CIRCULAR DPA Nº 02/13
- Tipo
- Circular
- Número
- 12/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 24/01/2013
- Publicación en el BO
- 29/01/2013
- Nombre
- SICAM - TRABAJADORES INDEPENDIENTES PROMOVIDOS (TIP) REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 07/12
www.diarioprevisional.com.ar "2013? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 24 de enero del 2013 DPA CIRCULAR Nº 02/13 SICAM - TRABAJADORES INDEPENDIENTES PROMOVIDOS (TIP ) REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N ° 07/12 Mediante la Ley Nº 24977, el Decreto Nº 1/2010, el Título III de la Resolución General AFIP Nº 2746/2010 y el Título IV de la Ley 26.565 se establece la norma para los Trabajadores Independientes Promovidos. Al respecto, vea que AFIP incluyó en SICAM la liquidación para la categoría 14 - Trabajador Independiente Activo, reflejando los períodos y su detalle de la deuda.Asimismo, se puede aplicar para períodos de vigencia desde el 01/2010 un nuevo beneficio en la situación de la revista, que no genere la deuda ni las aportaciones y se vea en el SICAM con la leyenda: "No optó - párrafo 5º art. 34 Ley Nº 26565". se transcribe el 5º párrafo del artículo 34 de la Ley 26.565 para el conocimiento: "Cuando la cantidad de meses se ha cancelado, se ha cumplido con los párrafos anteriores, el mar inferior se ha reducido a los derechos del trabajador independiente promovido permanentemente en el régimen de este Título, ¿Puede ser útil aportar las cotizaciones correspondientes a los meses faltantes o su parte? Por lo que se ve, sin embargo, no hay nada que ver con el tratamiento que se hace fuera por Norma DPA 07/12,www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Circular Nº 02/13 del Ministerio de Trabajo regula la implementación del régimen de Trabajadores Independientes Promovidos, en concordancia con la Ley Nº 24977, el Decreto Nº 1/2010, y la Ley 26.565, estableciendo procedimientos y beneficios asociados, incluyendo la liquidación en SICAM para la categoría 14 y la posibilidad de aplicar beneficios sin generar deuda o aportaciones, específicamente desde 01/2010. Además, se transcribe el párrafo 5º del artículo 34 de la Ley 26.565, que contempla la reducción de derechos del trabajador promovido tras el cumplimiento de ciertos períodos, y la utilidad de aportar cotizaciones faltantes, aunque se señala que esto difiere del tratamiento normativo establecido en la Norma DPA 07/12.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma establece cómo los trabajadores independientes que cumplen ciertos requisitos pueden acceder a beneficios especiales en la seguridad social, sin tener que pagar deudas o aportes adicionales. Por ejemplo, si un trabajador independiente ha cumplido con los períodos requeridos, puede reducir sus obligaciones y obtener beneficios, incluso si no ha aportado en todos los meses. La normativa también aclara que, aunque aportar cotizaciones faltantes puede parecer útil, en realidad, las reglas específicas que se aplican en este caso son diferentes a las que establece otra norma llamada DPA 07/12. En términos simples, la ley busca facilitar el acceso a beneficios a ciertos trabajadores independientes, siempre que cumplan con los requisitos, y establece cuándo y cómo pueden hacerlo sin pagar deudas adicionales.
Autor: I.A.
Voces
- beneficios
- seguridad social
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