CIRCULAR GP Nº 63/11

Tipo
Circular
Número
63/11
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
09/09/2011
Publicación en el BO
12/09/2011
Nombre
DICTÁMENES MÉDICOS SRT RESOLUCIÓN DE CADUCIDAD Y ARCHIVO

www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 09 de noviembre de 2011 CIRCULAR GP Nº 63/11 DICTÁMENES MÉDICOS SRT RESOLUCIÓN DE CADUCIDAD Y ARCHIVO Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta administración el procedimiento a llevar a cabo a fin de resolver los expedientes que se encuentran a la espera de dictamen médico y en los cuales haya recaído, por parte de la SRT, una resolución de Caducidad y Archivo por no haber comparecido el titular a las diferentes citaciones para su revisión médica.A tal efecto, una vez que la Coordinación Medicina Prestacional reciba por parte de la SRT la citada resolución, remitirá la misma a la UDAI o Área Operativa donde se encuentre radicado el expediente previsional, la que deberá proceder a: Adjuntar la resolución de "Caducidad y Archivo" al expediente previsional Modificar en ANME el estado del expediente, registrando el mismo con código 31 "CADUCIDAD Y ARCHIVO" Archivar las actuaciones Cabe aclarar que el acto administrativo generado por la SRT es notificado oportunamente al titular y pone fin al trámite, razón por la cual esta Administración no debe generar comunicación alguna al respecto.En tal sentido, los titulares que hubieran sido notificados de la Caducidad y Archivo y pretendan continuar con el trámite, deberán iniciar un nuevo expediente acreditando en tal momento los requisitos establecidos en la Ley Nº 24.241.En ningún caso los trámites informados por la SRT deben generar la emisión de un acto administrativo por parte de esta Administración.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Explicación asistida por IA

Este reglamento indica qué hacer cuando una persona no se presenta a las revisiones médicas requeridas por la seguridad social, y la autoridad (SRT) decide cerrar su expediente por falta de participación. La oficina encargada debe adjuntar la resolución de caducidad al expediente, cambiar su estado en el sistema y archivarlo, sin enviar nuevas notificaciones. Si la persona quiere seguir gestionando su trámite en el futuro, debe empezar de nuevo, cumpliendo con los requisitos legales. Es importante entender que, en estos casos, la administración no puede crear nuevos actos administrativos, solo debe registrar y archivar la decisión de la SRT.

Autor: I.A.

Sumario generado por IA

La normativa establece el procedimiento para la resolución de expedientes previsionales en los cuales la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha dictaminado la caducidad y archivo por incomparecencia del titular a las revisiones médicas. La coordinación de Medicina Prestacional debe remitir la resolución a la unidad correspondiente, adjuntarla al expediente, modificar su estado en ANME (Sistema de Administración de Expedientes), y archivarlo. La notificación del acto administrativo pone fin al trámite, y los titulares afectados deben iniciar un nuevo expediente si desean continuar, acreditando nuevamente los requisitos legales. La administración no debe emitir nuevos actos administrativos en estos casos.

Autor: Inteligencia Artificial

Voces

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  • beneficios

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