestaciones.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma indica que si una oficina de seguridad social (UDAI) mete un número de beneficio incorrecto al registrar una pensión o jubilación, debe corregirse rápidamente. Si aún no se cerró el trámite, se lo elimina fácilmente. Si ya fue cerrado pero aún está en revisión, se pide que lo corrijan a través de un formulario. Si se detecta después de que todo estuvo aprobado, se puede bloquear el pago o cambiar el número, siempre que no haya otro beneficio con ese mismo número. También se recuerda que, al rehabilitar una prestación, hay que asegurarse de que el número de identificación del beneficiario (CUIL/T) sea correcto y corresponda al titular del beneficio, para evitar errores que puedan afectar derechos o pagos.
Autor: I.A.
Voces
- beneficios
- prestaciones
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