CIRCULAR DPAyT Nº 26/14
- Tipo
- Circular
- Número
- 26/14
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 15/07/2014
- Publicación en el BO
- 21/07/2014
- Nombre
- NUEVO SISTEMA OFICIOS JUDICIALES - TIPOS DE TRÁMITES HABILITADOS
2014 - "Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 15 de julio de 2014 CIRCULAR DPAyT Nº 26/14 NUEVO SISTEMA OFICIOS JUDICIALES - TIPOS DE TRÁMITES HABILITADOS La Dirección Procesos Administrativos y Técnicos informa que a partir del día de la fecha se encuentran habilitados en el nuevo sistema de Oficios Judiciales para el alta, modificación y consulta, los Tipos de Trámites que se detallan en la siguiente lista: 450 OFICIOS JUDICIALES ? AMPARO X MORA 464 OFICIOS JUDICIALES ? SUCESIONES 449 OFI. QUEJA - AMPARO X MORA 453 OFI. JUZGADOS PENALES - INFORMES 443 OFI. FONDO DE GARANTIA-APORTE EMPLEADOR 444 OFI. FONDO DE GARANTIA-INCUMP.NOTIF.JUEZ 445 OFI. FONDO DE GARANTIA - INSOLVENCIA 447 REITERACION SUCESIONES Los mismos quedan discontinuados de la opción C del ANME para el alta o modificación, debiéndose trabajar por el nuevo sistema de Oficios Judiciales. A esta aplicación se podrá acceder desde intranetanses Servicios Aplicaciones Aplicación: GCAU ? Sistemas de Gestión Judicial Menú: Oficios Judiciales Cabe destacar que en la opción C de ANME quedarán habilitados solamente los Tipos de Trámites: 466 OFICIOS JUDICIALES ? REMISION EXP 465 OFICIOS JUDICIALES ? INFORMES VARIOS Ante cualquier consulta, por favor contactarse con la Coordinación Procesos de Gestión Interna "C" a los siguientes teléfonos IP 19330, 19115, 19325, 9037, 19218, 19146; ó a la casillas de correo electrónico: (cid:2) CONSULTAS ANME consultasanme@anses.gob.ar; (cid:2) CONSULTAS CAUSAS consultascausasjudiciales@anses.gob.ar.JUDICIALES www.diarioprevisional.com.ar "2014 - "Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Por otra parte se recuerdan las condiciones para dar de alta los Oficios: Se caratula con CUIL? Si/Opcional Con qué CUIL se caratula? Otras Características /Observaciones Ttr Descripción 466 465 OFICIOS JUDICIALES ? REMISION EXP OFICIOS JUDICIALES ? INFORMES VARIOS 455 OFICIOS JUDICIALES ? EMBARGOS X ALIMENTOS 456 457 458 OFICIOS JUDICIALES ? INSANIAS OFICIOS JUDICIALES ? TUTELAS OFICIOS JUDICIALES ? CURATELAS Opcional CUIL Actor Opcional CUIL Actor CUIL Actor SI /CUIL Demandado SI SI SI CUIL Actor CUIL Actor CUIL Actor Si se incluyen el CUIL en la caratula debe ser el CUIL definido en el Actor, Si no, el campo del actor es opcional. El campo del Demandado es opcional siempre Se debe caratular con el CUIL del Actor o del Demandado. No es obligatorio el ingreso de ambos.del Actor es El CUIL obligatorio, no así el del demandado.Se traba un embargo y se utiliza el CUIL del demandado ó del Actor según sobre quien recaiga el embargo. Uno u otro y tienen que ser distintos entre sí. No es obligatorio el ingreso de ambos.463 OFICIOS JUDICIALES ? EMBARGOS EJECUTIVOS CUIL Actor SI /CUIL Demandado 450 464 449 453 443 444 445 OFICIOS JUDICIALES ? AMPARO X MORA SI CUIL Actor OFICIOS JUDICIALES ? SUCESIONES SI CUIL Actor, el cual corresponde al Causante (Fallecido) El CUIL del Actor es obligatorio, no así el CUIL del demandado.OFI. QUEJA - AMPARO X MORA OFI. JUZGADOS PENALES - INFORMES OFI. FONDO DE GARANTIA- APORTE EMPLEADOR OFI. FONDO DE GARANTIA- INCUMP.NOTIF.JUEZ OFI. FONDO DE GARANTIA - INSOLVENCIA SI CUIL Actor Opcional Opcional Opcional Opcional CUIL Actor CUIL Actor Si se incluye el CUIL en la caratula, debe ser el CUIL definido en el actor. Si no, el CUIL Actor es opcional. El campo de Demandado opcional siempre.CUIL Actor CUIL Actor del CUIL es www.diarioprevisional.com.ar "2014 - "Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 447 REITERACION SUCESIONES SI CUIL Actor del Actor El CUIL es obligatorio, no así el CUIL del demandado.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma informa sobre la implementación del nuevo sistema digital para gestionar oficios judiciales en temas de seguridad social, indicando qué tipos de trámites se pueden realizar, cómo acceder y modificar estos trámites, y las reglas para incluir el CUIL en las carátulas. Además, señala que el sistema anterior quedó discontinuado y que solo algunos trámites específicos permanecen en la opción C del sistema anterior. También explica cuándo y cómo debe incluirse el CUIL del actor o del demandado, resaltando que el CUIL del actor es obligatorio y que debe ser distinto al del demandado si ambos se incluyen. Todo esto con el fin de facilitar y estandarizar la gestión judicial en materia previsional y de seguridad social, garantizando la correcta identificación de las partes involucradas.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento informa a los abogados y funcionarios judiciales sobre cómo usar el nuevo sistema digital para tramitar oficios en temas de seguridad social. Básicamente, es como una plataforma en línea donde se pueden solicitar, modificar o consultar diferentes tipos de oficios judiciales, como solicitudes de amparo, sucesiones, embargos, entre otros. La norma también explica que el sistema anterior ya no se usa, salvo para algunos trámites específicos. Además, indica que al presentar un oficio, hay que incluir el CUIL (que es como un número de identificación personal) del actor (la persona que inicia el trámite), que siempre debe estar presente, y del demandado, que es opcional. Es importante que si se incluye el CUIL en la carátula, sea el del actor, y que ambos CUILs sean diferentes si se colocan los dos. Esto ayuda a que la gestión judicial sea más clara y eficiente, evitando errores en la identificación de las partes y facilitando el seguimiento del trámite por parte del sistema judicial.
Autor: I.A.
Voces
- procesos administrativo
- oficios judiciales
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