CIRCULAR GAFyD Nº 88/11
- Tipo
- Circular
- Número
- 88/12
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 23/11/2012
- Publicación en el BO
- 27/11/2012
- Nombre
- NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN POR HIJO Y CÓNYUGE CON DISCAPACIDAD REEMPLAZA A LA CIRCULAR GAFyD Nº 74/11
www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 23 de noviembre 2011 CIRCULAR GAFyD Nº 88/11 NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN POR HIJO Y CÓNYUGE CON DISCAPACIDAD REEMPLAZA A LA CIRCULAR GAFyD Nº 74/11 Por medio de la presente se informa que en cumplimiento a lo establecido por la Resolución D.E.-N Nº 602 de fecha 10/11/2011, a partir de los turnos otorgados desde el 1° de diciembre de 2011, se modifica la documentación, el procedimiento y el Sistema de carga para la tramitación de la Autorización por Discapacidad necesaria para el cobro de las siguientes asignaciones: Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad Asignación Universal por Hijo con Discapacidad para Protección Social Asignación Familiar por Cónyuge con Discapacidad La mencionada Resolución establece que a los efectos de liquidar las asignaciones mencionadas, ANSES deberá contar y registrar en sus Bases de Datos el Certificado Único de Discapacidad (CUD) expedido en el marco de la Ley N° 22.431.Esta registración se realizará a través de una nueva opción del Aplicativo SADIL (Sistema Administrador de Incapacidad Laboral) cuya operatoria se informará próximamente.Los titulares que soliciten un turno para la tramitación de la Autorización por Hijo/Cónyuge con Discapacidad deberán presentar la siguiente documentación: Formulario de Declaración Jurada para la Tramitación de la Autorización por Hijo/Cónyuge con Discapacidad (en breve será publicado en intranet e internet). Certificado Único de Discapacidad (CUD) expedido en el marco de la Ley N° 22.431 por las Juntas Evaluadoras de la Discapacidad habilitadas a tal efecto por autoridad competente en todo el país. Quedan exceptuadas momentáneamente de la emisión del CUD la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Provincias de Córdoba, Misiones y Santa Cruz las que continúan emitiendo el Certificado de Discapacidad conforme a la Ley Provincial correspondiente. Documentación para la carga de las relaciones en la Base Administrador Datos de Personas de ANSES (ADP) y para actualizar el domicilio tanto del titular como del Discapacitado.www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Con relación a los trámites presentados cuya solicitud de turno sea anterior al 1° de Diciembre de 2011, el procedimiento es el actual, debiendo las UDAI/ Oficinas/ Áreas intervinientes registrar y confirmar en el Sistema PEUN todas las autorizaciones que tengan pendientes.Las autorizaciones que ANSES emita de forma transitoria hasta el 30 de noviembre, tienen validez hasta la fecha de vencimiento. Luego de ese plazo, los beneficiarios deberán tramitar el CUD para presentarlo en ANSES. Lo mismo sucede con aquellas otorgadas en forma permanente, las que mantienen ese carácter a los efectos del cobro de las asignaciones.IMPORTANTE: Teniendo en cuenta que podrían existir demoras en el otorgamiento de los turno para la tramitación de los CUD, se requiere asesorar a los beneficiarios a fin de que, al momento de la solicitud del turno ante el Servicio Nacional de Rehabilitación, soliciten una constancia del día en el que se solicitó el mismo.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa establece un nuevo procedimiento para la tramitación de la autorización por discapacidad (CUD) en el marco de las asignaciones familiares por hijo y cónyuge con discapacidad, reemplazando la circular anterior. A partir del 1° de diciembre de 2011, se requiere la presentación del Certificado Único de Discapacidad (CUD) expedido conforme a la Ley N° 22.431, y la incorporación de una nueva opción en el Sistema SADIL para su registro. Para los trámites previos a esa fecha, se mantiene el procedimiento vigente, con validez transitoria de autorizaciones otorgadas hasta el 30 de noviembre de 2011, que deben ser actualizadas mediante la presentación del CUD. Se recomienda asesorar a los beneficiarios sobre posibles demoras en la obtención del turno para tramitar el CUD, solicitando constancia del día de la solicitud para garantizar la continuidad del cobro de las asignaciones con carácter transitorio.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este cambio en la norma busca que las personas con discapacidad presenten un certificado oficial (el CUD) para que ANSES pueda registrar y verificar su condición en una base de datos centralizada. Esto facilitará que puedan seguir recibiendo beneficios como las asignaciones familiares sin interrupciones. Para quienes ya tenían autorizaciones antes del 1° de diciembre de 2011, esas autorizaciones siguen siendo válidas por un tiempo, pero deben tramitar el CUD para continuar cobrando. La idea es que, en el futuro, todo quede registrado en un sistema digital, haciendo más sencillo y seguro el proceso. Además, se recomienda que los beneficiarios pidan una constancia de la fecha en que solicitaron el turno para tramitar el CUD, en caso de que haya demoras, así podrán demostrar que ya iniciaron el trámite y evitar que se interrumpa su pago.
Autor: I.A.
Voces
- beneficios
- asignacion
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