CIRCULAR DPA Nº 21/12
- Tipo
- Circular
- Número
- 21/12
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 03/07/2012
- Publicación en el BO
- 09/07/2012
- Nombre
- BASES Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SORTEOS DE INICIO DE TRÁMITE DE SOLICITUD DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRO.CRE.AR.
www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 03 de julio de 2012 CIRCULAR DPA Nº 21/12 BASES Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SORTEOS DE INICIO DE TRÁMITE DE SOLICITUD DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRO.CRE.AR.Se comunica a todas las UDAI, Delegaciones y Oficinas pertenecientes a esta Administración Nacional que en el día de la fecha se implementará la aplicación "Formulario de Inscripción" que permite la inscripción al sorteo de inicio de trámite de solicitud de préstamos hipotecarios individuales en el marco del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (PRO.CRE.AR), creado por Decreto Nº 902/2012 del Poder Ejecutivo Nacional.De presentarse beneficiarios en las UDAI, Delegaciones y Oficinas deberán indicarle que el trámite es vía www.anses.gob.ar o personalmente en las oficinas del Banco Hipotecario S.A. Las UDAI, Delegaciones y Oficinas NO están habilitadas para gestionar dichos trámites.Para vuestro conocimiento se citan a continuación las BASES Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SORTEOS DE INICIO DE TRÁMITE DE SOLICITUD DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRO.CRE.AR que regulan el proceso de solicitud de préstamos hipotecarios individuales.El programa prevé la existencia de diferentes líneas de crédito para lograr el acceso a la vivienda para todos los sectores de la población que se encuentran excluidos hasta el presente, de la posibilidad de financiamiento bancario. La iniciativa impulsada por el Gobierno Nacional define plazos y condiciones de cancelación diseñadas conforme la realidad social y económica de los beneficiarios, para lograr el acceso a la primera vivienda.Estas bases y condiciones son aplicables para las personas que declaren poseer terreno edificable o en condiciones de serlo, fuere éste propio o de familiar directo, entendiéndose por tales el padre, la madre y/o el/los hijos.A los efectos del presente documento, se formulan las siguientes definiciones, las cuales reflejan el contenido exacto de los términos a los que en cada caso se hace referencia."PROGRAMA": se trata del FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PAR LA VIVIENDA ÚNICA (Pro.Cre.Ar.) creado por el Decreto Nº 902/2012.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "COMITÉ EJECUTIVO": órgano definido por el artículo 2º inciso c) del referido Decreto."TRAMITE DE INICIO": es el proceso al cual podrá acceder quien resulte adjudicado en un sorteo, consistente en la presentación de una solicitud de préstamo hipotecario correspondiente al Programa."GRUPO": personas pasibles de ingresar en un sorteo del Programa, que presentan idénticos criterios de elegibilidad conforme los términos definidos en el ANEXO I."MICROSITIO DE INTERNET": se trata de la página web del Programa alojada en la dirección www.anses.gob.ar/vivienda.CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD 1.Para acceder al Programa el interesado deberá reunir las condiciones de elegibilidad que surgen del ANEXO I del presente.CONDICIONES PARA INGRESAR EN EL SORTEO 2.Para participar en el sorteo el solicitante deberá previamente haber cumplido los siguientes requisitos: a) haber solicitado un turno en el Micrositio de Internet para la charla informativa brindada por el Banco Hipotecario S.A, como fiduciario del Programa.; b) haber participado en la charla informativa a que se refiere el inciso precedente.c) haber completado el "Formulario de Inscripción" que tendrá carácter de Declaración Jurada. El mismo estará disponible en el Micrositio de Internet o podrá ser cumplimentado en alguna de las oficinas del Banco Hipotecario S.A. Se acompaña modelo como ANEXO II.El Comité Ejecutivo establecerá la fecha tope para el ingreso del "Formulario de Inscripción". Las personas que cumplan con las condiciones establecidas en el punto 2 hasta la fecha definida, podrán conformar el universo de casos que ingresarán al sorteo.El Comité Ejecutivo se reserva el derecho de publicar y/o difundir nombres y/o fotos y/o imágenes de los participantes por cualquier medio gráfico, visual, digital, radial, etc., que exista o pueda existir en el futuro, sin derecho a compensación alguna y por tiempo ilimitado.3.4.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social LOS SORTEOS 5.6.7.8.9.10.11.12.13.Los sorteos para los Trámites de Inicio, estarán a cargo de Lotería Nacional Sociedad del Estado, en base a la información que suministre el Comité Ejecutivo respecto de las personas que hayan cumplido con los requisitos previstos en la presente.El Banco Hipotecario S.A., en carácter de fiduciario, deberá presentar para su aprobación ante el Comité Ejecutivo, una propuesta de Convenio que regule la actividad a cargo de Lotería Nacional Sociedad del Estado.El Comité Ejecutivo definirá la cantidad y fechas de los sorteos. El primero de ellos, tendrá lugar el 20 de julio de 2012. Cada sorteo será dado a conocer con la antelación correspondiente que permita asegurar la participación de los interesados.El Comité Ejecutivo determinará la cantidad/ proporción de Trámites de Inicio por sorteo, en forma previa a la realización de los mismos.El número total de Trámites de Inicio a adjudicar será determinado por el Comité Ejecutivo, teniendo en cuenta la cantidad de personas que han solicitado participar de los sorteos y las que han cumplido las condiciones para acceder al Programa. Asimismo, se tendrá en cuenta la evolución de la operatoria.La nómina de las personas habilitadas para cada sorteo, se encontrará a disposición de los interesados en el Micrositio de Internet con 2 días de anticipación respecto de la fecha prevista para el respectivo sorteo. Adicionalmente, se informará para cada Grupo la cantidad/proporción de Trámites de Inicio disponibles para el respectivo sorteo.Las personas que no hubieren resultado beneficiadas en los sorteos luego de realizado el último de los mismos, tendrán la posibilidad de participar en hasta dos sorteos adicionales a programar. Estos sorteos se habilitarán por disposición del Comité Ejecutivo y sólo en el caso en que, concluido el último sorteo, no se hubiera cubierto el cupo asignable.Los resultados de los sorteos serán publicados en el Micrositio de Internet el día siguiente hábil al de finalización del sorteo.Lotería Nacional Sociedad del Estado comunicará al Comité Ejecutivo el resultado de cada sorteo en el plazo máximo de 12 horas de efectuado.14. El Banco Hipotecario S.A informará con periodicidad diaria al Comité Ejecutivo los datos que se requieran referidos a los créditos efectivamente otorgados. La información deberá reflejar el estado del trámite al día inmediatamente anterior al día de la fecha considerando créditos iniciados en proceso, otorgados y denegados.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social REGLAS DEL SORTEO 15.16.18.Las reglas que definen el procedimiento del sorteo a cargo de Lotería Nacional Sociedad del Estado se establecen en el ANEXO III de este documento.TRAMITACIÓN DEL CRÉDITO La persona habilitada que haya resultado adjudicataria de un Trámite de Inicio, deberá, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de publicación del resultado del respectivo sorteo, consultar el Micrositio de Internet, a fin de que se le indique el día y hora en que deberá concurrir a la Sucursal correspondiente del Banco Hipotecario S.A, con el objeto de iniciar el trámite de solicitud de crédito.17. El plazo máximo para la presentación al Banco Hipotecario S.A de la totalidad de la documentación requerida para la tramitación de la solicitud de crédito, será de 90 días corridos a contar de la fecha de inicio del trámite ante el mismo. Se entenderá por tal, la fecha asignada en el micrositio de internet para la primera visita a la entidad, luego de haber sido beneficiado en el sorteo. Excepcionalmente y por única vez podrá otorgarse un plazo adicional de 30 días corridos, si el interesado no hubiera podido cumplir con el plazo acordado por causas que fueren ajenas a su voluntad, lo cual deberá acreditar en debida forma ante la sucursal respectiva del Banco Hipotecario S.A.Transcurridos los plazos previstos en el punto anterior sin que el beneficiario del sorteo se presente al Banco Hipotecario S.A, el interesado perderá el derecho a la tramitación de la solicitud de crédito bajo el Programa, quedando imposibilitado por el año en curso, de participar en otros sorteos.19. Quedarán asimismo inhabilitados a fin de participar en los sorteos del Programa, aquellos interesados que, en cualquier instancia del mismo, hubieran: a) Falseado u omitido datos (ya sea en el Formulario de Inscripción al Sorteo o en cualquier otro documento), b) realizado declaraciones documentación correspondiente, falsas, o no pudieran acreditarlas con la c) presentado documentación falsa o adulterada en cualquier momento del trámite ya sea en oportunidad de inicio del trámite o durante la tramitación de la solicitud de crédito.20. El hecho de haber sido beneficiado en alguno de los sorteos, no garantiza al participante la efectiva obtención del crédito, el cual estará sujeto al cumplimiento por parte del mismo de las políticas crediticias establecidas en el Programa. En caso de que el participante no cumpla con tales políticas www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social crediticias quedará impedido de participar en nuevos sorteos por el año en curso.21. Si en razón de la distribución de participantes por grupo, alguno de ellos no quedara cubierto, el Comité Ejecutivo podrá disponer previo al sorteo las adecuaciones pertinentes a los fines de completar los cupos previstos y/o adecuar los existentes. A tales efectos tendrá especialmente en cuenta las variables socio-demográficas, climatológicas, geográficas, socio-ambientales y/o económicas.22. El hecho de completar el Formulario de Inscripción a los sorteos implica el conocimiento y la total aceptación de las presentes Bases y de las informadas por el Banco Hipotecario S.A. que fueran aceptadas por el titular al momento de completar el citado formulario.Los que resultaren beneficiados en el sorteo aceptan los controles que el Banco Hipotecario SA realice a través de Organismos Públicos o Privados que permitan constatar la veracidad de los datos declarados y/o la documentación aportada.24. Cualquier situación, conflicto o controversia derivada de la interpretación de las presentes Bases y Condiciones será dirimida por el Comité Ejecutivo del Programa. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de los sorteos, todas las partes involucradas en el Programa se someten a los Tribunales Nacionales en lo Comercial, con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.23.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ANEXO I SORTEOS CRITERIOS DE ELIGIBILIDAD DE LAS PERSONAS QUE INGRESAN EN Criterios de elegibilidad: El cupo de Trámites de Inicio a sortear, será distribuido por sucursal del Banco Hipotecario S.A., en función de la zona de influencia y la capacidad de atención al público que establezca dicha entidad. Excepcionalmente, se podrán agrupar varios Grupos en uno solo en oportunidad de cada sorteo, en el caso que los conformados no presenten la cantidad de personas necesarias para asegurar criterios de proporcionalidad en el acceso a los Trámites de Inicio. Esta facultad será ejercida por el Comité Ejecutivo.Los criterios que se detallan seguidamente conformarán una matriz que permitirá la generación de los Grupos. La asignación de beneficiarios por Grupos se realizará en función de la evaluación que tendrá lugar aplicando los criterios que se definen a continuación. La utilización de los mismos definirá la probabilidad matemática de una persona de ser beneficiada en un sorteo. La posibilidad será idéntica para cada participante de un mismo Grupo. Ponderación del déficit habitacional ingreso total del grupo familiar Ingreso Total del Grupo Familiar En cuanto al análisis de déficit habitacional se tendrán en cuenta los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) referidos a viviendas deficitarias y déficit habitacional por provincia, jurisdicción o localidad, según resultados del Censo 2010. Entiéndese por ingresos correspondientes al titular de la solicitud de entrevista para el inicio del trámite y su cónyuge o conviviente. Prioridad socio-demográfica del grupo familiar.Se agruparán todas las solicitudes según la prioridad demográfica del grupo familiar del solicitante, según dos rangos: ALTO y MEDIO, conforme las siguientes variables: ? Cantidad de hijos menores de 18 años; ? Integrantes de la familia con capacidades diferentes; ? Cantidad de miembros del grupo familiar; ? Edad del titular del crédito. Vulnerabilidad social la suma de los Se aplicará lo previsto en el punto 21 del apartado anterior.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" ANEXO II Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social FORMULARIO DE INSCRIPCION www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" ANEXO III Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social REGLAS DEL SORTEO DE POTENCIALES BENEFICIARIOS PARA LA TRAMITACIÓN DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRO.CRE.AR.PERSONAS QUE PUEDEN INGRESAR EN EL SORTEO Se trata de toda persona que haya cumplido los requisitos previstos en el punto 2. de las "BASES Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SORTEOS DE INICIO DE TRÁMITE DE SOLICITUD DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRO.CRE.AR", hasta la fecha tope prevista en el punto 3 del citado documento.ASIGNACIÓN DE NÚMERO PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL SORTEO Cada participante será identificado con un número de seis dígitos. Tres correspondientes al Grupo asignado y tres que identifican al titular, el que será determinado en base al número de turno otorgado para la charla informativa obligatoria prevista en el punto 2.b). de este documento.El Grupo será identificado con un número entre 0 y 999.De esta forma, quien haya obtenido el primer turno para la charla informativa y que por el resultado de la aplicación de los criterios de elegibilidad del ANEXO I pertenezca al Grupo 1, recibirá el número 001-000 para el sorteo.Ningún Grupo superará en su composición los 1.000 individuos. En el caso de que sucediera, deberá habilitarse uno nuevo.FORMA DE EFECTUAR EL SORTEO Lotería Nacional S.E., procederá a sortear los ganadores por cada Grupo habilitado.Cada Grupo, tendrá asignada una cantidad determinada de beneficiarios que estará definida por las características previstas en el ANEXO I.CIERRE DEL SORTEO Una vez finalizado el sorteo de cada grupo en cada fecha determinada por el Comité Ejecutivo, Lotería Nacional Sociedad del Estado deberá comunicar el resultado del mismo.El Banco Hipotecario S.A. informará al Comité Ejecutivo los criterios de asignación de las entrevistas por sucursal que aplicarán para el caso. La asignación de sucursal se realizará en función del lugar de radicación del terreno informado. El Comité Ejecutivo, con la información recibida, dispondrá la publicación en el Micrositio de Internet, de los datos concernientes a la sucursal, día y hora, en que www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2012 ? Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberá concurrir cada persona beneficiaria del sorteo, a los fines de dar inicio al trámite de solicitud de crédito.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece las bases y condiciones para la realización de sorteos destinados a seleccionar beneficiarios para iniciar trámites de préstamos hipotecarios en el marco del Programa PRO.CRE.AR., creado por Decreto 902/2012. Se regula el proceso de inscripción, requisitos de elegibilidad, organización y ejecución de los sorteos por parte de Lotería Nacional Sociedad del Estado, y la tramitación del crédito, incluyendo plazos, condiciones, inhabilitaciones y mecanismos de control. La norma define criterios de distribución de cupos, evaluación socio-demográfica y de déficit habitacional, y establece la participación mediante formulario de inscripción y aceptación de condiciones, con publicación de resultados y procedimientos de notificación y concurrencia a las sucursales bancarias.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma explica cómo se seleccionan, mediante sorteos, a las personas que podrán solicitar un préstamo hipotecario del programa PRO.CRE.AR. Para participar, los interesados deben inscribirse en línea, asistir a una charla informativa y cumplir ciertos requisitos, como tener terreno edificable y no haber sido beneficiados anteriormente. Los sorteos los realiza una lotería oficial, y los ganadores deben concurrir a la oficina del banco en un plazo determinado para iniciar su trámite. Si no cumplen con los plazos o proporcionan información falsa, pierden su oportunidad. La ley busca facilitar el acceso a la vivienda a quienes no tienen financiamiento, priorizando aspectos sociales y demográficos, y estableciendo reglas claras para la selección, notificación y tramitación del crédito, con controles y publicación de resultados para garantizar transparencia y equidad en el proceso.
Autor: I.A.
Voces
- prestamos
- sorteos
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