CIRCULAR GP Nº 29/07

Tipo
Circular
Número
29/07
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
28/06/2007
Publicación en el BO
02/07/2007
Nombre
SERVICIOS DOCENTES AMPLIACIÓN DE LA CIRCULAR GP Nº 03/07

www.diarioprevisional.com.ar "2007 - Año de la Seguridad Vial" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 28 de Junio ​​de 2007.- CIRCULAR GP Nº 29/07 SERVICIOS DOCENTES AMPLIACIÓN DE LA CIRCULAR GP Nº 03 / 07 82% = $ 820 El motivo de la presente es ampliar y aclarar los términos de la Circular GP Nº 03/07, con respecto a la liquidez de aquellos beneficios en donde el titular solicita la aplicación del Dto. 137/05 - Docentes. Por lo que se ha mencionado anteriormente, una fin de liquidar el Suplemento Docente, se puede tener en cuenta para tener en cuenta lo siguiente: Hasta el mensual 05/2006 inclusive: Ejemplo: Sueldo en Actividad: $ 1000 Haber mensual: $ 400 Primero se calcula el 022-022 (10 %) del haber mensual: $ 40 y se suma a Haber Mensual, alcanzando la suma de $ 440. Luego se resta $ 820 - $ 440 = $ 380 que es el Suplemento Docente. Entonces, la liquidación quedaría conforme a la siguiente manera: Haber mensual: $ 400 Supl. Movilidad: $ 40 Suplem. Doc: $ 380 Total al pago: $ 820 A partir del mensual 06/2006, con el aumento a Jubilados y pensados, la liquidación es la siguiente manera: Este aumento se aplica sobre el total que percibe el titular del beneficio, o mar: Se calcule el 11% de $ 820, que alcanza la suma de $ 90,20 Entonces, la liquidación quedaría conforme a la siguiente manera: Haber Mensual: $ 400 Supl. Movilidad: $ 130,20 ($ 40 por el 10% + $ 90,20 por el 11%) Supl. Docente: $ 380 Total al pago: $ 910,20 A partir del mensual 01/2007, con el aumento a Jubilados y Pensionados, la liquidación es la siguiente manera: Este aumento se aplica sobre el total que percibe el titular del beneficio, o mar : Se calculó el 13% de $ 910,20, que alcanza la suma de $ 118,32 Entonces, la liquidación quedaría conforme a la siguiente manera: Haber Mensual: $ 400 Supl. Movilidad: $ 248,52 ($ 40 por el 10% + $ 90,20 por el 11% + $ 118,32 por el 13%) Supl. Docente: $ 380 Total al pago: $ 1028,52. 160/05 para Investigadores científicos, que se publicará en el 85%.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa detalla la metodología de liquidación de beneficios previsionales para docentes, estableciendo la incorporación progresiva de suplementos y aumentos porcentuales sobre el haber base, incluyendo la movilidad y el suplemento docente. La circular amplía y aclara los procedimientos de cálculo desde 2006 hasta 2007, precisando las etapas de actualización en función de los incrementos porcentuales aplicados sobre el total percibido, en concordancia con las disposiciones del Decreto 137/05 y las normativas complementarias. Se establecen los parámetros para la liquidación del suplemento docente y la movilidad, diferenciando los procedimientos antes y después de los aumentos en los meses 05/2006, 06/2006 y 01/2007, garantizando la correcta actualización de los beneficios según la normativa vigente.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma explica cómo se calcula el dinero que recibe un docente jubilado o pensionado, incluyendo diferentes componentes como el sueldo base, un suplemento por movilidad y otro por docencia. Desde 2006, se suman porcentajes adicionales (como el 10%, 11% y 13%) sobre el total que recibe, para ajustar los pagos con la inflación y los aumentos. Es como si a tu sueldo le fueran agregando porcentajes en etapas, para que no pierda poder adquisitivo. La circular aclara cómo hacer estos cálculos en cada período, asegurando que el monto final sea correcto y actualizado según las reglas del gobierno.

Autor: I.A.

Voces

  • beneficios
  • liquidacion

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)