CIRCULAR DPA Nº 19/12

Tipo
Circular
Número
19/12
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
12/06/2012
Publicación en el BO
19/06/2012
Nombre
PARTIDAS DE MATRIMONIO O NACIMIENTO EMITIDAS EN EL EXTERIOR LEGALIZACIÓN, VISADO, TRADUCCIÓN REEMPLAZA A LA CIRCULAR GPAyD Nº 13/09

www.diarioprevisional.com.ar "2012? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 12 de junio de 2012 DPA CIRCULAR Nº 19/12 PARTIDAS DE MATRIMONIO O NACIMIENTO EMITIDAS EN EL LEGALIZACIÓN EXTERIOR, VISADO, TRADUCCIÓN REEMPLAZA A LA CIRCULAR GPAyD Nº 13/09 Se lleva a su conocimiento las partidas de matrimonio / nacimiento celebrado en el exterior y se presenta para la carga en ADP, se encuentra traducidos y visados ​​por el Consulado Argentino en el exterior. Estos documentos se publicarán en el territorio nacional, sin necesidad de su posterior legalización ante otra autoridad argentina, conforme al Decreto 1629/2001.Aquellas partidas otorgadas por países signatarios de la Convención de la Haya simplemente tienen que contar con la acotación o "apostilla" emanada de la autoridad competente del país, quedando exceptuadas de realizar el visado consular. Cabe recordar que la apostilla es una certificación notarial cuyo fin es la verificación de firmas, los sellos y los formatos de los documentos públicos que han sido así en el territorio de un Estado contratante y que deben ser enviados en el territorio de otro Estado contratante. Los países signatarios de la Convención de la Haya se encuentran en ANEXO I de la presente.Actualmente, se muestra la necesidad de reducir los tiempos en que se otorga la apostilla, se implementa un Programa Piloto de Apostillas Electrónicas (e-APP) que permita obtener la certificación notarial a través del medio digital.Los países que forman parte del citado programa se encuentran en Andorra, Bélgica, Bulgaria, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Georgia, México, Nueva Zelanda, Perú, República de Moldavia, España y Estados Unidos. (California, Colorado, Carolina del Norte, Rhode Island, Texas, Virginia Occidental y Washington). Los certificados librados por Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Paraguay y Uruguay quedan a excepción del texto de la traducción y legalización como así también de La acotación o "apostilla", para las condiciones de funcionamiento en el marco de los Convenios de Seguridad Social, suscripciones con la República Argentina, y por ser miembros integrantes del MERCOSUR, respectivamente. En estos casos, la intervención es oficial.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2012? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Conforme Social Resolución 146/09 del Ministerio del Interior, reconociendo como válidos los certificados de Nacimiento Consulares, expedidos por la Representación Consular de la República de Bolivia. Refugiados presentar certificado extendido por el Ministerio del Interior, que exprese su calidad de refugiado, quedando eximidos del requisito de legalización y / o apostillado de la documentación que presente, conforme a la Ley 26.165.A partir del 1 de marzo de 2002, los documentos extranjeros que se publican con el folio de seguridad, no requieren una intervención posterior en la República Argentina y se mantienen en su territorio sin necesidad de que el mar legalizado la firma del Cónsul ante esta Cancillería y Otra autoridad del país.A su vez, los documentos confeccionados por los consulados argentinos en el exterior (Testimonios de Actuaciones Notariales o Inscripciones en el libro de Registro Civil de las Personas, certificados de uso en el territorio nacional, etc.) interviene con la firma del Cónsul Argentino, también quedan exentos de su posterior legalización ante otra autoridad argentina. Un fin de resguardar la autenticidad de estos documentos, según el caso de que se trate de agregar un folio de seguridad o bien se imprimirá directamente sobre el mismo. Asimismo, se encuentra la información disponible en la página de INTRANET- Servicios - Información - el listado de países signatarios del Convenio de la Haya. www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa regula los procedimientos de legalización, visado, traducción y certificación de partidas de nacimiento y matrimonio emitidas en el exterior, estableciendo que los documentos visados por consulados argentinos y traducidos cumplen con los requisitos para su reconocimiento en Argentina, sin necesidad de legalización adicional conforme al Decreto 1629/2001. Además, diferencia entre países signatarios de la Convención de La Haya, que requieren la apostilla en lugar del visado consular, y aquellos que, por pertenecer a acuerdos como MERCOSUR, tienen procedimientos simplificados. Se implementa un programa piloto de apostillas electrónicas (e-APP) para reducir tiempos en la certificación. También se reconoce la validez de certificados consulares bolivianos y la exención de legalización para documentos expedidos por consulados argentinos y certificados de refugiados, en línea con la Ley 26.165 y normativas internas, garantizando la autenticidad y simplificación de los trámites documentales en el ámbito de la seguridad social y registros civiles.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este documento explica cómo los papeles que prueban nacimientos y matrimonios hechos en otros países son reconocidos en Argentina. Si estos papeles están visados por un consulado argentino y traducidos, no necesitan más trámites para ser válidos en el país. Para los países que firmaron la Convención de La Haya, basta con la 'apostilla' (una especie de sello oficial que certifica la firma y sello del documento), en lugar del visado consular, lo que hace más fácil y rápido el proceso. Además, hay un programa digital llamado e-APP para obtener estas apostillas electrónicas, acelerando los trámites. También se aclara que ciertos documentos, como certificados de nacimiento de Bolivia o certificados de refugiados, tienen un reconocimiento especial y no requieren legalización adicional, facilitando su uso en trámites de seguridad social y registros civiles en Argentina. En resumen, estos cambios buscan simplificar y agilizar la validación de documentos extranjeros para que las personas puedan acceder a beneficios y servicios sin demoras innecesarias.

Autor: I.A.

Voces

  • legalizacion
  • apostilla
  • servicios

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