CIRCULAR GP Nº 33/07
- Tipo
- Circular
- Número
- 33/07
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 18/07/2007
- Publicación en el BO
- 21/07/2007
- Nombre
- CONTROLES COMPLEMENTARIOS EFECTUADOS POR LA GERENCIA DE CONTROL RESOLUCIÓN D.E.A N° 884/06 - CASOS RETENIDOS / SUSPENDIDOS
www.diarioprevisional.com.ar "2007 - Año de la Seguridad Vial" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 18 de Julio de 2007.- CIRCULAR GP Nº 33/07 CONTROLES COMPLEMENTARIOS EFECTUADOS POR LA GERENCIA DE CONTROL RESOLUCIÓN D.E.A N° 884/06 - CASOS RETENIDOS / SUSPENDIDOS A solicitud de la Gerencia Control Prestacional y Fiscalización, se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta Administración Nacional, el procedimiento a aplicar ante reclamos de beneficiarios de Jubilaciones de Autónomos (JAAP o Presenciales) cuyas prestaciones han sido retenidas y suspendidas como producto de los controles complementarios efectuados por dicha Gerencia. La presente circular abarca sólo los casos correspondientes a los controles complementarios efectuados por la Gerencia de Control en virtud de la Res. DEA Nº 884/06 y regirá a partir del alta Agosto/2007, mensual a partir del cual las suspensiones derivadas de las retenciones efectuadas por dicha Gerencia, serán realizadas por la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones mediante un procedimiento de excepción. Los casos involucrados se publicarán en Intranet (Servicios / Autopista de Servicios Interna) indicando el motivo que ha generado la retención.I. - Detalle de Tareas La UDAI deberá, ante el reclamo del titular: 1. Verificar que el beneficio en cuestión se encuentra en el archivo publicado en Intranet.Caso contrario no corresponde la aplicación del procedimiento descripto por la presente.2. De encontrarse incluido, analizar el reclamo del titular teniendo en cuenta la normativa vigente: Resolución D.E.A - N° 884/06 y circulares complementarias, como así también el motivo de la retención informado en Intranet: 2.1. En el caso de no corresponder su activación, se debe notificar al titular los motivos que han generado la suspensión indicándole que el pago de la prestación queda supeditada al pago total de la deuda.2.2. En caso de corresponder la puesta al pago del mismo se deberá: Efectuar la activación -por el sistema REPA- para el mensual en proceso que corresponda a la presentación del titular. En consecuencia el sistema liquidador activará automáticamente desde el primer mensual suspendido. Sólo quedará pendiente por parte de la UDAI la carga -por el sistema LMN- de lo liquidado en el mensual de alta del beneficio, el cual contiene el retroactivo correspondiente.Cualquier activación que se efectúe es estricta responsabilidad del Jefe de UDAI quien debe constatar que no exista incompatibilidad alguna para el cobro del beneficio retenido y suspendido. Sobre las acciones encaradas por las UDAI conforme el procedimiento que por la presente se normatiza, la Gerencia Control ejecutará los controles de su competencia, a través de la Gerencia Detección y los grupos móviles dependientes de la Gerencia Control Prestacional y Fiscalización.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular establece el procedimiento para la atención de reclamos de beneficiarios de Jubilaciones de Autónomos (JAAP o Presenciales) cuyas prestaciones han sido retenidas o suspendidas tras controles complementarios realizados por la Gerencia de Control, en virtud de la Resolución DEA N° 884/06. La normativa detalla los pasos que deben seguir las Unidades de Atención (UDAI) para verificar la inclusión del beneficio en el archivo publicado en Intranet, analizar la procedencia del reclamo, y en caso afirmativo, activar la pago mediante el sistema REPA, asegurando la compatibilidad del beneficiario con el cobro. La resolución también especifica que las suspensiones y retenciones serán gestionadas por la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones a partir de agosto de 2007, y que la Gerencia Control realizará controles de cumplimiento y seguimiento.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica cómo deben actuar las oficinas de la seguridad social cuando un jubilado autónomo reclama por una prestación que fue retenida o suspendida tras revisiones de rutina. Si el beneficio aparece en la lista publicada en Intranet, la oficina debe revisar si el reclamo es válido. Si no lo es, le informan que debe pagar una deuda antes de recibir su dinero. Si el reclamo es correcto, activan el pago en el sistema, asegurándose de que el beneficiario cumple con los requisitos para cobrar. Esto ayuda a que los jubilados puedan recibir sus pagos sin errores, siempre que hayan cumplido con las condiciones y no tengan deudas pendientes. La norma busca ordenar y agilizar estos procesos, garantizando transparencia y control en la gestión de las prestaciones.
Autor: I.A.
Voces
- seguridad social
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