CIRCULAR GP Nº 31/11

Tipo
Circular
Número
31/11
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
11/05/2011
Publicación en el BO
17/05/2011
Nombre
PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS OPCIÓN MORATORIA RESOLUCIÓN SSS Nº 592/79 - AMPLIACIÓN DE PERÍODOS USO DEL SICAM II REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 18/11

www.diarioprevisional.com.ar "2011 ? Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 11 de mayo de 2011 CIRCULAR GP Nº 31/11 PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS OPCIÓN MORATORIA RESOLUCIÓN SSS Nº 592/79 - AMPLIACIÓN DE PERÍODOS USO DEL SICAM II REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 18/11 Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado formula opción por la Moratoria Res. SSS Nº 592/79 en el Form. Nº 558/A del SICAM, y amplía los servicios anteriores a la fecha de inicio de actividades que surge de la pantalla AUT1, dicho período ampliado anterior a la citada fecha deberá ser informado en el SICAM II, tal como lo dispone la Circular GPA Nº 38/10.Se aclara además que el caso mencionado, es el único supuesto de uso obligatorio del SICAM II.En los restantes casos, si presenta el SICAM II y no opta por la Res. SSS Nº 592/79, no habría inconveniente alguno en aceptar el mismo en dichas condiciones.www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La normativa establece procedimientos para la declaración de servicios autónomos y monotributistas en el sistema SICAM, incluyendo la opción por la moratoria prevista en la Resolución SSS Nº 592/79. Se especifica que si el afiliado opta por dicha moratoria en el formulario correspondiente y amplía sus servicios anteriores a la fecha de inicio de actividades, debe informar dicho período en el SICAM II. La normativa aclara que el uso obligatorio del SICAM II solo aplica en este caso particular, permitiendo en otros supuestos la presentación en dicho sistema sin que implique inconvenientes si no se opta por la moratoria.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este documento aclara cómo deben declarar los trabajadores autónomos y monotributistas en el sistema de seguridad social. Si una persona decide acogerse a una moratoria (una especie de plan de pagos o regularización) y además informa que empezó a trabajar antes de la fecha que aparece en el sistema, debe comunicar ese período adicional en una plataforma llamada SICAM II. Sin embargo, en la mayoría de los casos, no es obligatorio usar esta plataforma, y si la persona presenta su información en el sistema sin optar por la moratoria, también será aceptada sin problemas. En resumen, la norma busca facilitar y aclarar cómo deben registrar sus servicios y opciones en los sistemas digitales de la seguridad social.

Autor: I.A.

Voces

  • servicios
  • monotributo

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