CIRCULAR GP Nº 55/11
- Tipo
- Circular
- Número
- 55/11
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 30/08/2011
- Publicación en el BO
- 03/09/2011
- Nombre
- CIRCUITO ADMINISTRATIVO DE REPAGOS DE RETROACTIVOS DE SENTENCIAS JUDICIALES REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 39/11
www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 30 de agosto de 2011 CIRCULAR GP Nº 55/11 CIRCUITO ADMINISTRATIVO DE REPAGOS DE RETROACTIVOS DE SENTENCIAS JUDICIALES REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 39/11 Se pone en conocimiento a las áreas operativas de esta Administración Nacional, el procedimiento a aplicar ante la recepción de reclamos de impagos de retroactivos de Sentencias Judiciales por reajuste de haberes.1 1.1 Beneficiario o Apoderado (con certificado de supervivencia) presenta nota de reclamo firmada por el Titular, en la que deberá constar el domicilio actualizado y los motivos por los cuales no ha podido percibir el pago del retroactivo de sentencias judiciales en tiempo y forma.GGSJ - Coordinación Atención de Público y Archivo o UDAI/Oficina 1.2 Verifica la existencia en ANME de al menos un Expediente de Cumplimiento en estado 40 Resuelto Favorablemente. Caso contrario rechaza la solicitud.1.3 Verifica en los sistemas PF00 y RB00, si la liquidación Complementaria de 1.4 Procede a actualizar el domicilio del beneficiario en el sistema ADP. (solo Sentencia se encuentra impaga.UDAI/Oficina) 1.5 Solicita al beneficiario, la Notificación del Pago de Sentencia remitida por ANSES y verifica si la misma registra expediente Tipo de Trámite 900 (CAUSA JUDICIAL- ANSES DEMANDADO - T.PREV).1.6 Si la notificación presentada por el beneficiario posee número de Expediente Tipo de Trámite 900: El operador continúa en 1.10 (según corresponda).1.7 Si la notificación presentada por el beneficiario No posee número de Expediente Tipo de Trámite 900, el operador verifica en el sistema ANME-SGT si registra Expediente de Cumplimiento con algún Tipo de Trámite detallado en el ANEXO I.1.8 Si registra un único Expediente de Cumplimiento: El operador procede según circuito indicado en la Circular GPAyT Nº 15/11, toma nota de la Causa Judicial y Beneficio y continúa en 1.10 (según corresponda).1.9 Si registra más de un expediente de cumplimiento: Efectúa la consulta según Circular GPAyT Nº 15/11 pudiendo ocurrir que: Todos los expedientes de cumplimiento están asociados a la misma Causa Judicial y Beneficio: El operador toma nota de la Causa Judicial y Beneficio y continúa en 1.10 (según corresponda). Los expedientes de cumplimiento están asociados a diferentes Causas Judiciales y/o Beneficios. En este caso solicita al área Jurídica de la UDAI que con el número de beneficio que se abonó el retroactivo de sentencia, efectúe la consulta del expediente de Causa Judicial en el www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social sistema GC00 (emulador) ó GCAU (Intranet) y continúa en 1.10 (según corresponda).1.10 Con los datos del número de expediente de Causa Judicial y el número Beneficio, la UDAI o la Coordinación Atención de Público y Archivo procederán a caratular una actuación a través del sistema ANME-SGT, según se detalla: UDAI/Oficinas a. Caratula actuación Tipo de Trámite 155 (Expediente Liberación de Retroactivo), en estado 67 (a Liquidación) la cual se deberá asociar con el expediente de causa judicial y el beneficio (según metodología descripta en la Circular GPAyT Nº 20/10).b. Agrega a la actuación Tipo de Trámite 155: (cid:190) Nota de reclamo indicada en 1.1. (cid:190) Copia de la Notificación de Pago de Sentencia remitida por ANSES (cid:190) Pantallas de los sistemas PF00 y RB00 que registran impaga la liquidación Complementaria de Sentencia.c. Remite actuación Tipo de Trámite 155 a la Coordinación Mesa de Entradas y Evaluación (Código Dependencia 49020010).d. Adelanta por correo electrónico a la casilla Repagos de Sentencias Judiciales, la documentación indicada en el punto b escaneada.GRSJ - Coordinación Atención de Público y Archivo e. Caratula una actuación Tipo de Trámite 098 (Liberación Retroactivo), en estado 15 (para cómputos y liquidaciones), la cual se deberá asociar con el expediente de causa judicial y el beneficio (según metodología descripta en la Circular GPAyT Nº 20/10).f. Agrega a la actuación Tipo de Trámite 098: (cid:190) Nota de reclamo indicada en 1.1. (cid:190) Copia de la Notificación de Pago de Sentencia remitida por ANSES. (cid:190) Pantallas de los sistemas PF00 y RB00 que registran impaga la liquidación Complementaria de Sentencia.g. Verifica si el Expediente de Cumplimiento se encuentra en el sector del Archivo, pudiendo ocurrir que: El Expediente de Cumplimiento se encuentra en el sector del Archivo: Relaciona el Tipo de Trámite 098 y remite las actuaciones a la Coordinación Procesamiento de Pagos (Código Dependencia 49010050). El Expediente de Cumplimiento no se encuentra en el sector del Archivo: Remite actuación Tipo de Trámite 098 a la Coordinación Mesa de Entradas y Evaluación (Código Dependencia 49020010) GRSJ - Coordinación Mesa de Entradas y Evaluación 2.2.1. Recibe actuación Tipo de Tramite 098 (en estado 15) proveniente de la Coordinación Atención de Público y Archivo ó la Actuación Tipo de Tramite 155 (en estado 67) proveniente de la UDAI/Oficina.www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2.2. Modifica a estado 15 (para cómputos y liquidaciones) la actuación Tipo de Trámite 155 proveniente de la UDAI/Oficina.2.3. Solicita el Expediente de Cumplimiento que dio origen al retroactivo. 2.4. Relaciona la actuación Tipo de Trámite 098 ó 155 (según corresponda), como 2.5. Remite cabecera del expediente de cumplimiento que resultó impago. la actuación Tipo de Trámite 098 ó 155, a Procesamiento de Pagos (Código Dependencia 49010050).la Coordinación GRSJ - Coordinación Procesamiento de Pagos 3.3.1. Recibe en la casilla Repagos de Sentencias Judiciales copia de la documentación remitida por la UDAI y efectúa el análisis de la situación.3.2. Recibe actuación Tipo de Trámite 098 ó 155 y procede al ingreso de la misma a través del sistema ANME-SGT. Verifica la situación relacionada con la liquidación de sentencias, en los sistemas PF00, SENTIMPA, RB00, ADP.3.4. Remite actuación 098 ó 155 a la Coordinación Cómputos Leyes Generales (Código Dependencia 49010020) o Coordinación Cómputos Ley Especial y Ejecuciones (Código Dependencia 49010030) según corresponda, registrando su pase a través del sistema ANME-SGT.3.3.4.GRSJ - Coordinación Cómputos Leyes Generales ó Coordinación Cómputos Ley Especial y Ejecuciones 4.1. Recibe actuación indicada en el punto 3.4. registrando su ingreso en el sistema 4.2.4.3. 4.4.4.5.ANME-SGT. Incorpora a través del sistema LMN, el monto NETO del retroactivo impago bajo el concepto 105-116 (REPAGO DE SENTENCIAS IMPAGAS). Adjunta a la actuación, constancia de la novedad ingresada en sistema LMN. Actualiza en el sistema ANME-SGT a estado 40 (Resuelto Favorablemente), la actuación Tipo de Trámite 098 ó 155 y procede a su archivo. Informa por mail a la casilla de Correo Repagos de Sentencias Judiciales, las novedades liquidadas bajo la presente casuística.GRSJ - Coordinación Procesamiento de Pagos 5.5.1. Recibe en la casilla de Correo Repagos de Sentencias Judiciales, el informe la Coordinación Cómputos y indicado en el punto 4.5, emitido por Liquidaciones.5.2. Recibe vía SITACI, Archivo conteniendo notificación al beneficiario. 5.3. Remite al beneficiario notificación de pago. 5.4.Informa el cumplimiento del reclamo indicando el mensual de pago, a la Coordinación Atención de Público y Archivo o al correo electrónico de la Jefatura de la UDAI (según corresponda).www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social NOTA: Ante cualquier consulta relacionada con la caratulación y/o relación de expedientes, por favor contactarse con la Coordinación Procesos de Gestión Interna "C" a los siguientes teléfonos: (011) 4015-9330 / 9101 / 9010 / 9037 / 9218 (IP 19330, 19101, 19010, 19037, 19218); ó a la casilla de mail CONSULTAS ANME consultasanme@anses.gob.ar www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Tipo de Trámite 093 094 095 096 097 150 151 152 153 154 362 363 ANEXO I Nomina de Expedientes de Cumplimiento Descripción SENTENCIA JUDICIAL EXP EJECUCION EXP SENTENCIA MAYOR 80 AÑOS EXP SENTENCIAS ART 56 EXP SENTENCIAS LEYES ESPECIALES EXPEDIENTE REAJUSTE SENTENCIA JUDICIAL EXPEDIENTE EJECUCIÓN EXPEDIENTE MAYOR DE 80 AÑOS EXPEDIENTE RES. SSS 56/97 EXPEDIENTE SENTENCIAS LEYES ESPECIALES IMPUGNACION DE LIQUIDACION DE SENTENCIAS MOVILIDAD LEY ESPECIAL www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Circular GP Nº 55/11 establece un procedimiento administrativo para gestionar los reclamos por impagos de retroactivos derivados de sentencias judiciales en materia previsional. La normativa detalla los pasos para verificar la existencia de expedientes de cumplimiento en estado favorable, la actualización de datos del beneficiario, la revisión de notificaciones judiciales y la tramitación en los sistemas internos (ANME-SGT, PF00, RB00, GCAU). Además, regula la generación de actuaciones administrativas vinculadas a la liberación de retroactivos, la coordinación con áreas de procesamiento de pagos y la comunicación con los beneficiarios. La normativa también especifica los tipos de expedientes de cumplimiento contemplados y los procedimientos para su análisis, liquidación y pago, garantizando la trazabilidad y la correcta gestión de los retroactivos judiciales en el marco del sistema de seguridad social.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma funciona como un manual paso a paso para que los empleados de la ANSES puedan gestionar los reclamos de beneficiarios que dicen no haber recibido los pagos retroactivos que les corresponden por sentencias judiciales. Cuando alguien reclama, primero verifican que exista una causa judicial en los registros y que la sentencia haya sido cumplida favorablemente. Luego, revisan si la notificación del pago llegó correctamente y si el expediente judicial está en orden. Si todo está bien, preparan y envían los documentos necesarios para liberar el pago, asegurándose de que todo quede registrado y en línea con los sistemas internos. Esto ayuda a que los beneficiarios reciban sus retroactivos de manera efectiva y transparente, evitando retrasos o errores en el pago, y manteniendo un control riguroso de cada paso del proceso.
Autor: I.A.
Voces
- retroactivos
- pago
- sentencias
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