CIRCULAR GP Nº 71/06
- Tipo
- Circular
- Número
- 71/06
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 15/12/2006
- Publicación en el BO
- 19/12/2006
- Nombre
- CUOTAS QUE FIGURAN PAGAS EN SICAM DISPOSICIÓN AFIP Nº 586/06
"2006- AÑO DE HOMENAJE A Dr. RAMON CARRILLO" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 15 de Diciembre de 2006.- CIRCULAR GP Nº 71/06 CUOTAS QUE FIGURAN PAGAS EN SICAM DISPOSICIÓN AFIP Nº 586/06 En atención a las consultas efectuadas por las UDAI, se aclara a todas las áreas de esta Administración, que cuando se observan cuotas registradas en el SICAM como "EFECTIVO", significa que el titular ha realizado dicho pago.De surgir en forma de pago la descripción "ANSES", indica que AFIP apropio de ANSES el monto correspondiente a la misma, en estos casos, al momento de cargar el beneficio, deberán actuar como a continuación se detalla: 1) Aquellas cuotas que el titular no haya abonado, ya sea en su totalidad o las que estén impagas, deben ser descontadas del pago retroactivo, con los códigos de descuento habilitados a tales efectos, 500-200, 500-201 ó 500-202 según corresponda.2) En el momento de iniciar el trámite de la prestación, la UDAI se referirá a la cantidad total de las cuotas pendientes de pago, deduciendo las cuotas de las cuotas del titular correspondiente al plan vigente actualmente en el SICAM con la leyenda "EFECTIVO "En el procedimiento que se aplica para los trámites ingresados por WEB, no se descuentan las cuotas del retroactivo, por lo que las diferentes son diferentes, extendiendo el plan, de acuerdo a la cantidad de cuotas. Esto se ha extendido a los beneficios iniciados y acordados, en los supuestos de omisión de los resultados de las cuentas que debían afectar el retroactivo. Ej .: Consideradas por AFIP 3 cuotas, las cuales no fueron descontadas del retroactivo, el plan se extiende 3 meses mas. www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La normativa clarifica el tratamiento de las cuotas registradas en el sistema SICAM en relación con los pagos realizados por los titulares y la apropiación de fondos por parte de AFIP en nombre de ANSES. Establece procedimientos específicos para la deducción de cuotas impagas en el cálculo de beneficios previsionales, diferenciando entre trámites presenciales y web. La normativa también regula la extensión del período de pago de beneficios en casos de omisión en la deducción de cuotas, afectando el monto retroactivo y la duración del plan de pagos, con especial énfasis en las implicancias de las cuotas no abonadas y su impacto en la liquidación y extensión de beneficios previsionales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que cuando en el sistema SICAM aparece una cuota como 'EFECTIVO', significa que el titular ya pagó esa cuota. Si en cambio aparece como 'ANSES', quiere decir que AFIP tomó ese dinero en nombre de la ANSES. Cuando se tramitan beneficios, si hay cuotas impagas, esas deben descontarse del pago retroactivo, usando códigos específicos. Pero si la solicitud se hace por internet, no se descuentan esas cuotas, por lo que el beneficio se extiende más allá del período original, en función de las cuotas no pagadas. Por ejemplo, si AFIP no descontó 3 cuotas, el pago del beneficio se puede extender 3 meses más para cubrir esas cuotas pendientes. Esto ayuda a entender cómo se ajustan los pagos y las extensiones en los beneficios previsionales cuando hay cuotas impagas o no descontadas.
Autor: I.A.
Voces
- beneficios
- retroactivos
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