CIRCULAR DPAyT Nº 42/13

Tipo
Circular
Número
42/13
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
21/08/2013
Publicación en el BO
27/08/2013
Nombre
PAGO POR SERVICIOS USUFRUCTUADOS – LIMPIEZA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPAyT N° 39/13

www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 21 de agosto de 2013 CIRCULAR DPAyT Nº 42/13 PAGO POR SERVICIOS USUFRUCTUADOS ? LIMPIEZA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPAyT N° 39/13 La Dirección General Contrataciones y Servicios informa que a partir del mensual agosto 2013 se implementará un nuevo circuito para el pago de servicios de limpieza mediante el procedimiento de Pago por Servicios Usufructuados.El procedimiento establecido abarca a todos los servicios de limpieza que actualmente se encuentren ejecutándose sin sustento contractual o cuya prestación futura se solicite bajo el procedimiento de Pago por Servicios Usufructuados, los cuales deberán enmarcarse en el circuito que a continuación se detalla. No se permitirá la realización de Compulsas de precios. En caso de ser necesario, deberá elevarse la consulta, la que será evaluada en forma conjunta por la Dirección General Prestaciones Descentralizadas y la Dirección General Contrataciones y Servicios.Características de la facturación Se ha distribuido geográficamente al país por las siguientes regiones, sólo a los efectos de armado del expediente: o Regionales Norte, Noroeste y Noreste o Regionales Cuyo, Centro y Litoral o Regionales Sur I y Sur II o Regionales Bonaerense I, Bonaerense II, Bonaerense III, Bonaerense IV, Conurbano I y Conurbano II.Es por ello que se deberá instruir a los proveedores que deberán confeccionar solo 1 (una) factura por región, describiendo las UDAI y Oficinas que reciben el servicio. En el caso que un mismo proveedor preste servicios en dos o más regiones, deberá confeccionar igual número de facturas. Para servicios prestados en dependencias del interior del país, la factura será recibida por la Dirección General Prestaciones Descentralizadas. De tratarse de Facturas Electrónicas, se deberán remitir al grupo "GerenciadePrestacionesDesentralizadas@anses.gob.ar" En caso que el servicio se preste en una dependencia de CABA o del Conurbano, la factura será recibida por la Dirección de Obras e Infraestructura. Aquellas facturas presentadas fuera del plazo estipulado no serán incorporadas al expediente mensual, quedando pendientes para su inclusión en el próximo mensual.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Factura electrónica: Se deberá pedir factura electrónica al proveedor en aquellos casos incluidas en que el valor del servicio mensual de limpieza de alguna de las dependencias en la factura presentada por región sea superior a $ 50.000,00. o Ejemplo: Udai 1 : 30.000.- Udai 2 : 40.000.- Total 70.000.- No corresponde factura electrónica Udai 1 : 10.000.- Udai 2 : 5.000.- Udai 3 : 55.000.- Total 70.000.- Corresponde factura electrónica Respecto de la Retención de Ingresos Brutos a practicarse, se procederá de acuerdo a la retención que corresponda por cada provincia Dirección General Prestaciones Descentralizadas / Dirección Obras e Infraestructura 1. Recibe la Factura del Proveedor entre el día 1 y el 5 de cada mes, a mes vencido.2. Recibe del Área Usuaria entre el día 1 y el 3 de cada mes: Formulario Electrónico "Conformidad Servicio de Limpieza" disponible en INTRANETAnses ?Servicios ? Información ? Formularios ? Contrataciones 3. Da de alta un expediente bajo el tipo de Tramite "685 ? Pago por servicios usufructuados".4. En caso de recibir la No Conformidad al servicio prestado, deberá informar el monto del debito a aplicar sobre la factura presentada.5. Incorpora al expediente los antecedentes que justifiquen la erogación, fundamentando pormenorizadamente la urgencia o emergencia impostergable que impidió contratar en el marco de la normativa aplicable.6. Adjunta la acreditación de la razonabilidad del gasto (valores unitarios, monto, servicios y/o cantidad de bienes) y copia certificada de los presupuestos.7. Adjunta copia autenticada de la última orden de compra vencida (para el caso en que no se hubiere modificado el importe del bien o servicio) y acta con el cuadro comparativo de precios de los proveedores a los cuales se les hayan solicitado al menos tres (3) presupuestos.8. Conforma la factura y la adjunta al expediente.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 9. Solicita a la Dirección Gestión Presupuestaria la afectación preventiva del gasto vía correo electrónico.10. Una vez recibida la confirmación presupuestaria, la adjunta al expediente.11. Solicita a la Dirección Contrataciones verifique la inexistencia de respaldo contractual de la facturación presentada vía correo electrónico, detallando el lugar y fecha de la prestación de servicios facturados.12. En caso de cambio de prestador de servicio, la causa de la interrupción debe estar documentada en el expediente.13. Para la obtención de nuevo proveedor se debe repetir todo el procedimiento de invitación a diferentes proveedores y obtener el mínimo de presupuestos requeridos, no se admitirá en la nueva compulsa al mismo proveedor que abandono el servicio, salvo que no hubiere otro proveedor en la zona, lo cual deberá estar debidamente justificado.Dirección Contrataciones 14. Recibe la solicitud y verifica la inexistencia de respaldo contractual de la facturación presentada.15. Responde remitiendo la existencia/inexistencia del respaldo contractual, vía correo electrónico con Firma Digital.Dirección General Prestaciones Descentralizadas/ Dirección Obras e Infraestructura 16. Recibe el listado por mail, imprime e incorpora al expediente.17. Elabora e iniciala el Proyecto de Resolución y lo adjunta al expediente.18. El día 20 de cada mes remite el expediente a la Dirección Asesoramiento de la Dirección General Asuntos Jurídicos, solicitando Dictamen.Dirección Asesoramiento - Dirección General Asuntos Jurídicos 19. Recibe el expediente.20. Dentro de los 5 días hábiles de recibido, elabora Dictamen y lo adjunta al expediente.20.1. Si el Dictamen contiene observaciones, devuelve el expediente a la Dirección remitente a fines de su subsanación y, de corresponder, posterior remisión.20.2. Si el Dictamen es favorable, remite el expediente a la Dirección General Contrataciones y Servicios. Continúa en el punto 21.Dirección General Contrataciones y Servicios 21. Recibe el expediente.22. Elabora un informe describiendo la situación actualizada respecto del expediente por el cual tramita la contratación que regularizará la situación y lo adjunta al expediente.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 23. Dentro de los 2 días hábiles de recibido el expediente, lo remite a la Dirección General Administrativa y Técnica.Dirección General Administrativa y Técnica 24. Recibe el expediente.25. Solicita vía correo electrónico a la Dirección Gestión Presupuestaria la reconfirmación de la afectación del gasto y, una vez recibida, la adjunta al expediente.26. Remite el expediente (dentro de los 7 días) a consideración de la autoridad competente para aprobar gastos por servicios usufructuados, de acuerdo a las delegaciones conferidas o que se confieran.27. Suscripción al acto administrativo. La dirección general. Finanzas. www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece un procedimiento específico para la gestión del pago de servicios de limpieza mediante el mecanismo de Pago por Servicios Usufructuados, reemplazando la Circular DPAyT N° 39/13. Se delimita la facturación por regiones geográficas y se regula la emisión de facturas electrónicas cuando el monto mensual supere los $50.000,00. Además, se detallan los pasos administrativos para la recepción, verificación, autorización presupuestaria, respaldo contractual y dictamen jurídico del gasto, incluyendo la participación de diversas áreas institucionales y la necesidad de documentación justificativa en casos de interrupciones o cambios de proveedores. La normativa también contempla la retención de Ingresos Brutos por provincia y la tramitación de expedientes mediante procedimientos administrativos y electrónicos, asegurando la legalidad y control del gasto público en la contratación de servicios de limpieza.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma básicamente dice que, a partir de agosto de 2013, el organismo público implementó un nuevo método para pagar a las empresas que limpian sus oficinas. En lugar de hacer contratos tradicionales, ahora se usará un sistema llamado 'Pago por Servicios Usufructuados', que simplifica y regula cómo se factura y se controla ese pago. Las facturas deben hacerse por región, y si el costo mensual supera los 50.000 pesos, se debe solicitar una factura electrónica, que es una factura digital más segura y controlada. Además, hay un proceso paso a paso para que diferentes áreas revisen y aprueben cada pago, desde verificar que exista un respaldo contractual, confirmar que el gasto sea razonable, obtener la aprobación presupuestaria, y contar con un dictamen jurídico que asegure que todo está en orden. Todo esto busca garantizar que el dinero público se gaste de forma transparente, controlada y legal, evitando irregularidades y asegurando que los servicios de limpieza se paguen solo cuando cumplen con los requisitos establecidos.

Autor: I.A.

Voces

  • servicios
  • pagos

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