CIRCULAR GP Nº 42/10

Tipo
Circular
Número
42/10
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
19/08/2010
Publicación en el BO
23/08/2010
Nombre
MOVILIDAD DOCENTES UNIVERSITARIOS - SEPTIEMBRE/2010

www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 19 de agosto de 2010 CIRCULAR GP Nº 42/10 MOVILIDAD DOCENTES UNIVERSITARIOS - SEPTIEMBRE / 2010 En atención a lo dispuesto por Nota del MTEySS - SP Nº 7445 - SSS Nº 7568 de fecha 02/08/2010, a partir del mes de septiembre de 2010, se aplicará sobre los beneficios otorgados por la Ley 26.508 (Docentes Universitarios) un incremento del 9,72 % sobre el haber que percibía en 08/2010, por lo que: 1. Si la ley es UA se aplica el 9,72% de incremento. Código UA Ley 26.508 - Docente Universitario Descripción 2. Si el beneficio corresponde a una Ley Aplicada UB o UC, se aplicará siempre la movilidad de Ley General.Código UB UC Ley 26.508 - Simultaneidad con Leyes Generales Ley 26.508 - Simultaneidad con Ley 24.241 Descripción 3. Si el beneficio corresponde a una Ley Aplicada, se aplica la movilidad en la función del alcalde no tiene que registrar el beneficio. a. Si tiene el derecho a la ley 26.508 se obtiene el derecho de ley especial, la movilidad se aplica sobre ambos conceptos, el 9,72% b. Ley de Derecho 26.508 - Simultaneidad con Leyes Especiales 4. Ley de Derecho Especial. 4. Sí. Se aplicará la movilidad en función del mayor.a. Si tiene el derecho a la ley 26.508 se obtiene el derecho de ley especial, la movilidad se aplica sobre ambos conceptos, el 9,72% b. Si tiene el derecho a la Ley 26.508 se obtiene un resultado menor que el de la Ley Especial, 5.UG Ley 26.508 - Haberes Conjuntos Leyes Especial www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo "Total $ 1,000,00 Total $ 1.097,20 001-153 $ 1,000 , 00 Total $ 1.500,00 001-153 x 1,169 $ 1.169,00 Total $ 1.753,50 001-153 $ 500,00 Total $ 1.500,00 001-153 x 1,0972 $ 548,60 Total $ 1.645,80 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Ejemplo 1: Ley Aplicada UA Liquidación 08/2010: Liquidación 09/2010: 001-000 $ 1,000,00 001-000 x 1,0792 $ 1.097,20 Ejemplo 2. Ley Aplicada UB Liquidación 08 / 2010: 001-000 $ 500,00 Liquidación 09/2010: 001-000 x 1,169 $ 584,50 Liquidación 08/2010: 001-000 $ 1,000,00 Liquidación 09/2010: 001-000 x 1,0972 $ 1,097, 20 Liquidación 08/2010: Ejemplo 3. a): Ley Aplicada UD o UG - Haber de Ley 26.508 alcalde al Haber de Ley Especial.Ejemplo 2. b): Ley Aplicada UD o UG - Haber de Ley 26.508 menor al Haber de Ley Especial. 001-000 $ 500,00 001-153 $ 1,000,00 Total $ 1,500,00 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar" 2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo "Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Liquidación 09/2010: 001-000 x Z $ 500,00 x Z 001-153 x Z $ 1,000,00 x Z Total 001-000 x Z + 001-153 x ZZ = Aumento a la Ley Especial. Www. diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La circular establece la aplicación de la movilidad previsional para docentes universitarios en septiembre de 2010, diferenciando entre beneficios regulados por la Ley 26.508 y aquellos bajo leyes generales o especiales. Se determina que, para beneficios bajo Ley 26.508, se aplica un incremento del 9,72% sobre el haber de agosto de 2010, ajustándose según la ley aplicable y la existencia de leyes especiales o de derecho, con reglas específicas para la simultaneidad y la comparación de derechos. La normativa también presenta ejemplos prácticos de liquidación y actualización de haberes, destacando la prioridad de la ley especial en ciertos casos y la aplicación de movilidad en función del mayor derecho.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta circular indica que, a partir de septiembre de 2010, los docentes universitarios que reciben beneficios previsionales deben ver incrementados sus haberes en un 9,72%. La forma en que se calcula ese aumento depende de qué ley regula su beneficio: si es bajo la Ley 26.508, se aplica ese porcentaje; si está bajo leyes generales o especiales, se ajusta según las reglas de movilidad de esas leyes. Además, si un docente tiene derechos bajo varias leyes, se prioriza la ley que le otorga el mayor beneficio. En la práctica, esto significa que si un docente recibe un sueldo, ese monto se ajusta en función de estos criterios, asegurando que siempre reciba el mayor aumento posible según su situación legal. Los ejemplos muestran cómo se calcula el nuevo haber, considerando diferentes escenarios y leyes aplicables, para garantizar que los beneficios se actualicen de manera justa y conforme a la normativa vigente.

Autor: I.A.

Voces

  • beneficios
  • incremento
  • seguridad social

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)