CIRCULAR GP Nº 82/05
- Tipo
- Circular
- Número
- 82/05
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 13/12/2005
- Publicación en el BO
- 18/12/2005
- Nombre
- INGRESO Y PAGO DE LA PRESTACION COMPLEMENTARIA CAPRECOM PARA BENEFICIARIOS DE INSTITUTOS DE PREVISION SOCIAL NO TRANSFERIDOS AL ÁMBITO NACIONAL
www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 13 de Diciembre de 2005.- CIRCULAR GP Nº 82/05 INGRESO Y PAGO DE LA PRESTACION COMPLEMENTARIA CAPRECOM PARA BENEFICIARIOS DE INSTITUTOS DE PREVISION SOCIAL NO TRANSFERIDOS AL ÁMBITO NACIONAL Introducción.Acorde al Convenio Nº 007 de fecha 2 de agosto de 1999, celebrado entre esta Administración Nacional, la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la Nación y la Caja Complementaria de Previsión para el Personal de la Jurisdicción Comunicaciones (CAPRECOM) y al Expediente Nº 024-99-80450675-2- 798; resultando que en la nómina de beneficiarios del Anexo I del precitado convenio existen beneficiarios que perciben una prestación previsional acordada por Institutos Provinciales de Previsión Social que no han sido transferidos al ámbito Nacional. y teniendo en cuenta el Dictamen Nº 14544 del 04 de julio de 2000 producido por la Gerencia Asuntos Jurídicos, es que resulta necesario establecer las pautas a fin de ejecutar el pago de la Prestación Complementaria CAPRECOM.Objetivo.Describir el circuito administrativo y el ingreso a través del Sistema de Novedades en Línea "LMN" para proceder al Pago de las Prestación Complementaria CAPRECOM.I.II.III. Alcance.La metodología que se describe alcanza exclusivamente a los beneficiarios de prestaciones previsionales acordadas por Institutos de Previsión Social no transferidos al ámbito Nacional y que se encuentren en el listado nominativo del Anexo I del Convenio 007/1999.IV. Consideraciones Generales.1.Frente al reclamo de la liquidación de la Prestación Complementaria CAPRECOM, por parte de un beneficiario de una prestación acordada por un Instituto Provincial de Previsión Social no transferido, se iniciará un expediente previsional que contenga la siguiente documentación: 1. Formulario de Solicitud de Prestaciones Previsionales. 2. Documento Nacional de Identidad del titular del beneficio: Original y fotocopia de la primera y segunda hoja del mismo.3. Certificado de domicilio del titular del beneficio. 4. Ultimo recibo de cobro de la prestación provincial.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 2.5. Ultimo recibo de cobro de la Prestación CAPRECOM. 6. Nota del Instituto Provincial Previsional donde se certifique el acuerdo y cobro de la prestación previsional acordada por dicho Instituto.7. Para trámites de pensión, además de lo indicado en los puntos 1 a 6, se exigirá: 7.1. Original y copia de la Partida de Defunción. 7.2. Original y copia de la Partida de Matrimonio. 7.3. Original y copia de las Partidas de Nacimiento de los hijos menores.7.4. Original y copia de los documentos de identidad de los hijos.8. De existir un apoderado, además de lo indicado en los puntos 1 a 7, se solicitará: 8.1. Documento Nacional de Identidad del Apoderado y fotocopia de la primera y segunda hoja del mismo.8.2. Certificado de supervivencia del titular del beneficio extendido por autoridad competente, en caso de corresponder.9. Documentación respaldatoria del Convenio Nº 007/1999.Formulario de Solicitud de Prestaciones Previsionales.formulario de "Solicitud de Prestaciones Se cumplimentará el Previsionales", informando en los rubros: I. Tipo de Prestación Solicitada: "Otros".II. Identificación del Afiliado: los datos del solicitante de la prestación para los supuesto que el/la solicitante perciba un beneficio de jubilación o los datos del causante para los supuestos que el/la solicitante perciba un beneficio de pensión. Deberá indicarse que tiene un beneficio previsional, la Ex-Caja o Instituto al cual pertenece, el número de expediente provincial y número de beneficio.III. Identificación Cónyuge y/o Conviviente: los datos del cónyuge o conviviente en los supuestos que el/la solicitante perciba un beneficio jubilatorio o los datos del solicitante de la prestación en los supuestos que el/la misma perciba un beneficio de pensión. Deberá indicarse que tiene un beneficio previsional, la Ex-Caja o Instituto al cual pertenece, el número de expediente provincial y número de beneficio.IV. Documentación Exhibida: se indicará la documentación que se ha tenido a la vista.V. Banco donde desea percibir sus Haberes: se informará el Banco Agencia.VI. Documentación relativa a Convenios Internacionales: no se informará.VII. Espacio Reservado para el Organismo / Entidad Emisora: no se informará.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" VIII. Identificación de Hijos: Se registrarán los datos de los hijos.IX. Detalle Cronológico de Servicios: Se "Prestación Complementaria CAPRECOM, Convenio 007/1999 - Anexo I - Foja (la que corresponda y figure el titular de la prestación)".X. Designación de Apoderado: Se podrá informar los datos de un apoderado para tramitar y/o percibir.Observaciones: Se indicará que la presente solicitud responde a la tramitación del cobro de la "Prestación Complementaria CAPRECOM".informará, la normativa hoy vigente para Solicito el beneficio: informar lo que corresponda.Certificación de Identidad y Firma por Autoridad Competente: conforme a la rutina vigente de certificación del formulario.Documento Nacional de Identidad del titular del beneficio.Se solicitará la presentación del Documento Nacional de Identidad del Titular del beneficio y fotocopia de la primera y segunda hoja del mismo.Una vez autenticada la fotocopia se anexará al expediente.Certificado de domicilio.Se solicitará un certificado de domicilio, extendido por autoridad competente, conforme a tramites previsionales.Ultimo recibo de cobro de la prestación provincial.Se solicitará el último o anteúltimo recibo de haberes previsionales que el solicitante haya percibido, por el beneficio provincial acordado.Ultimo recibo de cobro de la Prestación CAPRECOM.Se solicitará el último o anteúltimo recibo de cobro de la prestación CAPRECOM que el titular del mismo haya percibido. Si el solicitante no contase con tal información, se registrará en el rubro Observaciones: "No presenta recibo CAPRECOM", y se continuará con el trámite.Nota del Instituto Provincial Previsional donde se certifique el acuerdo y cobro de la prestación.Se solicitará una nota del Instituto Provincial, en la cual este especifique el número de expediente y de prestación acordada (jubilación o pensión), el número de beneficio, la fecha inicial de pago y monto del mismo y el estado www.diarioprevisional.com.ar 2.3.4.5 6."www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 7.8.9.del mismo, como ser: en curso normal de pago, suspendido, dado de baja, etc.Documentación para pensiones: Si el beneficio acordado por el Instituto Provincial corresponde a un beneficio de pensión, se anexará al expediente la siguiente documentación: Fotocopia de la Partida de Defunción debidamente certificada. Fotocopia de la Partida de Matrimonio debidamente certificada. Fotocopia de las Partidas de Nacimiento de los hijos menores debidamente certificadas. Fotocopia de la primera y segunda hoja de los Documentos Nacionales de Identidad de los hijos menores.Si existen hijos mayores incapacitados, con derecho a la percepción de la prestación de pensión, se abrirá un expediente para cada uno de ellos, conteniendo la documentación detallada en los puntos 1 a 5.Apoderado: Si el que tramita la solicitud de cobro de la Prestación Complementaria CAPRECOM, es un apoderado, además de la documentación detallada en los puntos 1 a 6, se solicitará: Documento Nacional de Identidad del Apoderado y fotocopia de la primera y segunda hoja del mismo. Certificado de supervivencia del titular del beneficio extendido por autoridad competente.Documentación Respaldatoria.La UDAI remitirá por fax al Área Administración Sistemas de Pago de la Gerencia Previsional, nota solicitando la foja del Anexo I del Convenio Nº 007/1999, donde figuren los datos del titular de la Prestación CAPRECOM.Para ello deberá informar los siguientes datos del solicitante y del causante (de corresponder): Apellido y Nombres. Tipo y Número de Documento. Número de Beneficio. El Área Administración Sistemas de Pago de la Gerencia Previsional dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles, deberá remitir a la UDAI requeriente la documentación solicitada o el informe negativo en los supuestos que bajo los datos informados por la UDAI no se registre información.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Reunida esta documentación se procederá al relevamiento del expediente a través del Sistema de Gestión de Trámite, asignando: Organismo Iniciador : Número de Expediente: de CUIL/T "024" del V. Tipo de Trámite: número el solicitante. "840" Verificado que el titular de la prestación complementaria CAPRECOM no figure en el Anexo I del Convenio Nº 007/1999, la UDAI generará la Resolución Denegatoria. Se comunicará tal resolución al solicitante y se archivará el expediente.Toda documentación adicionada con posterioridad al relevamiento del expediente de Prestación CAPRECOM, será caratulada como actuación, identificándola con el trámite "749" (Actuación Prestación CAPRECOM).tipo de Liquidación e ingreso por Sistema.Siendo la documentación en un todo correcta, corresponde efectuar la liquidación de la prestación.Esta Administración Nacional, ha asumido el pago de la prestación CAPRECOM, con carácter provisorio a partir del mes de marzo de 1999, esto indica que la fecha inicial de pago de dicho beneficio no puede ser anterior a 01/03/1999.Sus principales características son: Sobre esta prestación no corresponde abonar Bonificación por Zona Austral. No registran descuentos obligatorios por obra social y seguro de vida. Corresponde descontar por Impuesto a las Ganancias.Además: Se consideran para determinar la correspondencia o no del pago de los Subsidios Complementarios y de Tarifas. Se consideran para determinar el haber promedio para el pago de las Asignaciones Familiares. Pueden resultar afectadas por Embargos.Se han habilitado los siguientes códigos de concepto para identificar la liquidación de este tipo de prestaciones, a saber: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 012-351 002-351 101-351 112-351 Identifica el pago mensual de la prestación. Este valor no puede ser menor a $ 25,00 para beneficios no coparticipados. Identifica el pago del haber anual complementario de la prestación Complementaria CAPRECOM. Dicho concepto NO deberá ser ingresado por el operador de la UDAI, dado que el sistema lo calculará automáticamente en los mensuales de Junio y Diciembre de cada año. Identifica el pago retroactivo de la prestación. Identifica el pago de los haberes devengados del causante. Se utiliza para las prestaciones de pensión.114-351 Reajuste. 201-351 Cargos.412-351 Identifica el embargo ordenado sobre la prestación CAPRECOM y los conceptos retroactivos de la misma. Ejemplo de liquidación de Prestación Complementaria CAPRECOM (jubilación): Sea un beneficiario del Instituto Provincial de Previsión Social de la Santa Cruz, que percibe un beneficio de jubilación a través de ese Instituto, y resultando que el haber informado en el Anexo I del Convenio Nº 007/1999, sea de $ 40,00 y que el alta del beneficio se efectuará con mensual agosto de 2005, resulta: a) Liquidación retroactiva: Desde 01/03/1999 al 31/07/2005 = 6 años y 5 meses = 77 meses, con lo cual: a-1) $ 40,00 * 77 meses = 3.080,00.- Siendo que el haber anual complementario de la Prestación Complementaria CAPRECOM, se liquida por el período 01/01/1999 al 30/06/2005, resulta: a-2) Tiempo retroactivo de aguinaldo: desde 01/01/1999 a 30/06/2005 = 6 años y 6 meses = 78 meses, luego: $ 40,00 * 78 meses / 12 meses = $ 260,00.- La suma de los importe calculados en a-1) y a-2) representan el retroactivo total del período, luego: a-3) $ 3.080,00 + $ 260,00 = $ 3.340,00.- www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social En el sistema se deberán informar los siguiente conceptos e importes: Código 012-351 Código 101-351 $ $ 40,00 3340,00 Ejemplo de liquidación de Prestación Complementaria CAPRECOM (pensión): Sea un beneficiario del Instituto Provincial de Previsión Social de la Santa Cruz, que percibe un beneficio de pensión a través de ese Instituto, y resultando que el haber informado en el Anexo I del Convenio Nº 007/1999, corresponde a la pensionada y sea de $ 28,00 y que el alta del beneficio se efectuará con mensual agosto de 2005, resulta: a) Liquidación retroactiva: Desde 01/03/1999 al 31/07/2005 = 6 años y 5 meses = 77 meses, con lo cual: a-1) $ 28,00 * 77 meses = 2.156,00.- Siendo que el haber anual complementario de la Prestación Complementaria CAPRECOM, se liquida por el período 01/01/1999 al 30/06/2005, resulta: a-2) Tiempo retroactivo de aguinaldo: desde 01/01/1999 a 30/06/2005 = 6 años y 6 meses = 78 meses, luego: $ 28,00 * 78 meses / 12 meses = $ 182,00.- La suma de los importes calculados en a-1) y a-2) representan el retroactivo total del período, luego: a-3) $ 2.156,00 + $ 182,00 = $ 2.338,00.- En el sistema se deberán informar los siguientes conceptos e importes: Código 012-351 Código 101-351 $ $ 28,00 2338,00 Ejemplo de liquidación de Prestación Complementaria CAPRECOM (pensión derivada de jubilación): Sea que el Instituto Provincial de Previsión Social de Santa Cruz, haya acordado un beneficio coparticipado de pensión (esposa e hijo), y resultando que el haber informado en el Anexo I del Convenio Nº 007/1999, corresponde al causante de dicha pensión (con fecha de fallecimiento www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 30/09/2000), siendo haber que le correspondía a ese causante de $ 30,00 y que el alta del beneficio se efectuará con mensual agosto de 2005, resulta: Haber CAPRECOM del causante = $ 30,00.- Haber CAPRECOM total de pensión = $ 30,00 * 0,7 = 21,00.- Por ser el haber de pensión menor a $ 25,00 se deberá considerar que el haber de pensión es de $ 25,00.- Por lo tanto: Hab. CAPRECOM de pensión del Cónyuge = $ 25,00 * 0,5 / 0,7 = $ 17,86.- Hab. CAPRECOM devengado de jubilación = $ 30,00 * 0.5 / 0,7 = $ 21,43.- Hab. CAPRECOM de pensión del Hijo = $ 25,00 * 0,2 / 0,7 = $ 7,14.- Hab. CAPRECOM devengado de jubilación = $ 30,00 * 0.2 / 0,7 = $ 8,57.- a) Liquidación retroactiva de la Cónyuge: a-1) Haberes devengados de jubilación: Desde 01/03/1999 hasta 30/09/2000 = 1 año y 7 meses = 19 meses.$ 21,43 * 19 meses = $ 407,17.- a-2) Haber anual complementario devengados de jubilación: Desde 01/01/1999 hasta 30/09/2000 = 1 año y 9 meses = 21 meses.$ 21,43 * 21 meses / 12 meses = $ 37,50.- La suma de los valores calculados en a-1) y a-2) conforman el haber devengado de jubilación total para el beneficio de la cónyuge, luego: Haber devengado = $ 407,17 + $ 37,50 = $ 444,67.- a-3) Haberes retroactivos de pensión: Desde 01/10/2000 hasta 31/07/2005 = 4 años y 10 meses = 58 meses.$ 17,86 * 58 meses = $ 1.035,88.- Siendo que el haber anual complementario de la Prestación Complementaria CAPRECOM, se liquida por el período 01/10/2000 al 30/06/2005 = 4 años y 9 meses = 57 meses, resulta: a-4) $ 28,00 * 57 meses / 12 meses = $ 133,00.- La suma de los importes calculados en a-3) y a-4) representan el retroactivo total de pensión para la cónyuge, luego: www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Retroactivo de pensión (Cónyuge) = $ 1.035,88 + $ 133,00 = $ 1.168,88.- b) Liquidación retroactiva para el Hijo: b-1) Haberes devengados de jubilación: Desde 01/03/1999 hasta 30/09/2000 = 1 año y 7 meses = 19 meses.$ 8,57 * 19 meses = $162,83.- b-2) Haber anual complementario devengados de jubilación: Desde 01/01/1999 hasta 30/09/2000 = 1 año y 9 meses = 21 meses.$ 8,57 * 21 meses / 12 meses = $ 15,00.- La suma de los valores calculados en b-1) y b-2) conforman el haber devengado de jubilación total para el beneficio del hijo, luego: Haber devengado = $ 162,83 + $ 15,00 = $ 177,83.- b-3) Haberes retroactivos de pensión: Desde 01/10/2000 hasta 31/07/2005 = 4años y 10 meses = 58 meses.$ 7,14 * 58 meses = $ 414,12.- la Prestación Siendo que el haber anual complementario de Complementaria CAPRECOM, se liquida por el período 01/10/2000 al 30/06/2005 = 4 años y 9 meses = 57 meses, resulta: b-4) $ 7,14 * 57 meses / 12 meses = $ 33,92.- La suma de los importes calculados en b-3) y b-4) representan el retroactivo total de pensión para la cónyuge, luego: Retroactivo de pensión = $ 414,12 + $ 33,92 = $ 448,04.- En el sistema se deberán informar los siguiente conceptos e importes: a) Para la Cónyuge: Código 012-351 Código 112-351 Código 101-351 $ $ $ 17,86 444,67 1168,88 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social b) Para el Hijo: Código 012-351 Código 112-351 Código 101-351 $ $ $ 7,14 177,83 448,04 El alta de la prestación se efectuará a través del Sistema de Novedades en Línea "LMN", para ello, el número de beneficio debe responder a las siguientes pautas: Ex-Caja: Tipo de Beneficio: Número: Copartícipe: Siempre "70". "0" si el beneficio que percibe el titular por la Instituto Provincial es jubilatorio. "5" si el beneficio que percibe el titular por la Instituto Provincial es pensión. El asignado a través del Área Resoluciones dependiente de la Gerencia Unidad Central de Apoyo. Siempre "0" para beneficios de Jubilación. De "0" a "9" para beneficios de pensión (acorde a la cantidad de derechohabientes).El expediente a informar será el relevado con tipo de trámite "840".El estado del expediente debe encontrarse en "15" o "28", caso contrario no se podrá continuar con el ingreso.Descripción de parámetros: Fecha de Pago Inicial: No podrá ser menor al 01/03/1999. Código de Pago: Clase de Beneficio: "1" para beneficios vitalicios. "5" para pagos por única vez. "01" para beneficios de jubilación. "02" para beneficios de pensión. No se informará si el Código de Pago es "1". La que corresponda si el Código de Pago "5". "1" liquidación vitalicia. "2" Mayoría de Edad. Siempre será "99". Siempre será "0".Fecha de Vencimiento: Causa de Vencimiento: Ley Aplicada: Código Maquinista: Aumento Ley Común: Siempre será "03/999". Aumento Ley Especial: No se informará.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Dto. 2196 o Ley 25344: Porcentaje de Cómputo: Porcentaje Beneficio: de Convenio Reciprocidad: Porcentaje Participación: Haber Real: Promedio Mejor Remuneración: "2005 - AÑO DE HOMENAJE A ANTONIO BERNI" "S" si se consolida el período hasta el 31/12/1999. "N" si no se consolidar el período hasta el 31/12/1999. Beneficio de jubilación: siempre el 100 %. Beneficio de pensión: el que le corresponda al copartícipe que se esta liquidando. Beneficio de jubilación: siempre el 100 %. Beneficio de pensión: el que le corresponda al copartícipe que se está liquidando. Siempre se informará "0".Siempre "0".Beneficios de Jubilación: el haber real será igual al haber mensual. Beneficios de Pensión: el haber real será la suma de los haberes mensuales de cada uno de los copartícipes incluyendo las reservas. Beneficios de Jubilación: el promedio de mejor remuneración será coincidente con el haber real. Beneficios de Pensión: se informará el haber de jubilación que percibía el causante. Siempre será "1". Según normativa vigente.Marca de Tope: Número de Resolución: Según normativa vigente. Número de Acta: La fecha de incorporación o ingreso. Fecha de acuerdo: Ingresa Conceptos: Siempre "S". Causa de no Ingreso: Siempre "0". Fecha de Pago: Según cronograma de pago del mensual para el cual se esta ingresando la novedad de alta del beneficio.Concluida la carga del trámite, el sistema emitirá: Carnet, Detalle de Liquidación y Resoluciones, conforme a la rutina habitual.A fin que el beneficio pase al proceso de liquidación mensual, se deberá efectuar el cierre con la modalidad habitual que para cualquier otro beneficio.www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Circular GP Nº 82/05 regula el ingreso y pago de la Prestación Complementaria CAPRECOM para beneficiarios de Institutos Provinciales de Previsión Social no transferidos al ámbito nacional, en cumplimiento del Convenio Nº 007/1999. Establece los procedimientos administrativos, documentación requerida, criterios de verificación, cálculo de retroactivos, códigos de liquidación y parámetros para la incorporación en el Sistema de Novedades en Línea 'LMN'. La normativa especifica que la prestación se financia de manera provisorio desde marzo de 1999, sin bonificación por zona, y contempla casos de jubilaciones, pensiones, pensiones derivadas y beneficiarios coparticipados, con instrucciones precisas para la liquidación y comunicación de resultados, incluyendo la generación de resoluciones y registros en el sistema.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma explica cómo la Administración Nacional paga una ayuda adicional llamada CAPRECOM a personas que reciben jubilaciones o pensiones de provincias que aún no transfieren sus beneficios al gobierno central. Para hacerlo, deben presentar ciertos papeles que prueben su identidad, domicilio y el acuerdo con su instituto provincial. La idea es que, si cumplen con los requisitos, se les pagará esta ayuda desde marzo de 1999, sin descuentos por zonas extremas, pero sí con impuestos. Además, la norma detalla cómo calcular los pagos retroactivos, qué códigos usar en el sistema para registrar los pagos y cómo ingresar toda esta información en una plataforma digital llamada 'LMN'. En resumen, es una guía paso a paso para que los beneficiarios y los empleados públicos puedan gestionar correctamente estos pagos, asegurando que reciban lo que les corresponde de acuerdo a la ley y los convenios firmados.
Autor: I.A.
Voces
- prestaciones
- previsión
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)