CIRCULAR GP Nº 38/11

Tipo
Circular
Número
38/11
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
15/06/2011
Publicación en el BO
17/06/2011
Nombre
OPERATIVO LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES GRUPO APOYO SENTENCIAS JUDICIALES RESOLUCIÓN D.E. Nº 321/11

www.diarioprevisional.com.ar "2011? Año del Trabajo Decente, Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 15 de junio de 2011 CIRCULAR GP Nº 38/11 OPERATIVO LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES GRUPO APOYO SENTENCIAS JUDICIALES RESOLUCIÓN DE Nº 321/11 La Resolución DE Nº 321/11, tiene un objeto que se traduce en la producción de trámites de expediciones de cumplimiento de Sentencias judiciales por reajustes de los derechos que se encuentran en las condiciones de ser resueltos con un menor nivel de complejidad en la Gerencia Monitoreo de la Actividad Jurídica, y que a partir de la fecha los derivados, el marco de un operativo especial, el ámbito de la Subdirección de Prestaciones, para su resolución.Para ello se crea un grupo denominado "Grupo de Apoyo Sentencias Judiciales", cuyo código de oficina será 49300030 y estará a cargo de la Gerencia Tramites Complejos dependientes de la Gerencia Prestaciones Centralizadas. El Grupo Apoyo Sentencias Judiciales operará por el período 14/06/2011 hasta el 31/08/2011, con posibilidad de prorrogar su desempeño por 3 meses en el caso de que las condiciones operativas reflejen tal necesidad y sea un cargo de la Gerencia Tramites Complejos Dependencia de la Gerencia Prestaciones Centralizadas.La liquidación de las actividades de Sentencias Judiciales por parte de este grupo especial se presta a través de la aplicación SICASENTE para, en el sentido de lo que corresponde a las normas vigentes en este sentido. El Grupo Apoyo Sentencias Judiciales no tendrá habilitado el sistema LMN. Solo en caso de excepción se activará para un trámite que lo requiera. La Gerencia Control Prestacional implementar un esquema de control muestral para asegurar el control de calidad de la actividad y la carga de las áreas operativas relevantes. Cabe aclarar que durante la vigencia del sistema operativo, se considera como la producción el reajuste favorable o desfavorable por número de beneficio, independientemente de la cantidad de caratulaciones por secuencia que se han efectuado por beneficio liquidado.Gerencia Gestión de Sentencias Judiciales (GGSJ) 1. 2. Efectúa la Carga Básica (Oper 1) y Supervisión Carga Básica (Oper 2) Semanalmente remite los expedientes al Grupo Apoyo Sentencias Judiciales - Oficina 49300030, para su liquidación. www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2011? Año del Trabajo Decente, la Salud y la Seguridad de los Trabajadores Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Grupo Apoyo Sentencias Judiciales (GASJ) 3. 4. La Carga de Datos de Recibos Los proveedores de GGSJ enunciados en el punto Procede Supervisión de los Datos de la Sentencia (Oper 4). Información sobre la Gerencia de Evaluación de Procesos de Control.la Sentencia (Oper 3) y la Gerencia de Evaluación de Procesos de Control (GEPC) 6. Recibe un archivo que hace una mención el punto anterior con la totalidad de las expedientes en Oper 4. Confecciona la muestra y remite a la Gerencia de Detección La lista de expedientes. Gerencia de Detección (GD). Remite a la GGSJ la muestra de expedientes para realizar el control preventivo. Gerencia Gestión de Sentencias Judiciales (GGSJ) 10. Recibió la solicitud de expedientes y ser controlados por GD. 11. Envíe el listado de expedientes a GRSJ y GASJ que se remitirán a GD. Gerencia Gestión Sentencias Judiciales (GGSJ) - Grupo Apoyo Sentencias Judiciales (GASJ) 12. Remitir los expedientes solicitados a Gerencia Detección.Importante: las liquidaciones de los expedientes solicitados para su control, que no sean las remesas, serán las dadas de Baja. Gerencia de Detección (GD) 13. Recibe los expedientes para controlar. 14. Realiza la revisión y emite el informe técnico glosando el mismo a cada expediente. 15. Remite el expediente a la GRSJ. Gerencia Resolución Sentencias Judiciales (GRSJ) 16. Para los tiempos que han sido liquidados y cerrados en la Operación 4 por el GASJ, se debe realizar el cierre de las novedades (Operación 5). 17. Confecciona los listados para generar bajas e impuestos a las ganancias o la fecha de proceso. 5. 7. 8. 9. www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución N° 321/11 establece un operativo temporal para la liquidación de sentencias judiciales relacionadas con reajustes de derechos previsionales, mediante la creación del 'Grupo de Apoyo Sentencias Judiciales' (código 49300030), dependiente de la Gerencia Trámites Complejos. Este grupo opera desde el 14/06/2011 hasta el 31/08/2011, con posibilidad de prórroga, y realiza la liquidación mediante la aplicación SICASENTE, sin habilitación del sistema LMN salvo excepciones. Se implementa un esquema de control de calidad muestral por parte de la Gerencia Control Prestacional, y la producción se determina por el número de beneficios liquidado, sin considerar la cantidad de secuencias por beneficio. La gestión incluye carga, supervisión, control y cierre de expedientes, coordinados entre varias gerencias, con énfasis en la eficiencia y control de la actividad judicial en materia previsional.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma crea un equipo especial para encargarse de resolver rápidamente las sentencias judiciales relacionadas con reajustes en beneficios previsionales, como pensiones o jubilaciones. Este equipo trabaja por un tiempo limitado, desde mediados de junio hasta finales de agosto de 2011, y puede extenderse si es necesario. Utilizan un sistema específico llamado SICASENTE para hacer los cálculos y tramitar las liquidaciones, pero no usan otro sistema llamado LMN a menos que haya una excepción. Además, se revisan y controlan los expedientes en varias etapas, asegurando que los beneficios se ajusten correctamente y que todo esté en orden, con controles de calidad para evitar errores. En la práctica, esto significa que si tienes un beneficio previsional que fue ajustado por una sentencia judicial en ese período, tu trámite será gestionado por este equipo especial, buscando que el proceso sea más ágil y confiable, y que los reajustes se hagan de manera correcta y controlada.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • sentencias

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