CIRCULAR DPA Nº 19/13

Tipo
Circular
Número
19/13
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
10/05/2013
Publicación en el BO
18/05/2013
Nombre
PROCESO DE EXCEPCIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRO.CRE.AR. SITUACIONES CONTEMPLADAS PARA DAR DE BAJA LA INSCRIPCIÓN AL SORTEO REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 16/13

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Buenos Aires, 10 de mayo de 2013 PROCESO DE EXCEPCIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRO.CRE.AR.SITUACIONES CONTEMPLADAS PARA DAR DE BAJA LA INSCRIPCIÓN AL SORTEO CIRCULAR DPA Nº 19/13 REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA N° 16/13 Se comunica a todas las UDAI, Delegaciones y Oficinas pertenecientes a esta Administración Nacional, que en el día de la fecha se implementa el proceso de excepción para dar de baja la inscripción al sorteo del Programa PRO.CRE.AR en cualquiera de sus líneas teniendo en cuenta las siguientes situaciones.1. Personas que se inscribieron por error en alguna de las Líneas del Programa PRO.CRE.AR. y aún no participaron del sorteo.Se recuerda que al completar el Formulario de Inscripción los datos informados revisten carácter de Declaración Jurada, por lo que se deberá solicitar al inscripto al sorteo que realice una Nota que contenga los motivos por los cuales solicita dar de baja su inscripción al mismo. Asimismo, la nota deberá contener el Apellido y Nombre, CUIL, Número de Inscripción que surge de la constancia de inscripción al sorteo y dirección de correo electrónico.La misma deberá ser presentada en la UDAI, Delegación u Oficina más cercana al domicilio junto con una copia del Documento Nacional de la persona y de la constancia de Inscripción al sorteo.Una vez recibida por la UDAI, Delegación u Oficina la documentación mencionada, deberá controlar a través de la página web de PRO.CRE.AR que ese inscripto no haya participado de ningún sorteo.De corroborarse que no ha participado en el sorteo, se deberá remitir la documentación citada a esta Dirección de Prestaciones Activas, en formato .PDF a través del correo electrónico (prestacionesactivas@anses.gob.ar). Caso contrario, deberá actuarse de acuerdo a lo dispuesto en los puntos 2 o 3 si es ganador o punto 4 si no lo es.El inscripto deberá presentar la nota hasta 72 hs. hábiles anteriores a la fecha de cierre de inscripción al sorteo. En caso de presentarse fuera de este plazo deberá actuarse de acuerdo a lo dispuesto en el punto 4 de la presente.Una vez finalizado el procedimiento de excepción, la Dirección de Prestaciones Activas comunicará al solicitante, vía correo electrónico, que ya puede inscribirse en la Línea que le corresponda.www.diarioprevisional.com.ar " Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" 2. Personas que resultaron ganadoras del sorteo y que el Banco Hipotecario reconoce que califican para otra Línea de crédito vigente diferente a la que resultó ganadora. -No aplica a línea sin terreno/desarrollos urbanísticos- El Banco Hipotecario asignará automáticamente a los beneficiarios, que tras haber salido ganadores del Sorteo se presentan al mismo y éste detecta que no califican para esa Línea de Crédito pero sí para otra, a la Línea de Crédito vigente para la cual califican. El cambio de destino aplica para líneas construcción, ampliación/terminación y refacción.Asimismo, el Banco Hipotecario deberá remitir a esta Dirección por correo electrónico (prestacionesactivas@anses.gob.ar) un listado con aquellos casos que ha reasignado, a fin de actualizar la información en el sistema.El listado de casos deberá contener el Nombre y Apellido, CUIL, Número que identifica la solicitud y dirección de correo electrónico, Línea de Crédito en la cual se inscribió y salió ganador y Línea de Crédito a la cual fue reasignado.las 3. Personas que resultaron ganadoras del sorteo de la Línea con Terreno y que desean inscribirse a la Línea sin Terreno (desarrollos urbanísticos).Ganador que se presenta en UDAI, Delegación u Oficina de ANSES: Se deberá solicitar al ganador del sorteo que realice una Nota que contenga los motivos por los cuales solicita dar de baja su inscripción a la Línea con Terreno. Asimismo, la nota deberá contener el Apellido y Nombre, CUIL, Número de Inscripción que surge de la constancia de inscripción al sorteo, Fecha del Sorteo, Grupo, Orden y dirección de correo electrónico.La misma deberá ser presentada en la UDAI, Delegación u Oficina más cercana al domicilio junto con una copia del Documento Nacional de la persona, de la constancia de Inscripción al sorteo y de la constancia de que resultó ganador.Una vez recibida por la UDAI, Delegación u Oficina la documentación mencionada, deberá controlar a través de la página web de PRO.CRE.AR que ese inscripto haya resultado ganador del sorteo.De corroborarse, se deberá remitir la documentación citada a esta Dirección de Prestaciones Activas, en través del correo electrónico (prestacionesactivas@anses.gob.ar). Caso contrario, deberá actuarse de acuerdo a lo dispuesto en el punto 4.Una vez finalizado el procedimiento de excepción, la Dirección de Prestaciones Activas comunicará al solicitante, vía correo electrónico, que ya puede inscribirse en la Línea sin Terreno..PDF a formato www.diarioprevisional.com.ar " Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ganador que se presenta en el Banco Hipotecario: El Banco Hipotecario deberá remitir a esta Dirección por correo electrónico (prestacionesactivas@anses.gob.ar) un listado con aquellos casos que tras haber salido ganadores del Sorteo se presentan al Banco Hipotecario e informan que no pueden adquirir el terreno.El listado de casos deberá contener el Nombre y Apellido, CUIL, Número que identifica la solicitud, Fecha del Sorteo, Grupo, Orden y dirección de correo electrónico.Una vez finalizado el procedimiento de excepción, la Dirección de Prestaciones Activas comunicará al solicitante, vía correo electrónico, que ya puede inscribirse en la Línea sin Terreno.4. Personas que se inscribieron en la línea incorrecta y que no resultaron ganadoras del sorteo y desean inscribirse en otra Línea.Se recuerda que al completar el Formulario de Inscripción los datos informados revisten carácter de Declaración Jurada, por lo que se deberá solicitar al no ganador del sorteo que realice una Nota que contenga los motivos por los cuales solicita dar de baja su inscripción al mismo. Asimismo, la nota deberá contener el Apellido y Nombre, CUIL, Número de Inscripción que surge de la constancia de inscripción al sorteo, Fecha del Sorteo, Grupo, Orden y dirección de correo electrónico.La misma deberá ser presentada en la UDAI, Delegación u Oficina más cercana al domicilio junto con una copia del Documento Nacional de la persona, de la constancia de Inscripción al sorteo y la constancia de que no resultó ganador.Una vez recibida por la UDAI, Delegación u Oficina la documentación mencionada, deberá controlar a través de la página web de PRO.CRE.AR que ese inscripto no haya resultado ganador.De corroborarse, se deberá remitir la documentación citada a esta Dirección de Prestaciones Activas, en través del correo electrónico (prestacionesactivas@anses.gob.ar). Caso contrario, deberá actuarse de acuerdo a lo dispuesto en el punto 2 o 3 según corresponda.Una vez finalizado el procedimiento de excepción, la Dirección de Prestaciones Activas comunicará al solicitante, vía correo electrónico, que ya puede inscribirse en la Línea que le corresponda..PDF a formato www.diarioprevisional.com.ar " "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 5. Personas inscriptas en cualquier línea que no resultaron ganadoras del sorteo y que posteriormente han cambiado la composición familiar declarada: Se deberá solicitar al no ganador del sorteo que realice una Nota donde informe el cambio de la composición familiar declarada, solicitando la baja de su inscripción al mismo para posteriormente poder realizar una nueva DDJJ con los datos que correspondan. Asimismo, la nota deberá contener el Apellido y Nombre, CUIL, Número de Inscripción que surge de la constancia de inscripción al sorteo, Fecha del Sorteo, Grupo, Orden y dirección de correo electrónico.La misma deberá ser presentada en la UDAI, Delegación u Oficina más cercana al domicilio junto con una copia del Documento Nacional correspondiente al titular inscripto y a los integrantes de la nueva composición familiar, de la constancia de Inscripción al sorteo y la constancia de que no resultó ganador.Una vez recibida por la UDAI, Delegación u Oficina la documentación mencionada, deberá controlar a través de la página web de PRO.CRE.AR que ese inscripto no haya resultado ganador.De corroborarse, se deberá remitir la documentación citada a esta Dirección de Prestaciones Activas, en través del correo electrónico (prestacionesactivas@anses.gob.ar). Caso contrario, deberá actuarse de acuerdo a lo dispuesto en el punto 2 o 3 según corresponda.Una vez finalizado el procedimiento de excepción, la Dirección de Prestaciones Activas comunicará al solicitante, vía correo electrónico, que ya puede inscribirse nuevamente en la Línea que corresponda..PDF a formato Se permitirá un solo cambio por excepción por beneficiario, identificado en el sistema por CUIL.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece un procedimiento de excepción para la baja de inscripciones en el programa PRO.CRE.AR, permitiendo a los inscriptos rectificar errores, cambiar de línea de crédito o desistir tras haber sido sorteados, mediante la presentación de notas y documentación en las UDAI. Además, regula la reasignación automática de beneficiarios en caso de que, tras resultar ganadores, no cumplan con los requisitos de la línea asignada, incluyendo cambios en la línea de crédito o en la composición familiar, garantizando la actualización de la información en el sistema y la comunicación con los interesados. El proceso busca garantizar la correcta asignación y utilización de los beneficios, respetando los derechos de los inscriptos y la integridad del sorteo.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma funciona como un reglamento para que las personas que se inscribieron en el programa PRO.CRE.AR puedan corregir errores o cambiar de línea de crédito si resultaron ganadoras y no cumplen con los requisitos, o si quieren desistir. Por ejemplo, si alguien se inscribió por error o cambió su situación familiar, puede presentar una nota en la oficina más cercana con documentos que prueben su situación. También, si un ganador no puede comprar el terreno o no califica para la línea que ganó, el banco lo reasigna automáticamente a otra línea compatible. Todo esto ayuda a que el proceso sea justo y que los beneficios lleguen a quienes realmente cumplen con los requisitos, evitando errores o malentendidos en la asignación de créditos.

Autor: I.A.

Voces

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