CIRCULAR DPA Nº 08/12
- Tipo
- Circular
- Número
- 08/12
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 02/03/2012
- Publicación en el BO
- 09/03/2012
- Nombre
- SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) BASE IMPONIBLE
www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 02 de marzo de 2012 CIRCULAR DPA Nº 08/12 SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) BASE IMPONIBLE Se informa a todas las UDAI, Delegaciones y Oficinas pertenecientes a esta Administración Nacional que fue publicada la Resolución ANSES Nº 47/2012 (BO 23/02/2012), en la cual se establecen los límites mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes para empleados en relación de dependencia.Al respecto se informa que, se fija a partir del devengado marzo 2012, la base imponible mínima y máxima previstas en el primer párrafo del art. 9 de la Ley Nº 24.241, texto según la Ley Nº 26.222, quedando establecida en la suma de pesos quinientos ochenta y seis con setenta y nueve centavos ($ 586,79) y pesos diecinueve mil setenta con cincuenta y cinco centavos ($ 19.070,55), respectivamente.A fin de aclarar sobre lo indicado precedentemente, en el cuadro adjunto se exponen los topes mínimos y máximos con su respectiva normativa legal y el período por el cual se aplica cada uno de los mismos: Período Norma legal Monto mínimo 3 AMPO/MOPRE Monto máximo 60 AMPO/MOPRE $ ---- 189 189 216 225 228 228 240 240 1/2/94 al 31/3/94 1/4/94 al 30/9/94 1/10/94 al 31/3/95 1/4/95 al 30/9/95 1/10/95 al 31/3/96 1/4/96 al 30/9/96 1/10/96 al 31/3/97 1/4/97 al 30/9/97 1/10/97 al 31/12/97 Res. Conj. M.E. y O. y S.P.Res. S.S.S. 9 Res. S.S.S. 26 Res. S.S.S. 171 Res. S.S.S. 126 Res. S.S.S. 41 Res. S.S.S. 28 Res. S.S.S. 85 Res. S.S.S. 27 1.114 y M.T. y S.S. 661 1/1/98 al 31/12/98 Res. Conj. M.T. y S.S. 54 y M.E. y O. y S.P. 124 1/1/99 al 31/12/99 Res. Conj. M.T. y S.S. 99 y 1/1/00 al 31/3/07 1/4/07 al 31/8/07 1/9/07 al 29/2/08 1/3/08 al 30/6/08 1/7/08 al 28/2/09 M.E. y O. y S.P. 330 Res. Conj. M.T.E. y F.R.H.292/00 y M.E. 531/00 Dto. 313/07 y Ley 26.222 Dto. 1.346/07 Dto. 279/08 Dto. 279/08 www.diarioprevisional.com.ar $ 3.660 3.780 3.780 4.320 4.500 4.560 4.560 4.800 4.800 240 240 240 240 240 240 240 4.800 4.800 4.800 6.000 6.750 7.256 7.800 " www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Período Norma legal Monto mínimo 3 AMPO/MOPRE Monto máximo 60 AMPO/MOPRE 1/3/09 al 30/8/09 1/9/09 al 28/2/10 1/3/10 al 31/8/10 1/9/10 al 28/2/11 1/3/11 al 31/8/2011 1/9/11 al 29/2/12 1/3/12 Res. ANSES 135/09 Res. ANSES 65/09 Res. ANSES 130/10 Res. ANSES 651/10 Res. ANSES 58/11 Res. ANSES 448/11 Res. ANSES 47/12 $ 268,06 287,74 311,36 363,98 427,06 498,89 586,79 $ 8.711,82 9.351,30 10.119,08 11.829,21 13.879,25 16.213,72 19.070,55 En el caso de los regímenes especiales establecidos en las Leyes Nro. 24.016; 24.018; 22.731 y 22.929 y los Decretos Nro. 137/05 y 160/05, el cálculo de los aportes con destino al SIPA se efectuará sin considerar el límite máximo para su base imponible.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece los límites mínimos y máximos de la base imponible para el cálculo de aportes en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), actualizados desde marzo de 2012 conforme a la Resolución ANSES Nº 47/2012. Se detallan los topes en función de diferentes períodos y normativas legales, incluyendo excepciones para regímenes especiales en los cuales no se aplica el límite máximo. La normativa interpreta que estos límites regulan la base sobre la cual se calculan las contribuciones previsionales, garantizando un marco de referencia uniforme para empleadores y trabajadores en relación de dependencia, con actualizaciones periódicas y diferenciadas según la normativa vigente en cada período.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma dice cuánto dinero se debe usar como base para calcular los aportes a la seguridad social en Argentina. Desde marzo de 2012, hay un mínimo y un máximo establecido, que cambian según diferentes períodos y leyes. Por ejemplo, si ganas menos de un monto mínimo, se usa ese mínimo para pagar tus aportes; si ganas más del máximo, solo se paga sobre ese tope. Sin embargo, en algunos regímenes especiales, no se aplican estos límites y se calcula sobre toda la base de ingresos. Esto ayuda a que las contribuciones sean justas y consistentes, ajustadas a la realidad económica de cada período, y asegura que tanto empleadores como empleados contribuyan de manera adecuada a la seguridad social.
Autor: I.A.
Voces
- previsión
- seguridad social
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)