CIRCULAR GP Nº 31/11

Tipo
Circular
Número
31/11
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
11/05/2011
Publicación en el BO
16/05/2011
Nombre
PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS OPCIÓN MORATORIA RESOLUCIÓN SSS Nº 592/79 - AMPLIACIÓN DE PERÍODOS USO DEL SICAM II REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 18/11

www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 11 de mayo de 2011 CIRCULAR GP Nº 31/11 PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS OPCIÓN MORATORIA RESOLUCIÓN SSS Nº 592/79 - AMPLIACIÓN DE PERÍODOS USO DEL SICAM II REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 18/11 Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado formula opción por la Moratoria Res. SSS Nº 592/79 en el Form. Nº 558/A del SICAM, y amplía los servicios anteriores a la fecha de inicio de actividades que surge de la pantalla AUT1, dicho período ampliado anterior a la citada fecha deberá ser informado en el SICAM II, tal como lo dispone la Circular GPA Nº 38/10.Se aclara además que el caso mencionado, es el único supuesto de uso obligatorio del SICAM II.En los restantes casos, si presenta el SICAM II y no opta por la Res. SSS Nº 592/79, no habría inconveniente alguno en aceptar el mismo en dichas condiciones.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma detalla el procedimiento para la declaración de servicios autónomos y monotributistas en el marco de la opción por la moratoria prevista en la Resolución SSS Nº 592/79, estableciendo que si el afiliado opta por dicha moratoria en el formulario SICAM y amplía sus servicios anteriores a la fecha de inicio de actividades, esta ampliación debe ser informada en SICAM II. Además, se especifica que el uso obligatorio de SICAM II se limita a estos casos particulares, permitiendo en otros supuestos la presentación en dicho sistema sin inconvenientes si no se opta por la moratoria.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma dice que si una persona que trabaja por cuenta propia decide acogerse a un plan de regularización de sus aportes (la moratoria), y además informa que empezó a trabajar antes de la fecha que aparece en su sistema, debe actualizar esa información en un sistema llamado SICAM II. Solo en ese caso, el uso de SICAM II es obligatorio. Para otros casos, si no opta por esa moratoria, puede usar SICAM II sin problemas, pero no está obligado a hacerlo.

Autor: I.A.

Voces

  • servicios
  • monotributo

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