PRESTACIÓN APODERADO - ATENCIÓN EN UDAI
- Tipo
- Circular
- Número
- 17/18
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DPAyT
- Fecha de dictado
- 16/04/2018
- Publicación en el BO
- 24/05/2018
2018 "Año del Centenario de la Reforma Universitaria" Buenos Aires, 16 de abril de 2018 CIRCULAR DPAyT Nº 17/18 PRESTACIÓN "APODERADO" ? ATENCIÓN EN UDAI La Dirección de Procesos Administrativos y Técnicos informa que se encuentra vigente en el Soft de Turnos Web la prestación "Apoderado" (ex Registración de Poderes) para solicitar un turno y acreditar en la UDAI/Oficina la relación entre apoderado y poderdante.Sin embargo, si el apoderado es familiar del titular podrá presentarse de manera espontánea para realizar el trámite y deberá ser atendido.En el caso de apoderados profesionales, para estos casos se encuentra vigente lo estipulado por la Circular DP N° 31/15.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Todas las áreas Coordinación Procesos de Gestión Interna B ConsultasTurnos@anses.gov.ar www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular DPAyT Nº 17/18 informa la vigencia de la prestación 'Apoderado' en el sistema de turnos web de la ANSES, destinada a solicitar turnos para acreditar la relación de apoderamiento en las UDAI/Oficinas. Se establece que, en caso de apoderados familiares del titular, podrán acudir de manera espontánea sin necesidad de turno previo, garantizando su atención. Para apoderados profesionales, se remite a lo dispuesto en la Circular DP N° 31/15, regulando procedimientos específicos. La normativa busca facilitar la gestión de apoderamientos, asegurando atención diferenciada según la relación del apoderado con el beneficiario, en línea con la normativa vigente en materia de representación y gestión administrativa en seguridad social.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que, para gestionar un poder o autorización en la ANSES, puedes solicitar un turno por internet usando el sistema de turnos web. Si el apoderado es un familiar del beneficiario, puede presentarse sin turno, simplemente yendo a la oficina, y será atendido. Para apoderados que son profesionales (como abogados o gestores), se deben seguir las reglas específicas de la circular anterior. En la práctica, esto significa que si alguien necesita actuar en nombre de otra persona ante la seguridad social, tiene diferentes opciones según su relación, facilitando el trámite y asegurando que todos puedan acceder a la atención necesaria sin mayores complicaciones.
Autor: I.A.
Voces
- prestación
- apoderado
- turno
- udai
- relación
- familiar
- profesional
- trámite
- circular
- gestión
- atención
- anses
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