CIRCULAR GP Nº 14/10

Tipo
Circular
Número
14/10
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
17/03/2010
Publicación en el BO
21/03/2010
Nombre
APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1206/2010. RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE VETERANO DE LA GUERRA DEL ATLÁNTICO SUR A DETERMINADOS CIUDADANOS QUE PARTICIPARON EN EL OPERATIVO MILITAR DENOMINADO “INFLUENCIA” DIRIGIDO POR EL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 17 de marzo de 2010 CIRCULAR GP Nº 14/10 APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1206/2010. RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE VETERANO DE LA GUERRA DEL ATLÁNTICO SUR A DETERMINADOS CIUDADANOS QUE PARTICIPARON EN EL OPERATIVO MILITAR DENOMINADO "INFLUENCIA" DIRIGIDO POR EL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS I.- Objetivo La presente Circular tiene por objeto normalizar los procesos administrativos relacionados con la aplicación de la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1206 de fecha 4 de noviembre de 2009.II.- Consideraciones Generales 1. La Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1206 de fecha 4 de noviembre de 2009, tramitada en el marco del Expediente Nº 26.090/07 del Registro de esa Cartera de Estado, dispuso que debía certificarse la condición de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur a determinados ciudadanos que se identifican en el Artículo 1º de la Resolución premencionada.2. La certificación ordenada por el MINISTERIO DE DEFENSA tuvo como antecedentes la acreditación de los requisitos establecidos por la Ley Nº 23.848, sus modificatorias y complementarias, por parte de cada uno de los solicitantes reconocidos.3. El Artículo 2º de la Resolución MD Nº 1206/2009 estableció que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS es el órgano competente para instrumentar la certificación resuelta por el Artículo 1º del acto administrativo referido precedentemente.4. Por su parte, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS determinó que el Señor Director de Personal, Comodoro Juan José VILLEGAS NIGRA, y el Jefe del Departamento Coordinación de la Dirección de Personal, Comodoro Arturo Daniel SPIRITOSO, son los funcionarios autorizados a partir del 11 de diciembre de 2009 para firmar los Certificados correspondientes a las personas consideradas Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, reconocidas por ese Estado Mayor Conjunto.5. La Dirección General de Recursos Humanos y Organización del MINISTERIO DE DEFENSA informó oportunamente a la Unidad de Asistencia a Veteranos de Malvinas de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) el registro de funcionarios castrenses autorizados a suscribir los Certificados pertinentes.firmas ológrafas de 6. Asimismo, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMANDAS diseñó el Modelo de Certificado a utilizar en la certificación de la condición de los www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Veterano de la Guerra del Atlántico Sur para los ciudadanos nominados en el Artículo 1º de la Resolución MD Nº 1206/2009.7. Dicho Modelo de Certificado fue igualmente comunicado para su debido conocimiento a la Unidad de Asistencia a Veteranos de Malvinas dependiente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).III.- Procedimiento Conforme al marco normativo descripto precedentemente, se detalla a continuación el procedimiento administrativo aplicable a los supuestos encuadrados específicamente en la Resolución MD Nº 1206/2009.1. Los procedimientos de recepción, caratulación y alta informática de las solicitudes presentadas por los peticionarios, debidamente reconocidos y certificados como Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, deben ajustarse a las prescripciones generales vigentes para el uso del Sistema Gestión de Trámites (SGT) y a las normas específicas establecidas por la Circular GP Nº 62 de fecha 20 de septiembre de 2005.2. El cumplimiento de los requisitos legales para el reconocimiento de la Pensión Honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur y su acreditación a través de la documentación respaldatoria deben respetar estrictamente las prescripciones contenidas en la Circular GP Nº 62/2005.3. El Certificado que acredite la condición de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur debe adecuarse al Modelo diseñado por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y comunicado oportunamente por la Dirección General de Recursos Humanos y Organización del MINISTERIO DE DEFENSA a la Unidad de Asistencia de Veteranos de Malvinas, dependiente de la Gerencia Unidad de Trámites Complejos de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).los los que 4. Los Certificados mencionados en el acápite precedente deben estar suscriptos funcionarios castrenses que se mencionan a exclusivamente por continuación o los reemplacen en el la determinación emitida por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y comunicada por la Dirección General de Recursos Humanos y Organización del MINISTERIO DE DEFENSA a la Unidad de Asistencia de Veteranos de Malvinas dependiente de la Gerencia Unidad de Trámites Complejos de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES): Comodoro Juan José VILLEGAS NIGRA, Director de Personal ? Estado futuro, conforme a Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas Comodoro Arturo Daniel SPIRITOSO, Jefe del Departamento Coordinación de la Dirección de Personal ? Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas 5. Asimismo, los instrumentos que acrediten la condición de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur deben estar debidamente certificados en su contenido www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar "2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y autenticadas sus firmas por los funcionarios autorizados por el MINISTERIO DE DEFENSA.6. Los procedimientos de otorgamiento, liquidación y puesta al pago relacionados con la Pensión Honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur deben respetar las normas generales y especiales establecidas en la Circular GP Nº 62/2005.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Circular GP Nº 14/10 regula la implementación de la certificación de la condición de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur, en concordancia con la Resolución del Ministerio de Defensa Nº 1206/2009. Establece que la certificación, basada en requisitos de la Ley Nº 23.848 y sus modificaciones, debe ser emitida por funcionarios autorizados del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, siguiendo un modelo predeterminado y procedimientos específicos. La normativa también detalla los procesos administrativos para la tramitación, certificación y reconocimiento de la condición, así como los requisitos para la acreditación de la Pensión Honorífica, asegurando la autenticidad y validez de los instrumentos probatorios y la firma de los funcionarios competentes.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma básicamente dice que ciertos veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, que participaron en una operación militar llamada 'Influencia', deben obtener un certificado oficial que los reconozca como tales. Para hacerlo, deben cumplir con requisitos legales y presentar documentación que pruebe su participación. Los certificados deben ser emitidos por funcionarios autorizados del Ejército, siguiendo un modelo específico y firmados por quienes tienen la autoridad. Todo esto permite que estos veteranos puedan acceder a beneficios como la pensión honorífica, asegurando que sus derechos sean reconocidos de manera formal y segura, como cuando una oficina oficial firma un documento que certifica que alguien participó en un evento importante.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • beneficios

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