CIRCULAR GP Nº 41/10

Tipo
Circular
Número
41/10
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
19/08/2010
Publicación en el BO
22/08/2010
Nombre
AUMENTO A BENEFICIARIOS DE LUZ Y FUERZA APLICADO EN EL MENSUAL SEPTIEMBRE/2010

www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 19 de agosto de 2010 CIRCULAR GP Nº 41/10 SEPTIEMBRE/2010 AUMENTO A BENEFICIARIOS DE LUZ Y FUERZA APLICADO EN EL MENSUAL Se pone en conocimientos de todas las áreas operativas de la Organización, que en atención a lo dispuesto por Nota SP Nº 6432/2010 y SSS Nº 6529 del MTEySS se dispuso un aumento del 9,23%, para los beneficiarios de Luz y Fuerza, a partir del mensual septiembre/2010: Las pautas a tener en cuenta para aplicar en cada una de las casuísticas, son las siguientes: 1. BENEFICIOS LEY ANTERIOR A 24.241.o El suplemento por movilidad 095 033 se determinará aplicando sobre los importes de los conceptos 001 XXX, 033 000, 034 000, 021 000 y 088 000 (de existir), el coeficiente de actualización del 292,2591% (resultante de acumular los distintos incrementos ya acordados: 19%, 13%, 15% 13%, 12%, 20%, 40%, 9,22% y 9,23%).Ejemplo: Liquidación 08/2010: 001-XXX $ 600,00 033-000 $ 100,00 034-000 $ 150,00 022-000 $ 85,00 095-033 $ 2.202,46 Total $ 3.137,46 Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 600,00 033-000 $ 100,00 034-000 $ 150,00 022-000 $ 85,00 095-033 $ 2.484,20 Total $ 3.419,20 En los casos que al beneficio deba bonificarse por zona austral, la misma se calculará con la metodología vigente, estos es, 40 % del haber mensual de la prestación (001 compensado por el 033 000 y/o 034 000), más el 022 022.2. BENEFICIOS DE LEY 24.241 CON CÓDIGO DE AUMENTO 033-033.o El suplemento por movilidad 033033 se determinará aplicando a la suma de los conceptos 001 (en todas sus empresas) más el 088 000 (de existir) el 180,5960% (acumulado 40% + 68% + 9,22% + 9,23%). o El resultado obtenido, será el nuevo importe del concepto 033 033 (001 XXX + 088 000)* 180,5960% = 033 033 (cid:206) correspondiente a 09/2010.www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Ejemplo: Liquidación 08/2010: Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1.600,00 033-033 $ 2.510,16 Total $ 4.110,16 001-XXX $ 1.600,00 033-033 $ 2.889,53 Total $ 4.489,53 De existir casos de ex-capitalización, se procederá con igual criterio que en el punto anterior, incluyendo los conceptos 003 (en todas sus empresas, con excepción de los códigos de ART. 003-981, 003-982 y 003- 985). Por cuanto, deberán sumarse los importes de los conceptos 001 (en todas sus empresas) más 003 (en todas sus empresas, a excepción de los conceptos de ART), más el 088 000 (de existir) y sobre esta suma calcular el 180,5960%. El resultado será el nuevo importe del concepto 033 033, con lo cual: (001 XXX + 003 XXX + 088 000) * 180,5960% = 033 033 (cid:206) correspondiente a 09/2010.001-XXX $ 1.200,00 005-XXX $ 400,00 033-033 $ 1.882,62 Total $ 3.082,62 www.diarioprevisional.com.ar 003-XXX $ 400,00 033-033 $ 2.510,16 Total $ 4.110,16 003-XXX $ 400,00 033-033 $ 2.889,54 Total $ 4.489,54 o Encontrándose casos de ex-capitalización con modalidad "V" (Rentas Vitalicias), para este aumento NO deben contemplarse los conceptos 003 XXX ó 005 XXX residente en la liquidación. Quedando: (001 XXX + 088 000) *180,5960% = 033 033 (cid:206) correspondiente a 09/2010.Ejemplo: Liquidación 08/2010: 001-XXX $ 1.200,00 Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1.200,00 Ejemplo: Liquidación 08/2010: " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1200,00 005-XXX $ 400,00 033-033 $ 2.167,15 Total $ 3.767,15 En los casos que al beneficio deba bonificarse por zona austral, y que tenga el código 033 033 informado, la misma se calculará aplicando el 40 % sobre la sumatoria de los haberes mensuales de la prestación (001en todas sus empresas).3. BENEFICIOS LEY 24241 CON CÓDIGO DE AUMENTO 033 034.con anterioridad a 06/2010.o Solo se aplicará el aumento a aquellos beneficios cuya alta hubiese operado o El suplemento por movilidad 033 034 se determinará sumando los conceptos 001 (en todas sus empresas) más el 088 000 (de existir), mas el 033 034 y sobre esta suma se aplicará el 9,23 %. o El resultado debe sumarse al monto del concepto de movilidad de Luz y Fuerza de 08/2010: (001 XXX + 088 000 + 033 034) * 9,23 % = Z + Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza (033 034 de 08/2010) = Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza 033 34 correspondiente a 09/2010.Ejemplo: Alta anterior a 06/2010: Liquidación 08/2010: 001-XXX $ 1.600,00 033-034 $ 1.370,78 Total $ 2.970,78 Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1.600,00 033-034 $ 1.644,98 Total $ 3.244,98 o De existir casos de ex-capitalización, se procederá con igual criterio que en el punto anterior, incluyendo los conceptos 003 (en todas sus empresas, con excepción de los conceptos de ART 003-981, 003-982 y 003-985).Se deberán sumar los conceptos 001 (en todas sus empresas) más 003 (en todas sus empresas, a excepción de los conceptos de ART) + 088 000 + 033 034) * 9,23% = Z + Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza (033 034 de 08/2010) = Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza 033 034 correspondiente a 09/2010.www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Ejemplo: Alta anterior a 06/2010: Liquidación 08/2010: 001-XXX $ 1.200,00 003-XXX $ 400,00 033-034 $ 1.370,78 Total $ 2970,78 Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1.200,00 003-XXX $ 400,00 033-034 $ 1.644,98 Total $ 3.244,98 o Encontrándose casos de ex-capitalización con modalidad "V" (Rentas Vitalicias), para este aumento NO deben contemplarse los conceptos 003 XXX ó 005 XXX residentes en la liquidación, quedando: (001 XXX + 088 000 (de existir) + 033 034) * 9,23 % = Z + Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza (033 034 de 08/2010) = Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza 033 034 correspondiente a 09/2010.Ejemplo: Alta anterior a 06/2010: Liquidación 08/2010: 001-XXX $ 1.200,00 005-XXX $ 400,00 033-034 $ 1.028,08 Total $ 2.628,08 Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1.200,00 005-XXX $ 400,00 035-034 $ 1.233,73 Total $ 2.833,73 En los casos que al beneficio deba bonificarse por zona austral, y que tenga el código 033 034 informado, la misma se calculará aplicando el 40 % sobre la sumatoria de los haberes mensuales de la prestación (001en todas sus empresas).4. BENEFICIOS LEY 24241 CON CÓDIGO DE AUMENTO 033-035, 033 036 y 033 037.o Solo se aplicará el aumento a aquellos beneficios cuya alta hubiese operado con anterioridad a 06/2010.o El suplemento por movilidad 033 035, 033 036 y/o 033 037 se determinará sumando los conceptos 001 (en todas sus empresas) más el 088 000 (de existir), más el 033 035 ó 033-036 ó 033-037, según corresponda, y sobre esta suma calcular el 9,23 %. o El resultado debe sumarse al monto del concepto de movilidad de Luz y Fuerza de 08/2010: (001 XXX + 088 000 + [033 035 ó 033-036 ó 033-037]) * www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 9,23 % = Z + Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza ([033 035 ó 033-036 ó 033-037] del 08/2010) = Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza [033 035 ó 033-036 ó 033-037] correspondiente a 09/2010. o Para beneficios acordados por leyes anterior a la Ley 24.241 (grupo distinto de PC), se aplicará la movilidad del 9,23% sobre los haberes a 08/2010 (tener presente que sobre estas prestaciones se aplicó un 86,69% a partir de 03/2010). o Para beneficios acordados por Ley 24.241 (grupo PC) o por regímenes provinciales transferidos, se aplicará la movilidad del 9,23% sobre los haberes de 08/2010 (tener presente que sobre estas prestaciones se aplicó un 119,13% a partir del 03/2010).Ejemplo: Alta anterior a 06/2010 - Leyes Anteriores a la Ley 24.241 (Movilidad 86,69% en 03/2010).Liquidación 08/2010: 001-000 $ 1.000,00 033-035 $ 866,90 Total $ 1.866,90 Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1.000,00 033-035 $ 1.039,21 Total $ 2.039,21 Ejemplo: Alta anterior a 06/2010 ? Ley 24.241 - (Movilidad 119,13% en 03/2010).Liquidación 08/2010: 001-001 $ 422,91 001-002 $ 577,09 033-035 $ 1.191,30 Total $ 2.191,30 Liquidación 09/2010: 001-001 $ 422,91 001-002 $ 577,09 033-035 $ 1.393,55 Total $ 2.393,55 o De existir casos de ex-capitalización, se procederá con igual criterio que en los puntos anteriores, incluyendo los conceptos 003 (en todas sus empresas con excepción de los conceptos de ART 003-981, 003-982 y 003-985). Sumar 001 (en todas sus empresas) más 003 (en todas sus empresas a excepción de los conceptos de ART) + 088 000 + [033 035 ó 033-036 ó 033-037]) * 9,23% = Z + Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza ([033 035 ó 033-036 ó 033-037] del 08/2010) = Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza [033 035 ó 033-036 ó 033-037] correspondiente a 09/2010.o Encontrándose casos de ex-capitalización con modalidad "V" (Rentas Vitalicias), para este aumento NO deben contemplarse los conceptos 003 www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social XXX ó 005 XXX residentes en la liquidación quedando: (001 XXX + 088 000 (de existir) + [033 035 ó 033-036 ó 033-037]) * 9,23 % = Z ([033 035 ó 033- 036 ó 033-037] del 08/2010) = Concepto de Movilidad de Luz y Fuerza [033 035 ó 033-036 ó 033-037] correspondiente a 09/2010.Ejemplo: Alta anterior a 06/2010 - Ley 24.241 Liquidación 08/2010: 001-004 $ 1.000,00 005-900 $ 400,00 033-035 $ 1.191,30 Total $ 2.591,30 Liquidación 09/2010: 001-XXX $ 1.000,00 005-XXX $ 400,00 035-034 $ 1.393,55 Total $ 2.793,55 En los casos que al beneficio deba bonificarse por zona austral, y que tenga el código 033 035 ó 033-036 ó 033-037 informado, la misma se calculará aplicando el 40 % sobre la sumatoria de los haberes mensuales de la prestación (001en todas sus empresas).5. GENERALIDADES.alta hubiese operado con anterioridad a 06/2010.o La movilidad del 9,23% se aplicará sobre los beneficios de Luz y Fuerza cuya o Sobre los importes de los códigos 095 033, 033 033, 033 034, 033 035, 033 036 y 033 037 se aplicarán los descuentos de obra social, mutuales y/o gremiales asociados a los beneficios.o El haber mínimo deberá considerarse en $ 1.046,43.- o Para los beneficios de ley anterior a la Ley 24.241 debe aplicarse la escala de o Para los beneficios acordados por Ley 24.241 debe aplicarse el tope de ley, deducción.siendo el mismo de $ 7.666,37.- 6. BENEFICIOS EXCLUIDOS.o Ex-Cajas: 40; 42; 43; 48; 61; 70; 71. o Retiros de Policía marca R o S o Los beneficios puros de ex-capitalización quedan excluidos al igual que las Rentas Vitalicias (Cía. de Seguro).www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece un incremento del 9,23% en los beneficios de la Ley 24.241 y beneficios anteriores a esa ley, aplicable a partir de septiembre de 2010, mediante la actualización de los conceptos específicos de las liquidaciones previsionales. La actualización se realiza mediante coeficientes acumulados que consideran incrementos previos, y se detalla la metodología para beneficios con diferentes códigos de aumento (033-033, 033-034, 033-035, 033-036, 033-037), incluyendo casos de ex-capitalización y rentas vitalicias, con reglas específicas para cada situación. Además, se establecen límites mínimos y máximos, y se excluyen ciertos beneficios, como ex-cajas y rentas vitalicias, de la aplicación del incremento. La normativa también regula la bonificación por zona austral y los descuentos asociados, garantizando la coherencia en la actualización de las prestaciones previsionales.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

La norma indica que desde septiembre de 2010, los beneficios de Luz y Fuerza y otros previstos en la ley se aumentaron en un 9,23%. Esto significa que si alguien recibe una jubilación o pensión, su monto se ajustó para reflejar ese porcentaje, considerando diferentes reglas según el tipo de beneficio y su antigüedad. Por ejemplo, si en agosto de 2010 su pago era de $3.137,46, en septiembre será aproximadamente $3.419,20, ajustando los conceptos específicos de cada liquidación. También se toman en cuenta casos especiales, como rentas vitalicias o beneficios con diferentes códigos, aplicando las mismas reglas de aumento, pero excluyendo ciertos beneficios como las rentas vitalicias o beneficios de ex-cajas. Además, si la persona vive en zonas extremas, se le puede aplicar un bono adicional del 40%. En resumen, la norma busca que las prestaciones tengan un incremento uniforme y transparente, para que los beneficiarios no pierdan poder adquisitivo y se mantengan actualizados con la inflación y otros ajustes económicos.

Autor: I.A.

Voces

  • beneficios
  • seguridad social

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