CIRCULAR DPA Nº 01/15

Tipo
Circular
Número
01/15
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
14/01/2015
Publicación en el BO
19/01/2015
Nombre
DECRETO N° 300/97 DECLARACION JURADA DE SALUD – MONOTRIBUTISTAS REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 20/14

"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Buenos Aires, 14 de enero de 2015 CIRCULAR DPA Nº 01/15 DECRETO N° 300/97 DECLARACION JURADA DE SALUD ? MONOTRIBUTISTAS REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 20/14 los Conforme lo establecido en el Decreto 300/97 el trabajador autónomo se encuentra obligado a la presentación de la Declaración Jurada de Salud ante ANSES.En virtud de la consulta efectuada a la Dirección Asuntos Jurídicos a través del Dictamen Nº 56.108, se advirtió que hasta tanto no se prevea por parte de AFIP notificación personal, a trabajadores adheridos al régimen simplificado (monotributistas) de la mencionada Declaración Jurada de Salud conforme artículo 6º del citado Decreto, éstos no se encontraban obligados a su presentación.A partir del día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos implementó la notificación a los monotributistas poniendo en conocimiento sobre su presentación ante ANSES.En tal sentido se recuerda que deben presentarla quienes se encuentren: 1.- Inscriptos como autónomos o monotributistas 2.- Dejaron de cotizar por un período superior a doce (12) meses. 3.- Reinscriptos como autónomos o monotributistas 4.- Siendo trabajadores dependientes pertenecientes al SIPA, se reincorporan a la actividad económica como trabajadores autónomos o monotributistas, habiendo transcurrido un plazo mayor a doce meses, desde su cese como trabajador dependiente.Con el propósito de aclarar sobre la fecha a partir de la cual resulta necesaria la exigencia por los MONOTRIBUTISTAS, se indica que: ? Para los casos que se hubieran inscripto o reinscripto (puntos 1 y 3) a partir del la aludida Declaración Jurada de Salud a la UDAI de 13/01/2015 corresponderá presentar el formulario.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Análisis legal y Atención de Consultas Prestacionesactivas@anses.gov.ar / 19363 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 ? Para los casos en que transcurridos más de doce meses sin aportar (punto 2) reinician sus cotizaciones, y las mismas se realizan con posterioridad al 13/01/2015.? Para los trabajadores dependientes reincorporados como monotributistas (punto 4), cuando el plazo mayor a doce meses, desde el cese de la relación laboral, se cumple con posterioridad al 13/01/2015.Sin perjuicio de las fechas enunciadas en los párrafos precedentes, la Declaración Jurada debe ser recibida por el agente de ANSES en caso de presentación espontánea por parte del interesado.Asimismo se informa que la norma de procedimiento de la Dirección Prestaciones Activas ACTI-03-01, establece el alcance y procedimiento para el tratamiento del formulario Declaración Jurada de Salud.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Análisis legal y Atención de Consultas Prestacionesactivas@anses.gov.ar / 19363 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 300/97 establece la obligación del trabajador autónomo y monotributista de presentar una Declaración Jurada de Salud ante ANSES, con excepciones relacionadas a la notificación previa por parte de AFIP. La obligación se activa en función de inscripciones, reinscripciones, cese y reingreso en el régimen, así como tras períodos de inactividad superiores a doce meses. La normativa también contempla la presentación espontánea y el procedimiento establecido en la norma ACTI-03-01 para su tratamiento, garantizando la actualización y control de la situación de salud laboral de los contribuyentes en el sistema previsional.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este reglamento indica que si eres trabajador autónomo o monotributista, debes presentar una declaración de salud ante ANSES en ciertos casos, como cuando te inscribes, reinscribes, dejas de cotizar por más de un año o vuelves a trabajar después de un período sin actividad. La idea es que la seguridad social tenga información actualizada sobre tu estado de salud y actividad laboral. Además, si decides hacerlo de manera voluntaria, también puedes presentar la declaración en cualquier momento. Todo esto ayuda a mantener tus beneficios y derechos previsionales en orden y actualizados.

Autor: I.A.

Voces

  • monotributo
  • ingresos
  • declaracion

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