CIRCULAR GP Nº 31/06

Tipo
Circular
Número
31/06
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
15/05/2006
Publicación en el BO
19/05/2006
Nombre
LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES EN LAS QUE SE INVOCA EL PLAN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDA PREVISTO POR EL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 25.994 Y POR LA LEY Nº 24.476. ACTUACIÓN DE ANSES COMO ORGANISMO DE RETENCIÓN PAUTAS GENERALES

www.diarioprevisional.com.ar "2006 - Año del matrimonio al Dr. Ramón CARRILLO" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 15 de mayo de 2006.- CIRCULAR GP Nº 31/06 LISTA DE PRESTACIONES EN LAS QUE SE INVOCA EL PLAN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDA PREVISTO POR EL ARTÍCULO 6º DE LA LEY Nº ACTUACIÓN DE ANSES COMO ORGANISMO DE RETENCIÓN 25.994 Y POR LA LEY Nº 24.476.PAUTAS GENERALES La Dirección Ejecutiva mediante el dictado de la Resolución Nº 253 de fecha 23 de marzo de 2006, se publicará una vez que se hayan otorgado las prestaciones en el marco de la Ley Nº 25.865 en su Título II, la disposición complementaria contenida en el Art º. 6 de la Ley Nº 25.994 y el Régimen de Regularización Voluntaria de la Deuda prevista en el Capítulo II de la Ley 24.476 (Versión modificada del Decreto Nº 1454/2005), esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Las entradas se publican a partir del mes de JULIO / 06 y hasta el vencimiento de la última cuota del plan de regularización de la deuda.I.- Consideraciones generales Las retenciones de las cuotas mensuales se reparten las sujetas a las disposiciones del artículo 14 de la ley Nº 24.241 y el artículo 9º de la Ley Nº 24.476, para lo que se debe retener sobre las normas previas de los derechos relacionados Sumas que superan el límite del 20%, todo lo que se refiere a los requisitos del artículo 14, cuando la razón del total de la deuda y el plazo de duración del plan de moratoria, así lo determinan.Si el monto total de la deuda se divide en algunos de los planes de regularización voluntaria previstos por las Leyes Nº 24.476, Nº 25.865 y Nº 25.994, sus complementarias y modificatorias, ningún resultado se cancela íntegramente con el motivo de la retención mensual que se efectúa en esta forma La seguridad se ha convertido en el titular de la deuda. (conf. Art. 2º-Resol. DE Nº 254/06). La última publicación de ANSES La situación descriptiva precedente, la misma publicación, esta última, a los efectos de la intervención de su competencia. .3º - Resol. DE Nº 254/06).En los supuestos en que descontar la cuota respectiva el "neto a cobrar" resulte inferior a $ 5,00, el sistema limitará el descuento de moratoria de forma que el importe al pago mar $ 5,00.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Las cuotas mensuales del plan de regularización de la deuda por el que hubiera optado El afiliado, la causa o el derecho de los hijos, la redacción de la administración pública de la seguridad social (ANSES), no devengarán interés en el resarcitorio y el papel de la letra. Estaba previsto en el plan respectivo (art.1º - Resol. DE Nº 254/06). Dicho procedimiento sólo resultará viable cuando ANSES ofrezca el beneficio previsional solicitado, no pudiendo ser invocado en otras circunstancias.La determinación de las cuotas a partir del plan de regularización de la deuda por el cual se ha optado por los solicitantes, las vencidas a partir del mes de julio / 06 y hasta el mes anterior al mes de alta de la prestación de servicios se realizará en la base a la La Administración Federal de Ingresos Públicos, la cantidad total de cuotas del plan de selección y el monto de las mismas. Las cuotas con vencimiento futuro en el mes de la concesión de la prestación se descontarán en forma mensual hasta la finalización del plan de regularización escogido.II.- Prestaciones contempladas. Pautas para su incorporación Las prestaciones contempladas según el plan de regularización de la deuda, son: - PBU-PC-PAP, PEA y Pensiones Directas y Derivadas- Leyes Nº 25.865, Nº 25.994 y Nº 24.476, tanto de afiliados al Régimen de Reparto como al de Capitalización - ¿RTI y Pensiones Directas y Derivadas, sólo el Régimen de Reparto? Ley Nº 24.476. Aquellos beneficios en el que usted debe aplicar el descuento en las cuotas de moratoria, en la atención en la cantidad de cuotas faltantes hasta el vencimiento del plan de regularización de la deuda, se deben incluir en el sistema PRPA con las siguientes leyes aplicadas: "PM - Ley 25.994 y Moratoria "o" PO? Moratoria Ley 24.476 ",.A partir del mensual 07/2006 y en el momento de generar el beneficio por el sistema PRPA, se establecerán los descuentos en las cuotas de moratoria vencidas (retroactivo) y mensual. La información sobre los beneficios, los datos de alta con el 07/2006, solo se debe descontar la cuota de moratoria correspondiente al referido mensual. A tal efecto la retención de las cuotas vencidas a partir del mes de julio / hasta el mes anterior en que se produzca el otorgamiento y la puesta en servicio de la prestación y que el vencimiento se produzca en el futuro se efectuará a través de los siguientes códigos: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 500 - 200:" CARGO CUOTA MORATORIA LEY Nº 25.865. RETROACTIVO "300 - 200:" CARGO CUOTA MORATORIA LEY Nº 25.865. MENSUAL "La información que posibilita el cálculo se ha convertido en un compromiso. PRPA. Los archivos se remiten a la Administración Federal de Ingresos Públicos, se puede dar a conocer dos situaciones, un sable: (cid: 190). en el referido archivo, en cuyo caso el sistema PRPA asumirá la cantidad de las cuotas remanentes del plan informada por AFIP y el importe de las mismas. A continuación se entregarán los elementos del procedimiento y se ajustará al sistema PRPA: Ejemplo 1: Alta septiembre de 2006. Mes inmediato anterior al alta: 08/2006. Cantidad de cuotas adeudadas: 28 cuotas Importe de cada Cuota: $ 100,00.- Fecha Inicial de Pago: 02-10-2005. Cantidad de Cuotas a descontar del retroactivo: 2 cuotas (de 07 a 08/2006). Cuota mensual (correspondiente a alta): 1 cuota. Cuotas remanentes a pasar a los sistemas líquidos: 26 cuotas (28 cuotas adeudadas remanentes? 2 cuotas retroactivas).Ejemplo 2: Alta noviembre de 2006. Mes inmediato anterior al alta: 10/2006. Fecha Inicial de Pago: 01-01-2006. Cantidad de cuotas adeudadas remanentes: 3 cuotas Importe de cada Cuota: $ 150,00.- Fecha Inicial de Pago: 01-01-2006. Cantidad de Cuotas a descontar del retroactivo: 3 cuotas (de 07 a 09/2006). Cuota mensual (correspondiente a alta): 1 cuota. Cuotas remanentes a pasar los sistemas líquidos: 0 cuotas (3 cuotas adeudadas remanentes? 3 cuotas retroactivas).Ejemplo 3: Alta julio de 2006. Mes inmediato anterior al alta: 06/2006. Fecha Inicial de Pago: 01-01-2006. Cantidad de cuotas adeudadas remanentes: 3 cuotas Importe de cada Cuota: $ 150,00.- Fecha Inicial de Pago: 01-01-2006. Cantidad de Cuotas a descontar del retroactivo: 0 cuotas. Cuota mensual (correspondiente a alta): 1 cuota. Cuotas remanentes a pasar a los sistemas líquidos: 3 cuotas (3 cuotas adeudadas remanentes? 0 cuotas retroactivas).(cid: 190) Que el CUIT del beneficiario NO se encuentra incluido en el archivo de AFIP, en cuyo caso el operador del sistema PRPA ingresará al sistema de la cantidad de cuotas remanentes, el importe de la cuota y la cantidad de cuotas a www. diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social descontar del retroactivo, información que debe ser tomada de la documentación por el solicitante del Beneficio al momento de generar la alta de la prestación.A multas, el operador tendrá que seguir en la pantalla de "Conceptos Especiales de Hábitos y Descuentos" el concepto PRPA que a continuación se describe: Descripción Código PRPA Moratoria 25865 ó 24476 510 Códigos Equivalentes para la Liquidación 500-200 300-200 El formato del código PRPA "510" será: Total total de Cuotas remanentes1, Importe de la Cuota y Cantidad de cuotas a descontar del retroactivo :.APPDESC-PRP1-V040412 LEY 24.241 TÉRMINO .: HC2R 10/03/06 20:43:14 CONCEPTOS ESPECIALES DE HABERES Y DESCUENTOS ________________________________________________________________________________ DATOS DEL AFILIADO NRO. CUIL / CUIT: 20 1922074 6 TIPO DOC .: DU DOC. NRO .: 1922074 APELLIDO Y NOMBRE / S: AUTORDE ALBERTO D ------------------------------------- ------------------------------------------- Cod. | Descrip. | Cuit Origen | F.Hasta | Imp.Total | Imp.Mens. Cuota | Cuotas | | | | | Imp.Mens. Reman. Retro ---- | ------------- | ----------- | ---------- | ------- --- | ---------- | ------- | -------- 510 MORATOR CARGO ---------------- -------------------------------------------------- -------------- 01 = AYUDA 03 = CONTINUAR 04 = BORRA LINEA 09 = BORRA PANTALLA 11 = CONFIRMAR ENTRAR VALIDAR 12 = ABANDONAR 200,00 30 2 Este es un enlace prioritario sobre cualquier otro tipo de descuentoSe suministra a continuación ejemplos para determinar la información un registrador en el sistema por parte del operador no se encuentra registrado en el archivo remitido por la AFIP: 1 La cantidad total de las cuotas remanentes se establece como la diferencia entre la cantidad total de cuotas remanentes informadas en el archivo remitido por AFIP o informadas por el operador en base a la documentación obrante en el expediente y la cantidad de cuotas a descontar en el período retroactivo.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Ejemplo 1: Alta septiembre de 2006. Mes inmediato anterior al alta: 08 / 2006. Cantidad de cuotas adeudadas remanentes informadas: 28 cuotas Importe de cada Cuota: $ 100,00.- Fecha Inicial de Pago: 02-10-2005. Cuota de Cuotas a Descontar del Retroactivo Informadas: 2 Cuotas Cuota mensual (correspondiente al alta): 1 cuota. Cuotas remanentes a pasar a sistemas líquidos: 26 cuotas (28 cuotas adeudadas remanentes informadas? 2 cuotas retroactivas informadas por el operador).Ejemplo 2: Alta noviembre de 2006. Mes inmediato anterior al alta: 10/2006. Fecha Inicial de Pago: 01-01-2006. Cantidad de cuotas adeudadas informadas: 3 cuotas Importe de cada Cuota: $ 150,00.- Cantidad de Cuotas a descontar del retroactivo informadas: 3 cuotas. Cuotas remanentes a pasar a los sistemas líquidos: 0 cuotas (3 cuotas adeudadas remanentes informadas? 3 cuotas retroactivas informadas por el operador).Ejemplo 3: Alta julio de 2006. Mes inmediato anterior al alta: 06/2006. Fecha Inicial de Pago: 01-01-2006. Cantidad de cuotas adeudadas remanentes informadas: 3 cuotas Importe de cada Cuota: $ 150,00.- Fecha Inicial de Pago: 01-01-2006. Cantidad de Cuotas a descontar del retroactivo informadas: 0 cuotas. Cuota mensual (correspondiente a alta): 1 cuota. Cuotas remanentes a pasar a los sistemas líquidos: 3 cuotas (3 cuotas adeudadas remanentes? 0 cuotas retroactivas).Con la información que se tiene en cuenta, por ejemplo, por medio de la liquidación, se aplicará el descuento retroactivo en el concepto de cuotas por la moratoria y por el corresponsal. La cantidad de cuotas remanentes con cada proceso de liquidación mensual. En los supuestos de pensiones coparticipadas, el importe del descuento por el pago de la moratoria, el servicio se realiza en función del porcentaje del beneficio que corresponde a cada uno de los derechos humanos, teniendo en cuenta la cantidad y el parentesco con el causante.A continuación se adjunta para conocer el modelo de CPP implementado que contiene el dato del descuento efectuado por "Cuota de Moratoria AFIP": www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2006 - Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social IMPORTANTE: Aquellos casos en que se verifique que el solicitante se haya optado por más de un plan de regularización de la deuda, se mantengan reservados a la espera de nuevas pautas, en la razón de no encontrase correspondiente en el archivo suministrado por AFIP. www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa regula el plan de regularización de deuda previsional en el marco de las Leyes Nº 24.476, Nº 25.865 y Nº 25.994, estableciendo las pautas para la publicación, retención y descuento de cuotas, así como la incorporación de prestaciones en el sistema previsional. La ANSES actúa como órgano de retención y liquidación, determinando las cuotas a pagar, los límites de retención, y la forma de aplicar los descuentos retroactivos y mensuales, incluyendo procedimientos específicos para casos de moratoria y beneficios previsionales, con énfasis en la compatibilidad con la información de AFIP. La normativa también contempla la limitación de intereses y la gestión de cuotas remanentes, asegurando la correcta incorporación y liquidación de las prestaciones y las deudas previsionales en el sistema de seguridad social.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma básicamente dice que si tienes una deuda con la seguridad social, puedes regularizarla mediante un plan de pagos. La ANSES, que es la entidad encargada, se encargará de retener las cuotas mensuales de tu sueldo o pensión, siempre que estas no sean demasiado altas en comparación con tu ingreso total. Además, si tienes una deuda grande, puedes hacer un acuerdo para pagarla en cuotas, y la ley establece cómo se calculan esas cuotas, cómo se descuentan de tu pago y qué pasa si la deuda es muy pequeña. También explica cómo se registran estos pagos en los sistemas de la AFIP y la ANSES, y qué hacer en caso de que tengas más de un plan o si la información de la AFIP no coincide con la de la ANSES. En resumen, la ley busca facilitar que las personas puedan ponerse al día con sus deudas previsionales sin perder sus beneficios, siempre y cuando cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos.

Autor: I.A.

Voces

  • prestaciones

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